Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2014 (03/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Miercoles 3 de diciembre de 2014

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observaciones pertinentes de la solicitud presentada por La Escuela, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles; Que, mediante Parte Diario N° 187310 de fecha 17 de octubre de 2014, La Escuela presento diversa documentacion a fin de subsanar las observaciones efectuadas a traves del oficio indicado en el parrafo precedente; Que, mediante Informe N° 008-2014-MTC/15.jmjf de fecha 06 de noviembre de 2014, se senala que con fecha 03 de noviembre de 2014, se efectuo la correspondiente inspeccion ocular de las instalaciones de La Escuela ubicada en: Av. Moche N° 524, Urb. MORDAZA MORDAZA - MORDAZA y del circuito de manejo ubicado en: Panamericana Norte Km. 572.8 Lt. 1, Mz. 52, sector 3, Poblado Menor El MORDAZA, distrito de Huanchaco - MORDAZA, adjuntandose el Acta de Inspeccion Ocular respectiva; Que, mediante Informe Nº 009-2014-MTC/15.jmjf de fecha 06 de noviembre de 2014, se adjunta el acta de inspeccion ocular realizada a las instalaciones del local propuesto por La Escuela ubicado en: Av. Moche N° 475, MORDAZA Piso, Urb. Chicago, Distrito y Provincia de MORDAZA, Departamento de La MORDAZA, adjuntandose el Acta de Inspeccion Ocular respectiva; Que, el literal b) del numeral 7.2 del articulo 7º de El Reglamento, senala que es competencia de gestion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar la autorizacion a las Escuelas de Conductores, asi como modificar y/o renovar las autorizaciones o disponer su conclusion; Que, el articulo 38° de El Reglamento senala que las Escuelas de Conductores tienen por objetivo brindar conocimientos teoricos y practicos a los postulantes para obtener una licencia de conducir, para garantizar la conduccion MORDAZA y responsable de los vehiculos que circulan dentro del territorio nacional; Que, El Reglamento regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º que establece las condiciones de acceso, asi como el articulo 51º que senala los requisitos documentales; Que, el articulo 55° de El Reglamento dispone que para otorgar la renovacion de la autorizacion de funcionamiento como Escuela de Conductores, los interesados deberan presentar una solicitud dentro del ultimo ano de vigencia de la misma y con una anticipacion no menor de treinta (30) dias calendario a su vencimiento, debiendo acompanar a su solicitud de renovacion los documentos descritos en los literales a), c), d), y j) del articulo 51° del presente reglamento. En caso que hubiese alguna variacion en alguno de los documentos senalados en los demas literales del mencionado articulo, debera precisarse y acompanar la documentacion que lo sustente. Asimismo, indica que el otorgamiento de la renovacion se MORDAZA por el mismo termino de la autorizacion y estara igualmente supeditado al cumplimiento de las condiciones de acceso y requisitos establecidos en el presente reglamento; Que, el literal d) del articulo 53° de El reglamento indica que "La Resolucion de Autorizacion como Escuela de Conductores contendra lo siguiente:...d) Ubicacion del(los) establecimiento(s) de la Escuela de Conductores para la cual se otorga autorizacion,..."; Que, en ese sentido, al solicitar el cambio de domicilio del local autorizado (oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico - practico de mecanica) con Resolucion Directoral Nº 3425-2009-MTC/15 , que se encuentra ubicado en: Av. Moche N° 524, Urb. MORDAZA MORDAZA - MORDAZA al local ubicado en: Av. Moche N° 475, MORDAZA Piso, Urb. Chicago, Distrito y Provincia de MORDAZA, Departamento de La MORDAZA, se advierte una variacion de la documentacion presentada en su solicitud de autorizacion primigenia, respecto a los literales f) y h) del articulo 51° de El Reglamento, en concordancia con el numeral 43.3 del articulo 43° de El Reglamento establece las condiciones de acceso para el funcionamiento de una Escuela de Conductores; senalandose en dicho numeral las condiciones en

Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Quinto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a los sesenta (60) dias calendario de aprobada la solicitud de renuncia por la autoridad competente. Una vez quede firme la presente resolucion, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General (s) Direccion General de Transporte Terrestre 1160388-1

Renuevan la autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Integrales a la empresa Gran Piloto E.I.R.L., otorgada mediante R.D. Nº 3425-2009-MTC/15
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 4595-2014-MTC/15 MORDAZA, 10 de noviembre de 2014 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 169248 y 187310, presentados por la empresa denominada GRAN PILOTO E.I.R.L., y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 34252009-MTC/15 de fecha 04 de noviembre de 2009, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 03 de diciembre de 2009, se autorizo a la empresa denominada GRAN PILOTO E.I.R.L., identificada con RUC N° 20482147110 y domicilio en: Av. Moche N° 524, Urb. MORDAZA MORDAZA - MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir de la clase A categorias II y III, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento. Asimismo, con la referida Resolucion Directoral se autorizo el uso del circuito de manejo ubicado en: Panamericana Norte Km. 572.8 Lt. 1, Mz. 52, sector 3, Poblado Menor El MORDAZA, distrito de Huanchaco - Trujillo; Que, mediante Resolucion Directoral N° 255-2010MTC/15 de fecha 28 de enero de 2010, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 17 de marzo de 2010, se autorizo a La Escuela para impartir los cursos de capacitacion para obtener licencia de conducir de la Clase A Categoria I; Que, mediante Parte Diario N° 169248 de fecha 20 de setiembre de 2014, La Escuela presenta su solicitud de renovacion de la autorizacion como Escuela de Conductores Integrales otorgada con la emision de la Resolucion Directoral Nº 3425-2009-MTC/15 de fecha 04 de noviembre de 2009, asimismo solicita la variacion de la ubicacion del local autorizado (oficinas administrativas, aulas de ensenanza para las clases teoricas y el taller de ensenanza teorico - practico de mecanica) en dicha resolucion, que se encuentra ubicado en: Av. Moche N° 524, Urb. MORDAZA MORDAZA - MORDAZA al local ubicado en: Av. Moche N° 475, MORDAZA Piso, Urb. Chicago, Distrito y Provincia de MORDAZA, Departamento de La MORDAZA y ampliacion de horario de atencion de lunes a MORDAZA desde las 7:00 a.m. a 22:00 p.m.; Que, mediante Oficio N° 7482-2014-MTC/15.03 de fecha 07 de octubre de 2014, notificado el 09 de octubre del presente ano, esta administracion advirtio las

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