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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (04/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 164

TEXTO PAGINA: 67

El Peruano Jueves 4 de diciembre de 2014 539253 aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el Artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y sus modificatorias. 2.2 La desagregación de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas de los recursos distintos a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, se presenta en el Anexo que forma parte de la presente norma, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específi ca; y, se presentará junto con la Resolución a la que se hace referencia en el párrafo precedente. Dicho Anexo se publica en los portales institucionales del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial “El Peruano”. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliego involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.4 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales fueron transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de la Producción y el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PIERO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1173655-3 Autorizan viaje de funcionaria del Ministerio a Francia, en comisión de servcios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 077-2014-EF Lima, 3 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta PSA/DGB/kp(2014)172 de fecha 24 de noviembre de 2014, el Director del Centro de Política Fiscal y Administración de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), cursa invitación al Ministerio de Economía y Finanzas para participar en la Reunión de diálogo estratégico sobre la participación en el proyecto BEPS, a llevarse a cabo del 10 al 11 de diciembre de 2014, en la ciudad de París, República Francesa; Que, el mencionado foro permitirá conocer: i) el compromiso de participación de los países en desarrollo en el Plan de Acción BEPS y el trabajo de las organizaciones tributarias regionales quienes desarrollarán herramientas que permitirán poner en práctica las recomendaciones del Plan de Acción BEPS, ii) los retos que enfrentarían los países en desarrollo al asumir el compromiso con el Plan de Acción BEPS, desde un punto de vista sustancial y práctico, iii) el alcance del compromiso del Perú respecto del Plan de Acción BEPS, así como su participación en las reuniones de los grupos de trabajo del Comité de Asuntos Fiscales y su trabajo con la red regional; Que, la Dirección de Asuntos Tributarios Internacionales de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos es el órgano de línea del Viceministerio de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, encargado de formular, proponer y evaluar los lineamientos de política tributaria internacional; Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación de la señora Nelly Virginia Arce Ludeña, Directora (e) de la Dirección de Asuntos Tributarios Internacionales de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, teniendo en cuenta que los temas que se tratarán en la mencionada reunión están relacionados con las funciones y competencias de la citada Dirección General; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que las autorizaciones de viaje por supuestos distintos a los señalados en los literales a), b), c), d) y e) del mismo numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros, y autorizarse, mediante resolución suprema; Que, en consecuencia, siendo de interés nacional y del Ministerio de Economía y Finanzas, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto de dicho Ministerio; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su modifi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, así como la Directiva Nº 003-2012- EF/43.01 – Directiva para la Tramitación de Autorizaciones de Viajes por Comisión de Servicios al Exterior e Interior del País aprobada con Resolución Ministerial Nº 662- 2012-EF/43 y sus modifi catorias aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 331-2013-EF/43 y Resolución Ministerial N° 027-2014-EF/43; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios de la señora Nelly Virginia Arce Ludeña, Directora (e) de la Dirección de Asuntos Tributarios Internacionales de la Dirección General de Política de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de París, República Francesa, del 8 al 12 de diciembre de 2014, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, son asumidos con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos : US $ 2 686,19 Viáticos (2 + 1 día) : US $ 1 620,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza.