Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2014 (03/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA 3 de agosto de 2014

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del Consejo Regional, en Sesion Ordinaria de fecha 20 de febrero del 2014. Que, el Pleno del Consejo Regional, en merito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los articulos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- DECLARAR, de Interes Regional la Proteccion, Control y Vigilancia de los Recursos Hidrobiologicos en la Region Tacna. Articulo Segundo.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de Tacna, que para la implementacion y mejor cumplimiento de la presente ordenanza regional, a traves de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Tacna, debera asignar el presupuesto necesario y suficiente a la Direccion de Seguimiento, Control y Vigilancia de la Direccion Regional de la Produccion de Tacna, para la realizacion de un control y vigilancia permanente de los recursos hidrobiologicos en nuestra region. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Direccion Regional de la Produccion de Tacna, gestione convenios de apoyo institucional con los Gobiernos Locales, Policia Nacional del Peru y autoridades maritimas Regionales y Nacionales, con el fin de llevar a cabo un mayor control y vigilancia de los recursos hidrobiologicos en la region de Tacna. Articulo Cuarto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y en el MORDAZA electronico de la institucion, en cumplimiento del articulo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, disponiendo que dicha publicacion sea efectuada por la Gerencia General Regional. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, al dia veinte de febrero del ano dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Regional de Tacna POR TANTO: Mando se registre, notifique, difunda y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al dia 18 de MORDAZA de 2014. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna 1117987-1

Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, la Ley General de Pesca, el Codigo del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, el Reglamento de Vigilancia y Control Sanitario de Alimentos y Bebidas". Que, la Ley Nº 26821, Ley Organica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, en su articulo 13 expresa: "Las leyes especiales que regulen el aprovechamiento sostenible de recursos naturales precisaran el sector o sectores del Estado responsables de la gestion de dichos recursos e incorporaran mecanismos de coordinacion con los otros sectores a fin de evitar que el otorgamiento de derechos genere conflictos por superposicion o incompatibilidad de los derechos otorgados o degradacion de los recursos naturales (...)". Que, mediante la Ordenanza Regional Nº 007-2004CR/GOB.REG.TACNA, de fecha 10 de MORDAZA del 2004, dispone: "Articulo Primero: Ratificar que en litoral de la Region Tacna, solo se permitira la extraccion de recursos hidrobiologicos dentro de las cinco millas MORDAZA por los pescadores artesanales debidamente empadronados, en forma unipersonal o legalmente asociados". Que, con Oficio Nº 001-2014-PHP-CR/GOB.REG.TAC de fecha 08 de enero del 2014, emitido por el Consejero Regional Sr. MORDAZA MORDAZA Parqui remite la propuesta Normativa "DECLARAR DE INTERES REGIONAL LA PROTECCION, CONTROL Y VIGILANCIA DE LOS RECURSOS HIDROBIOLOGICOS EN LA REGION TACNA", con la finalidad de combatir la extraccion ilegal de los recursos hidrobiologicos en la Region Tacna. Que, los recursos hidrobiologicos son todos aquellos recursos renovables que se encuentran en los oceanos, MORDAZA, lagunas, MORDAZA y todo cuerpo de agua circundante que reuna condiciones optimas (temperatura, ph, composicion principalmente) para mantener una MORDAZA y fauna, el cual pueda ser aprovechada por el hombre para satisfacer sus necesidades. Los recursos hidrobiologicos comprenden las especies MORDAZA, especialmente animales, de las aguas marinas y continentales. Que, la Direccion de Seguimiento, Control y Vigilancia de la Direccion Regional de la Produccion de Tacna es el organo de linea, tecnico y promotor, encargado de hacer cumplir la normatividad, implementar y supervisar la politica sectorial relativa a las actividades de seguimiento, control y vigilancia de los productos hidrobiologicos en la pesca, captura, recoleccion o cosecha, transporte, comercializacion y procesamiento a fin de cautelar su utilizacion racional y sostenida; asimismo ejecuta y supervisa programas y otros, orientados al seguimiento, control y vigilancia de los recursos pesqueros, para su ordenamiento en el ambito regional, entre otros. Que, es de necesidad regional combatir la extraccion ilegal de los recursos hidrobiologicos, ya sea que se realice a traves del uso de embarcaciones que no cuentan con permisos de pesca o, contando con dicho derecho administrativo, descargan un volumen mayor al autorizado o capturan recursos no autorizados. En este sentido, es indispensable establecer un sistema de control de la pesca a fin de cautelar la preservacion de los recursos hidrobiologicos de la Region, en cumplimiento de la Ley. Asimismo, el Gobierno Regional de Tacna, en coordinacion con la Direccion de Seguimiento, Control y Vigilancia de la Direccion Regional de la Produccion deben fortalecer las actividades de vigilancia y control de los recursos hidrobiologicos a traves de la vigilancia y control permanente en los lugares de extraccion, descarga y venta, de igual manera reforzar las acciones de vigilancia y control del correcto funcionamiento de los equipos e instrumentos electronicos de pesaje. Que, con el oficio Nº 1094-2013-DIREPRO/GOB. REG.TACNA de fecha 09 de diciembre del 2013, emitido por el Director Regional de la Produccion Tacna y demas documentacion anexada, se sustenta y recomienda la aprobacion de la propuesta normativa. Que, la Comision Ordinaria de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedio a emitir el Dictamen Nº 0022014-CORNyGMA-CR de fecha 11 de febrero del 2014, a traves del cual se aprueba la propuesta de Ordenanza Regional: "DECLARAR DE INTERES REGIONAL LA PROTECCION, CONTROL Y VIGILANCIA DE LOS RECURSOS HIDROBIOLOGICOS EN LA REGION TACNA", dictamen que se puso a consideracion del Pleno

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Aprueban Reglamento para tramitacion y evaluacion de iniciativas privadas en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 017-2014-MDJM MORDAZA MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2014

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