Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (04/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 164

TEXTO PAGINA: 60

El Peruano Jueves 4 de diciembre de 2014 539246 Empleada Civil FAP KATHERINE TERESA GARCIA CORDOVA Hostess NSA: C-78122012 DNI: 45091776 Artículo 2º.- La participación de la Aeronave Alterna queda supeditada solamente a la imposibilidad de participación de la Aeronave Principal; asimismo, la participación de las Tripulaciones Alternas queda supeditada solamente a la imposibilidad de participación por parte de las Tripulaciones Principales. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos: US$ 440.00 x 02 días x 10 personas = US$ 8,800.00 Total a pagar = US$ 8,800.00 Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y su modifi catoria. Artículo 6º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa 1173655-9 Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 721-2014-DE/MGP Lima, 3 de diciembre de 2014 Visto, el Ofi cio P.200-3249 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 19 de noviembre de 2014; CONSIDERANDO: Que, es de interés y necesidad de la Marina de Guerra del Perú, el desarrollo y modernización de las Bases Navales del Callao y Paita, en sus áreas acuáticas, terrestre y de infl uencia, para su óptimo funcionamiento para fi nes de Defensa Nacional, su protección ante desastres naturales y contribución a la competitividad y actividades estratégicas de los puertos de su entorno; Que, el Comandante de la Armada Nacional de Colombia, ha cursado invitación al Comandante General de la Marina, para que personal de la Marina de Guerra del Perú, efectúe una visita técnica a la Dirección de Programas Estratégicos de la Armada Nacional de Colombia, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2014, la designación y autorización de viaje de UN (1) Ofi cial Almirante y UN (1) Ofi cial Superior, para que participen en la mencionada visita; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante Luis José POLAR Figari y del Capitán de Navío Kurt Ludwig BÖTTGER Garfi as, para que efectúen una visita técnica a la Dirección de Programas Estratégicos de la Armada Nacional de Colombia, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 9 al 10 de diciembre de 2014; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Marina de Guerra del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación, sin que este día adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024- 2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante Luis José POLAR Figari, CIP. 04834215, DNI. 43329799 y del Capitán de Navío Kurt Ludwig BÖTTGER Garfi as, CIP. 01804844, DNI. 10305176, para que efectúen una visita técnica a la Dirección de Programas Estratégicos de la Armada Nacional de Colombia, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 9 al 10 de diciembre de 2014; así como, autorizar su salida del país el 8 de diciembre de 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Bogotá (República de Colombia) - Lima US$. 1,200.00 x 2 personas US$. 2,400.00 Viáticos: US$. 370.0.00 x 2 personas x 2 días US$. 1,480.00 TOTAL A PAGAR: US$. 3,880.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El Ofi cial Almirante designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el