Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2014 (27/08/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

530998
competencia territorial de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Nor Oeste - Ventanilla, quedando modificada la Resolucion Administrativa N° 128-2014-CE-PJ, de fecha 23 de MORDAZA del presente ano. Articulo Segundo.- Facultar a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio Publico, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio de Economia y Finanzas, Ministerio del Interior, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Comision Nacional de Descarga Procesal, Presidentes de los Equipos Tecnicos Institucionales de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Presidencia del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura, Procuraduria Publica del Poder Judicial, Organo de Control Interno, y a la Gerencia General, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1128867-4

El Peruano Miercoles 27 de agosto de 2014

Prorrogan funcionamiento de organo jurisdiccional del Distrito Judicial del MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 233-2014-CE-PJ MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Oficio N° 192-2014-ETI-CPP-PJ, cursado por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal. CONSIDERANDO: Primero. Que el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal solicita la prorroga de funcionamiento del 1°, 2° y 3° Juzgados Penales Liquidadores de la Provincia del MORDAZA, Corte Superior de Justicia del mismo nombre, hasta el 31 de diciembre del ano en curso, por motivos de carga procesal. Segundo. Que mediante Resolucion Administrativa N° 145-2014-CE-PJ, del 30 de MORDAZA del ano en curso, se prorrogo, entre otros, hasta el 30 de junio pasado, el funcionamiento del 3° Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia del Santa. Asimismo, por Resolucion Administrativa N° 224-2014-CE-PJ, de fecha 27 de junio del presente ano, se prorrogo hasta el 31 de agosto del presente ano, el funcionamiento del 1° y 2° Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la Provincia del MORDAZA, Distrito Judicial del mismo nombre. Tercero. Que los numerales 24, 25 y 26 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear organos jurisdiccionales, aprobar la modificacion de sus ambitos de competencia territorial; asimismo, adoptar acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 570-2014 de la vigesimo tercera sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar el funcionamiento, hasta el 30 de setiembre del ano en curso, del 3° Juzgado Penal

Liquidador Transitorio de la Provincia del MORDAZA, Distrito Judicial del mismo nombre. Articulo Segundo.- El referido organo jurisdiccional tendra presente la Directiva N° 012-2013-CE-PJ, denominada "Procedimiento del Acto de Lectura de Sentencia Condenatoria previsto en el Codigo de Procedimientos Penales de 1940 y en el Decreto Legislativo N° 124", aprobada por Resolucion Administrativa N° 2972013-CE-PJ, de fecha 28 de noviembre de 2013, con la finalidad de dar mayor celeridad a la liquidacion de expedientes. Articulo Tercero.- Disponer que el juez del mencionado organo jurisdiccional liquidador debera emitir autos que pongan fin al MORDAZA y sentencias en numero no menor del 50% del estandar de produccion mensual. Este resultado sera determinante para evaluar la vigencia de su funcionamiento. Cada fin de mes, sin perjuicio de la informacion que debe descargarse en los sistemas informaticos de la institucion, los jueces informaran directamente al Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal sobre los siguientes aspectos: a) Numero de autos que ponen fin al MORDAZA y sentencias expedidas; b) Numero de expedientes en tramite, pendientes de resolucion final; y en reserva; c) Numero de expedientes en ejecucion; y, d) Dificultades presentadas en el ejercicio de sus funciones. Articulo Cuarto.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia del Santa; asi como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolucion e implementacion del Codigo Procesal Penal. Articulo Quinto.- Disponer que el Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal y la Comision Nacional de Descarga Procesal, evaluen la carga procesal en tramite y la liquidacion de expedientes, con la finalidad de establecer, despues del plazo de prorroga, acciones para optimizar el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios. Articulo Sexto.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Publico, Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del Codigo Procesal Penal, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Corte Superior de Justicia del Santa; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1128867-5

Autorizan funcionamiento provisional, en MORDAZA local, de organos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 234-2014-CE-PJ MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2014 VISTO: El Oficio N° 173-2014-P-CSJLE/PJ, cursado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA Este. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolucion Administrativa N° 1012014-CE-PJ, de fecha 19 de marzo del ano en curso, en aplicacion de lo establecido en la MORDAZA Disposicion Final y Transitoria del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, se dispuso el funcionamiento del Distrito Judicial de MORDAZA Este, Provincia y Departamento de MORDAZA, a partir del 5 de MORDAZA del ano en curso; y se

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.