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El Peruano Sábado 9 de agosto de 2014 529664 Artículo Segundo: PONER la presente Resolución Administrativa en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia General, Administración Distrital, Ofi cina de Servicios Judiciales, de los Administradores de las Sedes Judiciales correspondientes y de los Encargados de las Ofi cinas de Notifi caciones, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. MARIA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT Presidenta DIRECTIVA N° 001-2014-P-CSJLE DIRECTIVA PARA LA TRAMITACIÓN DE DOCUMENTOS EN LAS VENTANILLAS ADMINISTRATIVAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA ESTE I.- OBJETIVO Regular el procedimiento mediante el cual, las Ventanillas Administrativas de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, tramitarán los documentos administrativos presentados. II.- FINALIDAD Contar con documento Técnico de Gestión que señale el procedimiento a emplearse por parte de las Ventanillas Administrativas y las demás Ofi cinas que coadyuven en la tramitación de los documentos administrativos. III.- ALCANCE La Presente Directiva es de obligatorio cumplimiento por el personal de las Ventanillas Administrativas, por las Ofi cinas de Servicio de Notifi caciones y por las Ofi cinas de Administración respectivas. IV.- BASE LEGAL 1.- Resolución Administrativa N° 227-2014-CE-PJ, mediante el cual el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispone la creación de una Ventanilla Administrativa en las Mesas de Partes de las Sedes Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Lima Este. 2.- Resolución Administrativa N° 130-2014-P-CSJLE/ PJ, mediante el cual, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, crea las Ventanillas Administrativas en las Sedes Judiciales de los distritos de Lurigancho- Chosica, Chaclacayo, Ate, La Molina, El Agustino, Santa Anita, San Juan de Lurigancho y el Distrito de Matucana – Huarochirí. V.- VIGENCIA A partir del día siguiente de la Publicación de la Resolución Administrativa que aprueba la presente Directiva. VI.- NORMAS GENERALES Y ESPECÍFICAS. DE LAS VENTANILLAS ADMINISTRATIVAS. 1.- El personal de las Mesas de Partes Únicas de las Sedes Judiciales señaladas en la Resolución Administrativa N° 130-2014-P-CSJLE/PJ, en adición a sus labores, cumplirá la función de Ventanillas Administrativas, recepcionando los documentos administrativos presentados por usuarios internos y externos, en el horario establecido por este Poder del Estado (08:00 – 13:30, 14:15-16:45). 2.- En las Sedes Judiciales donde no exista una Mesa de Partes Única, la Ventanilla Administrativa, se ubicará en la Mesa de Partes que se encuentre con mayor disponibilidad y accesibilidad a los usuarios, debiendo el Administrador de la Sede Judicial, realizar las coordinaciones y adecuaciones del caso (Sede Pariachi-Ate: Mesa de Partes de la Sala Mixta de Ate; Sede Chucuito-Lurigancho: Mesa de Partes de los Juzgados de Paz Letrado). 3.- La Ventanilla Administrativa, recepcionará la documentación verifi cando las exigencias establecidas en la Ley de Procedimiento Administrativo General Ley N°27444 y de las Normatividades internas de este Poder del Estado. 4.- La Ventanilla Administrativa registrará los ingresos de documentos administrativos, en el Sistema Informático de Trámite Documentario, caso contrario se realizará, en un Cuaderno de Registro de Ingresos de Documentación Administrativa, mientras se implemente el Sistema Informático respectivo. 5.- La Ventanilla Administrativa, al mediodía y al fi nalizar el día laboral, entregará a la Ofi cina de Administración de la Sede Judicial, la documentación recepcionada, para la custodia respectiva. DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN DE LA SEDE JUDICIAL 1.- La Administración de la Sede Judicial, en el día o mas tardar a primera hora del día siguiente, bajo responsabilidad, entregará al Personal de la Ofi cina de Servicio de Notifi caciones (Recolector) la documentación recepcionada; debiendo estar lacrada, con el Ofi cio que detalle su contenido y el destinatario correspondiente. 2.- De existir documentación recepcionada -que deba atenderse en el día-, la Ofi cina de Administración de la Sede Judicial, deberá digitalizar el documento, para ser remitido -vía correo electrónico- a la Ofi cina Administrativa de la Sede Principal, que corresponda; sin perjuicio de ello, deberá enviar el documento físico, de la manera señalada en el párrafo anterior. DE LA OFICINA DEL SERVICIO DE NOTIFICACIONES 1.- La Ofi cina del Servicio de Notifi caciones (Recolector), una vez recepcionado el sobre lacrado, que contiene la documentación administrativa, deberá presentarlo en la Mesa de Partes de la Sede Principal (Chaclacayo). El cargo de presentación será devuelto a la Administración de la Sede Judicial remitente. 2.- Una vez recepcionada la documentación por la Sede Principal, será atendida por la Ofi cina Administrativa que corresponda. MARIA DEL CARMEN PALOMA ALTABAS KAJATT Presidenta 1120888-1 ORGANOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Revocan resolución del Jurado Electoral Especial de Tambopata que declaró improcedente inscripción de lista de candidatos al Concejo Distrital de Huepetuhe, provincia de Manu, departamento de Madre de Dios RESOLUCIÓN Nº 713-2014-JNE Expediente Nº J-2014-00895 HUEPETUHE - MANU - MADRE DE DIOS JEE TAMBOPATA (EXPEDIENTE Nº 00077-2014- 077) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACIÓN Lima, veintidós de julio de dos mil catorce VISTO en audiencia pública de la fecha el recurso de apelación interpuesto por Juan Torres Ríos, personero legal titular del movimiento regional Movimiento Independiente Obras Siempre Obras, acreditado ante el Jurado Electoral Especial de Tambopata, en contra de la Resolución Nº 01, de fecha 10 de julio de 2014, emitida por el referido órgano electoral, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de lista de candidatos presentada para el Concejo Distrital de Huepetuhe, provincia de Manu, departamento de Madre de Dios, con el objeto de participar en las elecciones municipales de 2014, y oído el informe oral.