Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2014 (14/08/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano Jueves 14 de agosto de 2014

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descentralizacion es una politica permanente del Estado, de caracter obligatorio, cuyo objetivo es el desarrollo integral del MORDAZA, precisandose ademas que el MORDAZA de descentralizacion se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que permitan una adecuada asignacion de competencias y transferencia de recursos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales; Que, conforme a lo normado por el inciso 2.11 del articulo 84 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en materia de Programas Sociales, y de Defensa y Promocion de Derechos, corresponde a los Gobiernos Locales Distritales, como funcion especifica exclusiva, ejecutar el Programa del Vaso de Leche y demas programas de apoyo alimentario con participacion de la poblacion, en concordancia con la legislacion sobre la materia; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, dispone que a partir del ejercicio fiscal 2003, se inicie la transferencia a los Gobiernos Regionales y Locales, segun corresponda, de los programas sociales de lucha contra la pobreza y los proyectos de inversion e infraestructura productiva de alcance regional, en funcion de las capacidades de gestion de cada gobierno subnacional, facultandose al Poder Ejecutivo a realizar todas las acciones administrativas, presupuestarias y financieras necesarias en relacion con los pliegos y unidades ejecutoras de los programas y proyectos objeto de transferencia; Que, la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley citada en el considerando precedente, preve que la transferencia de funciones, programas y organismos del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales y Locales, comprende el personal, el acervo documentario y los recursos presupuestales correspondientes que se encontraran directamente vinculados al ejercicio o desarrollo de las funciones o servicios transferidos, incluyendo la titularidad o dominio de los bienes respectivos; Que, conforme al articulo 5 y al numeral 2 del inciso a) del articulo 6 de la Ley N° 28273, Ley del Sistema de Acreditacion de los Gobiernos Regionales y Locales, el Gobierno Nacional, representado por sus sectores, es responsable de transferir competencias, funciones, atribuciones y recursos; Que, el numeral 9 del articulo 25 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros son los encargados de efectuar la transferencia de competencias, funciones y recursos sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, y dar cuenta de su ejecucion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 052-2005-PCM, se aprobo el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2005", cuyo anexo, en el Acapite B: Transferencia de Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Proyectos de Inversion de Infraestructura Productiva de alcance regional, sujetas a mecanismos de verificacion, indica con relacion a la transferencia del Programa de Complementacion Alimentaria (PCA) del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA), que para el caso de MORDAZA Metropolitana, se definira un mecanismo especial con participacion de la Municipalidad Metropolitana y las Municipalidades Distritales de dicha jurisdiccion; Que, por medio del Decreto Supremo N° 036-2007PCM, se aprobo el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del ano 2007", senalandose en el literal b) de su anexo que a traves del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (PRONAA) puede continuarse con la atencion alimentaria a los usuarios del Programa de Complementacion Alimentacion (PCA) de acuerdo con su disponibilidad presupuestal y con cargo a los recursos de las transferencias que fueron efectuadas, en tanto se culminase el tramite de suscripcion del Convenio de Gestion, con la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, a traves del Decreto Supremo Nº 008-2007EF, se aprobaron los "Lineamientos para la Distribucion y Ejecucion de los Fondos Publicos de los Gobiernos Locales provenientes de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios", destinados, entre otros conceptos, a los Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza en el ambito de los Gobiernos Locales;

Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Tecnico Supervisor 1º Tel. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 03733865, DNI. 43307302 y del Tecnico Supervisor 2° Tel. MORDAZA MORDAZA Choqquenaira, CIP. 01844192, DNI. 09461666, para que participen en la reunion denominada "6th. MORDAZA Enlisted Leaders Working Group" (SELWG) del Western Pacific MORDAZA Symposium (WPNS), a realizarse en la MORDAZA de Kuala Lumpur, Malasia, del 19 al 21 de agosto de 2014; asi como, autorizar su salida del MORDAZA el 17 y su retorno el 22 de agosto de 2014. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aereos: MORDAZA ­ Kuala Lumpur (Malasia) - MORDAZA US$. 4,000.00 x 2 personas US$. 8,000.00 Viaticos: US$. 500,00 x 2 personas x 3 dias US$. 3,000.00 ----------------------TOTAL A PAGAR: US$. 11,000.00 Articulo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4º.- El Tecnico Supervisor 1º designado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal MORDAZA comisionado debera efectuar la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1123281-6

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Declaran efectivizada la transferencia del Programa de Complementacion Alimentaria a la Municipalidad Distrital de Barranco del ambito de MORDAZA Metropolitana
DECRETO SUPREMO Nº 004-2014-MIDIS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 188 de la Constitucion Politica del Peru, la

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