Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2014 (03/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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Humanista Peruano, acreditado ante el MORDAZA Electoral Especial del Tambopata (en adelante JEE), presento su solicitud de inscripcion de lista de candidatos (fojas 33 a 44) por la referida agrupacion politica, para el Concejo Distrital de MORDAZA de MORDAZA, departamento de MORDAZA, provincia de MORDAZA de MORDAZA, a fin de participar en las elecciones municipales de 2014. Sobre la decision del MORDAZA Electoral Especial del Tambopata Mediante Resolucion Nº 01 del 10 de MORDAZA de 2014 (fojas 29 a 30), el JEE emitio el siguiente pronunciamiento: a) Declaro inadmisible la solicitud de inscripcion de la lista de candidatos, toda vez que la organizacion politica no habia adjuntado el acta de eleccion interna, el impreso del formato resumen del plan de gobierno, ni el archivo digital. Ademas, porque los candidatos a regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Irey Corisepa y MORDAZA Helber Iviche MORDAZA, no acreditaban los dos anos continuos de domicilio en la circunscripcion. b) Declaro improcedente la solicitud de inscripcion del candidato a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, toda vez que el citado candidato tambien habia presentado su candidatura como regidor por el movimiento regional Movimiento Independiente MORDAZA por MORDAZA de MORDAZA, siendo dicha candidatura presentada con antelacion a la presente lista de candidatos. Sobre el recurso de apelacion Con fecha 17 de MORDAZA de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular de la organizacion politica Partido Humanista Peruano interpuso recurso de apelacion en contra de la Resolucion Nº 01, del 10 de MORDAZA de 2014, bajo los siguientes argumentos: a) Mediante carta s/n, del 16 de MORDAZA de 2014, el candidato a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ratifica su voluntad de participar como candidato a la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA por la organizacion politica Partido Humanista Peruano. b) En la citada carta el candidato senala que, MORDAZA de la fecha de inscripcion de candidatos, recibio la propuesta verbal del candidato a la MORDAZA para la Municipalidad Provincial de MORDAZA por el movimiento regional Movimiento Independiente MORDAZA por MORDAZA de MORDAZA, para participar en la lista Nº 01; sin embargo, no acepto tal propuesta, ni mucho menos autorizo al aludido candidato para que lo incluya en su lista de candidatos, asi como tampoco MORDAZA documento alguno en ese sentido. CUESTION EN DISCUSION A partir de lo senalado, este Supremo Tribunal Electoral, considera que se debe determinar si la solicitud de inscripcion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato a MORDAZA a la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, departamento de MORDAZA, provincia de MORDAZA de MORDAZA, por la organizacion politica Partido Humanista Peruano, se encuentra arreglado a la normativa electoral. CONSIDERANDOS Sobre la calificacion de las solicitudes de inscripcion de listas de candidatos 1. De conformidad con lo establecido en el articulo 36, incisos a, f y s, de la Ley Nº 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, corresponde a los Jurados Electorales Especiales conocer en primera instancia el MORDAZA de inscripcion de los candidatos presentados por las organizaciones politicas, debiendo resaltarse que en la verificacion del cumplimiento de los requisitos que deben satisfacer las solicitudes de inscripcion, se aplican la Ley Nº 28094, Ley de Partidos Politicos, modificada por las Leyes Nº 28624, Nº 28711 y Nº 29490 (en adelante LPP), la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante LEM), ademas de la Resolucion Nº 271-2014JNE, del 1 de MORDAZA de 2014, a traves de la cual se aprobo el Reglamento de inscripcion de listas de candidatos para las elecciones municipales del ano 2014 (en adelante, el Reglamento).

El Peruano MORDAZA 3 de agosto de 2014

2. El ultimo parrafo del articulo 18 de la LPP establece que no se puede postular por mas de una lista de candidatos. Por su parte, el articulo 23 del Reglamento establece la imposibilidad de concurrencia de postulaciones; asi, en el numeral 23.3 se senala que ningun ciudadano puede postular a mas de una lista en un mismo distrito electoral o en distritos electorales distintos. Ante la contravencion del presente supuesto, se le considerara candidato en la solicitud de inscripcion de lista que se presente primero, correspondiendo declarar la improcedencia respecto al citado candidato en las siguientes solicitudes de inscripcion de lista en las que se presente. Analisis del caso en concreto 3. En el presente caso, se tiene que el JEE declaro improcedente la solicitud de inscripcion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato a MORDAZA al Concejo Distrital de MORDAZA de MORDAZA por la organizacion politica Partido Humanista Peruano, en razon de que se advertia que el citado tambien habia sido presentado como candidato a regidor por el movimiento regional Movimiento Independiente MORDAZA por MORDAZA de MORDAZA, siendo que dicha lista fue presentada con antelacion, por lo que procedio a aplicar lo estipulado en el articulo 23, numeral 23.3 del Reglamento. 4. De la revision de lo actuado, se tiene que, con fecha 7 de MORDAZA de 2014 a las 11:34 p.m., MORDAZA MORDAZA Alpaca MORDAZA, personero legal titular del movimiento regional Movimiento Independiente MORDAZA por MORDAZA de MORDAZA, presento su lista de candidatos al Concejo Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA de MORDAZA, en la que se consigno como regidor numero uno a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 04960122. Dicha solicitud dio origen al Expediente Nº 00090-2014-077.
Cargo MORDAZA Regidor Regidor Regidor Regidor Regidor Nombre Wilbert Eglio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pariguana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ordonez MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI 04960644 04960122 43152443 46677021 45066999 44301707

5. De otro lado, en la misma fecha, esto es, el 7 de MORDAZA de 2014, a las 24:00 horas, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personero legal titular de la organizacion politica Partido Humanista Peruano, presento su lista de candidatos por el Concejo Distrital de MORDAZA de MORDAZA, en la que aparece MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 04960122, como candidato a alcalde.
Cargo MORDAZA Regidor Regidor Regidor Regidor Regidor Nombre MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Helber Iviche MORDAZA MORDAZA Irey Corisepa MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI 04960122 45082462 76928208 48797333 60640262 72117678

6. En merito de lo MORDAZA expuesto, ha existido concurrencia de postulaciones por parte de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, pues, por un lado, se presento como candidato a regidor por el movimiento regional Movimiento Independiente MORDAZA por MORDAZA de MORDAZA y, por el otro, se presento como candidato a MORDAZA por la organizacion politica Partido Humanista Peruano. 7. En ese sentido, y luego de verificarse que fue el citado movimiento regional Movimiento Independiente MORDAZA por MORDAZA de MORDAZA, quien presento con antelacion la solicitud de inscripcion de candidatos (recuerdese que la MORDAZA se realizo a las 11:34 p.m., mientras que la organizacion politica Partido Humanista Peruano lo hizo a las 24:00), corresponde aplicar lo establecido en el articulo 23, numeral 23.3 del Reglamento, y en consecuencia, desestimar el

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