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El Peruano Jueves 4 de diciembre de 2014 539254 Artículo 5º.- La presente resolución suprema es refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1173652-4 Precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el D.S. Nº 115-2001-EF a importaciones de maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 023-2014-EF/15.01 Lima, 2 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 115-2001-EF, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I del citado decreto supremo; Que, a través del Decreto Supremo N° 184-2002-EF se modifi có el artículo 7 del Decreto Supremo N° 115- 2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados mediante resolución viceministerial del Viceministro de Economía; Que, con Decreto Supremo N° 318-2013-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de los productos incluidos en el Sistema de Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia en el periodo comprendido del 1 de enero al 30 de junio de 2014; Que, mediante Decreto Supremo Nº 169-2014-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras aprobadas a través del Decreto Supremo Nº 318-2013-EF tengan vigencia hasta el 31 de diciembre de 2014; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo comprendido del 16 al 30 de noviembre de 2014; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modifi cado con el artículo 1 del Decreto Supremo N° 184-2002-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referencia para la aplicación del derecho variable adicional o rebaja arancelaria a que se refi ere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF) US$ por T.M. -------------------------------------------------------------------------------------- Leche Fecha Maíz Azúcar Arroz entera en polvo -------------------------------------------------------------------------------------- Del 16/11/2014 al 30/11/2014 213 444 460 3 465 -------------------------------------------------------------------------------------- Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GIANCARLO GASHA TAMASHIRO Viceministro de Economía 1173233-1 EDUCACION Autorizan viaje de estudiantes y profesor a Argentina, como integrantes de la Delegación Peruana que participará en la 23a Olimpiada Matemática Rioplatense RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 044-2014-MINEDU Lima, 3 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta s/n de fecha 17 de septiembre de 2014, el Presidente de la Olimpiada Matemática Argentina cursa invitación al Presidente de la Comisión de Olimpiadas de la Sociedad Matemática Peruana para participar en la 23a Olimpiada Matemática Rioplatense, que se realizará del 06 al 11 de diciembre de 2014, en la ciudad Autónoma de Buenos Aires, República de Argentina; Que, la 23ª Olimpiada Matemática Rioplatense, es un concurso anual entre estudiantes de enseñanza media de países de Iberoamérica especialmente seleccionados, que tiene como objetivo fundamental promover entre los jóvenes participantes la búsqueda de la verdad, perfección y excelencia; motivando en ellos el interés para el aprendizaje de las matemáticas; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 535-2014- MINEDU se designó a los integrantes de la Delegación Peruana que participarán en la 23ª Olimpiada Matemática Rioplatense, conformada por 09 (nueve) estudiantes y 03 (tres) profesores tutores; Que, el Director de la Dirección de Educación Secundaria, dependiente de la Dirección General de Educación Básica Regular del Ministerio de Educación, mediante Informe Nº 2448-2014-MINEDU/VMGP- DIGEBR-DES, señala que es necesario autorizar el viaje de los 09 (nueve) estudiantes y 01 (uno) profesor tutor, integrantes de la citada Delegación, puesto que ello fortalecerá las competencias y capacidades matemáticas de los estudiantes; permitiendo además demostrar el nivel académico que tienen nuestros adolescentes talentos de matemática en relación a otros estudiantes; Que, en tal sentido, es necesario autorizar el viaje del profesor y los estudiantes mencionados en el párrafo precedente, integrantes de la Delegación Peruana que participarán en la 23ª Olimpiada Matemática Rioplatense, cuyos gastos de pasajes aéreos serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 010: Ministerio de Educación – Unidad Ejecutora: 026. Los gastos asociados a los viáticos serán cubiertos por la Fundación Olimpiada Matemática Argentina; Que, al respecto, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510; en la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cado por los Decretos Supremos Nºs 005-2006-PCM y 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje de los 09 (nueve) estudiantes y 01 (uno) profesor tutor, integrantes