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El Peruano Miércoles 27 de agosto de 2014 la entrada en funcionamiento del citado Distrito Judicial, y con su consentimiento, la plaza que ocupaba en la Corte Superior de Justicia de Lima por nombramiento del Consejo Nacional de la Magistratura dispuesta en la Resolución N° 421-2013-CNM, ha pasado a integrar la Sede Judicial de Lima Este, para la respectiva conformación de Salas Superiores, conforme a las disposiciones establecidas en las resoluciones anteriormente mencionadas. Cuarto. Que, también, es del caso señalar que actualmente se encuentra vacante la plaza de Juez Superior Titular N° 011602 de la Corte Superior de Justicia de Lima, que correspondía al doctor César Javier Vega Vega, quien falleció el pasado 2 de abril. De igual manera, se advierte que el doctor Juan Miguel Ramos Lorenzo, Juez Superior Titular de la Sexta Sala Civil Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima, con plaza N° 011643, cesará por límite de edad a partir del 5 de julio del año en curso, conforme a lo establecido en el artículo 107°, inciso 9), de la Ley de la Carrera Judicial; por lo que a partir de esa fecha dicha plaza quedará vacante. Quinto. Que, siendo esto así, y teniendo en cuenta lo señalado precedentemente, corresponde dictar las medidas pertinentes que permitan coadyuvar tanto en la implementación de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, como a los fi nes de descarga procesal, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para este propósito. Sexto. Que el artículo 82°, incisos 24), 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina que son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear y suprimir Distritos Judiciales, Salas de Cortes Superiores y Juzgados, cuando así se requiera para la más rápida y efi caz administración de justicia. Asimismo, reubicar Salas de Cortes Superiores y Juzgados a nivel nacional, aprobar la demarcación de los Distritos Judiciales y la modifi cación de sus ámbitos de competencia territorial; así como adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 523- 2014 de la vigésimo primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; sin la intervención del señor Lecaros Cornejo quien tuvo que retirarse; en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Reubicar a la Corte Superior de Justicia de Lima Este las plazas de Juez Superior de la Corte Superior de Justicia de Lima, correspondientes al doctor Juan Leoncio Matta Paredes; así como del fallecido doctor César Javier Vega Vega; y del doctor Juan Miguel Ramos Lorenzo, quien cesará por causal de límite de edad, a partir del 5 de julio de 2014; cursándose las comunicaciones respectivas al Consejo Nacional de la Magistratura. Artículo Segundo.- Facultar a la Presidenta de la Corte Superior de Lima Este; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto las disposiciones administrativas que se opongan a la presente resolución. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, Presidentes de los Equipos Técnicos Institucionales de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Lima y Lima Este, al juez interesado, y a la Gerencia General, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1128867-3 Incorporan el Distrito Mi Perú, Provincia Constitucional del Callao, dentro de la competencia territorial de la Corte Superior de Justicia de Lima Nor Oeste - Ventanilla RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 219-2014-CE-PJ Lima, 27 de junio de 2014 VISTOS: El Ofi cio N° 526-2014-GO-CNDP-CE/PJ e Informe N° 070-2014-GO-CNDP-CE/PJ, del Gerente Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolución Administrativa N° 128-2014-CE-PJ de fecha 23 de abril del año en curso, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso crear el Distrito Judicial de Lima Nor Oeste, Provincia y Departamento de Lima; incorporar el Distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, a la competencia territorial de la nueva sede judicial; así como establecer que el nuevo Distrito Judicial se denominará Lima Nor Oeste - Ventanilla, con sede en el Distrito de Ventanilla; cuyo ámbito de competencia comprenderá a los Distritos de Ancón, Puente Piedra, Santa Rosa, Ventanilla; y la Zona Oeste de Carabayllo (tomando como límite la avenida Túpac Amaru, sin incluir dicha vía de circulación). Segundo. Que, al respecto, el Gerente Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal pone a consideración del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial propuesta para que se incorpore al Distrito Mi Perú, Provincia Constitucional del Callao, dentro del ámbito de competencia territorial de la citada Corte Superior de Justicia. Tercero. Que el Distrito Mi Perú, con arreglo a lo señalado en su Ley de creación, Ley N° 30197, limita por el Norte, Sur, Este y Oeste con el Distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao; y por el Noreste con el Distrito de Puente Piedra, Provincia de Lima. En ese sentido, teniendo en cuenta que el Distrito Mi Perú se ubica geográfi camente entre dos de los distritos correspondientes al ámbito de competencia territorial de la Corte Superior de Justicia de Lima Nor Oeste - Ventanilla; de conformidad con el Informe N° 070-2014-GO-CNDP-CE/PJ, del Gerente Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, se verifi ca la pertinencia de incorporarlo dentro del ámbito de competencia territorial del referido Distrito Judicial, en aras de mejorar el acceso al servicio de justicia de los pobladores de dicha circunscripción; así como coadyuvar en la implementación del nuevo Distrito Judicial, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para este propósito. Cuarto. Que el artículo 82°, incisos 24), 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina que son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear y suprimir Distritos Judiciales, Salas de Cortes Superiores y Juzgados, cuando así se requiera para la más rápida y efi caz administración de justicia. Asimismo, reubicar Salas de Cortes Superiores y Juzgados a nivel nacional, aprobar la demarcación de los Distritos Judiciales y la modifi cación de sus ámbitos de competencia territorial; así como adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y efi ciencia. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 544-2014 de la vigésimo segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales y Escalante Cárdenas, sin la intervención de los señores De Valdivia Cano y Taboada Pilco, por encontrarse de licencia; de conformidad con lo previsto en el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Incorporar el Distrito Mi Perú, Provincia Constitucional del Callao, dentro de la 530997