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El Peruano Sábado 9 de agosto de 2014 529647 días y el equivalente a un día adicional por gastos de instalación, para cuatro personas; Que, mediante Informe Nº 156-2014-ODRH-OGGRH/ MINSA, remitido a través del Memorándum Nº 1773-2014- OGGRH-ODRH/MINSA, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, emite opinión favorable respecto de la autorización de viaje de las referidas profesionales, señalando que se enmarca dentro de las normas que regulan la materia; Que, en tal sentido considerando que la Empresa LABORATORIOS D.A. CARRION S.A.C., ha cumplido con presentar los documentos referidos al pago por Certifi cación de Buenas Prácticas de Manufactura (BPM) y Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL), a la que hace referencia la Ley Nº 29459, Ley de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, es necesario autorizar el viaje de las profesionales que estarán a cargo de realizar la inspección a los laboratorios antes señalados; Que conforme a lo dispuesto en el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, el requerimiento de viajes al exterior en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo con cargo a recursos públicos, por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2014; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y su modifi catoria; en su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; en el artículo 11º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y su modifi catoria; y en la Directiva Administrativa para la Certifi cación de Buenas Prácticas de Manufactura en Laboratorios Nacionales y Extranjeros, aprobada por Resolución Ministerial Nº 737-2010/MINSA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de las Químico Farmacéuticas Jenny Luz Aliaga Contreras, Jesusa Poma Inca, Betty Dolores Vadillo Otárola y Giovanna Isabel Valera Sánchez, profesionales de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas del Ministerio de Salud, a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil, del 10 al 23 de agosto de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con cargo a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados del Pliego 011: Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasajes tarifa económica (incluido TUUA c/u US$ 1,123.06 para 4 personas) : US$ 4,492.24 - Viáticos por 13 días c/u (US$ 4,810.00, para 4 personas) : US$ 19,240.00 Total : US$ 23,732.24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno las referidas profesionales deberán presentar un informe detallado, dando cuenta de las acciones realizadas y los resultados obtenidos, en las actividades a las que acudirán y la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneraciones o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por la Ministra de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELASQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 1121444-7 Aprueban el documento “Hoja de Ruta para la Implantación de la Reforma Institucional del Ministerio de Salud” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 596-2014/MINSA Lima, 6 de agosto del 2014 Visto, el Expediente Nº 14-062171-001, que contiene el Informe Nº 0102-2014-OGPP-OO/MINSA, emitido por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, determina y regula el ámbito de competencia, las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de Salud; así como sus relaciones de articulación y coordinación con otras entidades y defi ne el rol rector del Ministerio de Salud ante el sector salud; Que, conforme establece la mencionada Ley de Organización y Funciones, el Ministerio de Salud tiene entre sus funciones rectoras aquellas referidas a la formulación, el planeamiento, la dirección, la coordinación, la ejecución, la supervisión y la evaluación de la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública (PNMGP al 2021, aprobada por Decreto Supremo Nº 006-2013-PCM, y su Plan de implementación, aprobado por Resolución Ministerial Nº 125-2013-PCM, tienen por objeto defi nir la estrategia general que los entes rectores de los sistemas administrativos, funcionales y todas las instituciones públicas en los tres niveles de gobierno deben seguir para impulsar el proceso de modernización del Estado; Que, como parte del proceso de reforma institucional, iniciado con la aprobación de un conjunto de Decretos Legislativos en el marco de la autorización otorgada mediante la Ley Nº 30073, corresponde al Ministerio de Salud fortalecer su rol como organismo conductor de las políticas públicas del sector en un modelo de gobernanza y fortalecimiento de la rectoría; Que, el proceso de reforma institucional comprende un cambio organizacional en el Ministerio de Salud, sobre la base de lo establecido en el artículo 9 de su Ley de Organización y Funciones, el cual involucra una estrategia planifi cada que desarrolle las fases de diseño organizacional y de implementación de la nueva estructura, identifi cando las actividades clave que permitan adecuar la organización propuesta a los aspectos técnico- políticos propios del Sector; Que, de acuerdo a lo expresado en el informe de Visto, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto señala la necesidad de aprobar la Hoja de Ruta para la Implantación de la Reforma Institucional del Ministerio de Salud, como instrumento de gestión que establece los objetivos y acciones que orientan la reorganización del Ministerio de salud, en el marco de la Política Nacional de Modernización; Con las visaciones del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General , del Viceministro de Salud Pública y de la Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; De conformidad a lo establecido en el Decreto Legislativo 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE Artículo 1.- Aprobar el documento “Hoja de Ruta para la Implantación de la Reforma Institucional del Ministerio de Salud”, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Establecer que la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto es la responsable de coordinar las acciones conducentes al cumplimiento de la Hoja de Ruta para la Implantación de la Reforma Institucional del Ministerio de Salud. Artículo 3º.- Disponer que los órganos del Ministerio de Salud adopten las acciones y/o medidas necesarias para el