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El Peruano Jueves 28 de agosto de 2014 531139 José Gregorio Silva Mechato, para los cargos de tercer y noveno regidor, respectivamente, para el Concejo Distrital de Nuevo Chimbote, provincia del Santa, departamento de Áncash, en el marco del presente proceso de elecciones municipales de 2014. Artículo Segundo.- DISPONER que el Jurado Electoral Especial del Santa continúe con el trámite correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1129067-4 Confirman resolución en extremo que declaró improcedente solicitud de inscripción de candidato a alcalde de la Municipalidad Distrital de El Porvenir, provincia de Trujillo y departamento de La Libertad RESOLUCIÓN Nº 1029-2014-JNE Expediente Nº J-2014-01251 EL PORVENIR - TRUJILLO - LA LIBERTAD JEE TRUJILLO (EXPEDIENTE Nº 081-2014-051) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2014 RECURSO DE APELACIÓN Lima, uno de agosto de dos mil catorce. VISTO en audiencia pública de la fecha el recurso de apelación interpuesto por Elízabeth Noemí Vega García, personera legal titular del partido político Vamos Perú, en contra de la Resolución Nº 002-2014-JEE-TRUJILLO/ JNE, del 16 de julio de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Trujillo, en el extremo que declaró improcedente la solicitud de inscripción de Aristóteles Carlos Acosta, candidato a alcalde de la Municipalidad Distrital de El Porvenir, provincia de Trujillo y departamento de La Libertad, en el proceso de elecciones municipales de 2014. ANTECEDENTES El procedimiento de inscripción de la lista de candidatos Con fecha 6 de julio de 2014, Elízabeth Noemí Vega García, personera legal titular del partido político Vamos Perú acreditada ante el Jurado Electoral Especial de Trujillo (en adelante JEE), presentó su solicitud de inscripción de candidatos para el Concejo Distrital de El Provenir, provincia de Trujillo y departamento de La Libertad, en el proceso de elecciones municipales de 2014 (fojas 2 a 145). Mediante la Resolución Nº 0001-2014-JEE-TRUJILLO/ JNE del 9 de julio de 2014 (fojas 146 a 147), el JEE declaró inadmisible la solicitud de inscripción de la lista de candidatos presentada por el partido político Vamos Perú, en virtud de los siguientes fundamentos: a) De la revisión de las declaraciones juradas presentadas, se tiene que el candidato a alcalde ha señalado que ocupó el cargo de juez de paz, sin embargo, no ha adjuntado el original o la copia legalizada del documento que permita verifi car su renuncia a dicho cargo. b) En relación a las candidatas a regidoras Yuliana Mercedez Acosta Chávez, Blanca Maribel Zavala Avalos, Flor Verónica Salvatierra Rosas y Edith Jakelin Oruna Guevara no han acreditado el requisito de domicilio de cuando menos dos años continuos en el distrito al cual postulan. En mérito a dichas observaciones, el JEE concedió el plazo de dos días naturales a fi n de que estas sean subsanadas. Dicha resolución fue notifi cada el 11 de julio de 2014, tal como se aprecia a fojas 148 de autos. El 13 de julio de 2014, Elízabeth Noemí Vega García, personera legal titular del partido político Vamos Perú presenta su escrito de subsanación (fojas 150 a 154), en el cual señala lo siguiente: a) En relación con el candidato a alcalde Aristóteles Carlos Acosta, señala que ejerció el cargo de juez de paz de segunda nominación del sector central del distrito de El Porvenir, entre el mes de febrero del año 2012 a febrero de 2014. b) En cuanto se refi ere a los candidatos a regidores Yuliana Mercedez Acosta Chávez, Blanca Maribel Zavala Avalos, Flor Verónica Salvatierra Rosas y Edith Jakelin Oruna Guevara, adjunta documentación que acreditaría el cumplimiento del requisito de domicilio de cuando menos dos años continuos en el distrito de El Porvenir. Posteriormente, el 16 de julio de 2014, el JEE emitió la Resolución Nº 002-2014-JEE-TRUJILLO/JNE (fojas 173 a 175), a través de la cual declaró lo siguiente: • Admitió a trámite la lista de candidatos para el Concejo Distrital de El Porvenir presentada por el partido político Vamos Perú. • Declaró improcedente la solicitud de inscripción del candidato Aristóteles Carlos Acosta, por considerar que pese a la exigencia normativa, el citado candidato no presentó su renuncia al cargo de juez de paz letrado, pese a la existencia de un actual vínculo laboral. La citada resolución fue notifi cada el 20 de julio de 2014 (fojas 176). Consideraciones del apelante Con fecha 23 de julio de 2014, el partido político Vamos Perú interpuso recurso de apelación (fojas 177 a 181) en contra de la Resolución Nº 002-2014-JEE-TRUJILLO/ JNE, alegando lo siguiente: a) El candidato a alcalde Aristóteles Carlos Acosta, al momento de presentación de la lista no se encontraba en funciones en el cargo de juez de paz, toda vez que la resolución de nombramiento comprendía el periodo desde el mes de febrero del año 2012 a febrero de 2014. b) Con fecha 27 de febrero de 2014, se dispuso una medida cautelar provisional de suspensión preventiva por seis meses en su cargo de juez de paz de segunda nominación del distrito de El Porvenir. c) Que si bien es cierto el Decreto Supremo Nº 007- 2013 prorroga a cuatro años el periodo de designación de los jueces de paz elegidos y seleccionados en los años 2011 y 2012, esta no específi ca, de manera alguna, las presidencias y los distritos a los cuales se refi ere. d) Al candidato Aristóteles Carlos Acosta no se le ha comunicado con resolución alguna que estaría inmerso dentro de los jueces de paz cuyo periodo debe ser prorrogado por cuatro años; es más, desde que fi nalizó su periodo de nombramiento dejó de asistir a las capacitaciones convocadas por la ofi cina de apoyo a la justicia de paz. e) El recurrente ha formulado renuncia al cargo de juez de paz, tal como lo acredita con el documento que adjunta en original. CONSIDERANDOS Cuestiones generales 1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 8, numeral 8.2, literal b, de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante LEM), se encuentran impedidos de postular, salvo que renuncien sesenta días antes de la fecha de las elecciones, los