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El Peruano Jueves 4 de diciembre de 2014 539244 resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 5º.-La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.-La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa 1173652-3 Autorizan viaje de personal militar y civil FAP a Ecuador y México, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 719-2014-DE/FAP Lima, 3 de diciembre de 2014 Visto el Oficio NC-60-G841-Nº 2150 de fecha 28 de noviembre de 2014 del Comandante del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú y la Papeleta de Trámite NC-9-SGFA-Nº 4003 de fecha 01 de diciembre de 2014 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar y Civil FAP que conformarán las tripulaciones principales y alternas de la aeronave principal Boeing 737-500 FAP 356 y de la aeronave alterna Boeing 737-200 FAP 352, que trasladará al señor Presidente de la República y su Comitiva a la ciudad de Guayaquil – República del Ecuador, del 04 al 05 diciembre de 2014; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y; Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar y Civil FAP que conformarán las tripulaciones principales y alternas de la aeronave principal Boeing 737-500 FAP 356 y de la aeronave alterna Boeing 737-200 FAP 352, que trasladará al señor Presidente de la República y su Comitiva a la ciudad de Guayaquil – República del Ecuador, del 04 al 05 diciembre de 2014: AERONAVE PRINCIPAL BOEING 737-500 FAP 356 TRIPULACIÓN PRINCIPAL Coronel FAP MARCO ANTONIO APARICIO BACA Piloto NSA: O-9544187 DNI: 43412943 Coronel FAP CESAR AUGUSTO MACEDO GARCIA Piloto NSA: O-9556188 DNI: 02773543 Comandante FAP VICTOR ALFREDO VARGAS BLACIDO Piloto NSA: O-9589691 DNI: 43623935 Comandante FAP CARLOS EDUARDO CERNA BARRA Piloto NSA: O-9581090 DNI: 06663550 Técnico Inspector FAP MARIO CRUZ PACHECO Mecánico NSA: S-60397183 DNI: 09712366 Subofi cial de 1ra. FAP MIGUEL ANGEL ORTIZ ESPINOZA Mecánico NSA: S-60932704 DNI: 41576191 Empleada Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ Hostess NSA: C-70941901 DNI: 06624283 Empleado Civil FAP CESAR ADOLFO BANCES DAVILA Purser NSA: C-71512713 DNI: 40091107 Empleada Civil FAP YELITZA MARIELA REYES LAUREANO Hostess NSA: C-78066810 DNI: 45560863 Empleada Civil FAP KATHERINE TERESA GARCIA CORDOVA Hostess NSA: C-78122012 DNI: 45091776 TRIPULACIÓN ALTERNA Coronel FAP RODER MARINSON BRAVO VALERA Piloto NSA: O-9498984 DNI: 43296272 Técnico de 2da. FAP ELVIS TEDDY GARCIA REATEGUI Mecánico NSA: S-60736293 DNI: 05349005 Empleada Civil FAP FIORELLA GUILIANA OLIVA BOSLEMAN Hostess NSA: C-71347807 DNI: 44934122 AERONAVE ALTERNA BOEING 737-200 FAP 352 TRIPULACIÓN PRINCIPAL Coronel FAP JUAN CARLOS MARTIN SCHROTH MIER Y PROAÑO Piloto NSA: O-9473883 DNI: 07878291 Coronel FAP RICARDO ABSALON GUERRA DIAZ Piloto NSA: O-9536186 DNI: 02836901 Coronel FAP GUILLERMO MARTIN MENENDEZ LOPEZ Piloto NSA: O-9537486 DNI: 43595837 Comandante FAP OMAR MARTIN SANCHEZ GUILNET LEON Piloto NSA: O-9582490 DNI: 43354037 Técnico Inspector FAP ANSELMO WILSON MARTIN OLEA ALFARO Mecánico NSA: S-60547387 DNI: 43329903 Técnico Inspector FAP JOSE ANTONIO BARDALES MATTA Mecánico NSA: S-60531187 DNI: 06723835 Empleada Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ Hostess NSA: C-70941901 DNI: 06624283 Empleado Civil FAP CESAR ADOLFO BANCES DAVILA Purser NSA: C-71512713 DNI: 40091107 Empleada Civil FAP YELITZA MARIELA REYES LAUREANO Hostess NSA: C-78066810 DNI: 45560863 Empleada Civil FAP KATHERINE TERESA GARCIA CORDOVA Hostess NSA: C-78122012 DNI: 45091776 TRIPULACIÓN ALTERNA Coronel FAP JUAN CARLOS JULIAN PEDEMONTE GARCIA Piloto NSA: O-9539886 DNI: 02840132 Técnico Inspector FAP JULIO ANTONIO QUICAÑA CONTRERAS Mecánico NSA: S-60551687 DNI: 06282743 Empleada Civil FAP FIORELLA GUILIANA OLIVA BOSLEMAN Hostess NSA: C-71347807 DNI: 44934122 Artículo 2º.- La participación de la Aeronave Alterna queda supeditada solamente a la imposibilidad de participación de la Aeronave Principal; asimismo, la participación de las Tripulaciones Alternas queda supeditada solamente a la imposibilidad de participación por parte de las Tripulaciones Principales. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de acuerdo al concepto siguiente: