Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2014 (27/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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Que, el articulo 6º del Reglamento de Organizacion y Funciones de PROMPERU, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2013-MINCETUR, dispone que los miembros del Consejo Directivo son designados por Resolucion Suprema a propuesta de las entidades que lo conforman; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 1772007-MINCETUR y sus modificatorias, entre ellas, las Resoluciones Supremas Nos. 007-2012-MINCETUR y 001-2013-MINCETUR, se designaron a los miembros del Consejo Directivo de PROMPERU; Que, la Sociedad de Comercio Exterior del Peru - COMEXPERU, mediante Carta Nº 535-GG-2014COMEXPERU, ha propuesto la designacion de sus nuevos representantes titular y alterno ante el Consejo Directivo de PROMPERU; Que, por tanto, es necesario modificar la conformacion del Consejo Directivo de PROMPERU; De conformidad con la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos, la Ley N° 27790 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, la Ley N° 30075 - Ley de Fortalecimiento de PROMPERU y el Reglamento de Organizacion y Funciones de PROMPERU, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2013-MINCETUR; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Designar como representantes de la Sociedad de Comercio Exterior del Peru ­ COMEXPERU ante el Consejo Directivo de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, a las siguientes personas: - Senor MORDAZA Ferreyros Cannock Titular - Senor MORDAZA Dupuy MORDAZA de MORDAZA Alterno Articulo 2º.- Agradecer a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chiappori Samengo y MORDAZA MORDAZA Bedregal, por su participacion como integrantes del Consejo Directivo de PROMPERU. Articulo 3°.- Quedan vigentes los demas terminos de la Resolucion Suprema N° 177-2007-MINCETUR y sus modificatorias, en lo que no se opongan a lo dispuesto por la presente Resolucion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VELARDE-ALVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo

El Peruano Sabado 27 de diciembre de 2014

mineria y de la mineria artesanal, ejercida en zonas no prohibidas para la realizacion de dichas actividades, a nivel nacional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2013MC, Decreto Supremo que aprueba el Procedimiento Simplificado para el Otorgamiento del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueologicos (PROSIC) en el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 1105, se regula el PROSIC en el area en el que se desarrolla la actividad minera en el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 1105, Decreto Legislativo que establece disposiciones para el MORDAZA de formalizacion de las actividades de pequena mineria y mineria artesanal; Que, el articulo 6 del citado Decreto Supremo dispone que el Certificado de Inexistencia de Restos Arqueologicos (CIRA), en caso el area sea menor o igual a diez (10) hectareas, se obtiene con una supervision de MORDAZA realizada por un Licenciado en Arqueologia perteneciente al Ministerio de Cultura; Que, igualmente, establece que en caso el area sea mayor a diez (10) hectareas, previamente se debe evaluar el area materia de solicitud a traves de un Proyecto de Evaluacion Arqueologica de Reconocimiento con Excavaciones (PEARCE), autorizado por la Direccion General de Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura, y unicamente se expide el MORDAZA luego de ejecutado el PEARCE y aprobado el Informe Final; Que, a fin de coadyuvar al cumplimiento integro de las metas y objetivos trazados por el Poder Ejecutivo para el MORDAZA de formalizacion de la pequena mineria y mineria artesanal, resulta necesario efectuar modificaciones a los articulos 6, 8, 9, 10 y 13 del Decreto Supremo Nº 0032013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Procedimiento Simplificado para el Otorgamiento del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueologicos (PROSIC) en el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 1105, para simplificar los procedimientos para el otorgamiento del MORDAZA, en el MORDAZA de lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1105, Decreto Legislativo que establece disposiciones para el MORDAZA de formalizacion de las actividades de pequena mineria y mineria artesanal, y el Decreto Supremo Nº 032-2013EM, Decreto Supremo por el que fortalecen MORDAZA de formalizacion de la pequena mineria y mineria artesanal al MORDAZA de lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1105; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru, el articulo 4 del Decreto Legislativo Nº 1105, Decreto Legislativo que establece disposiciones para el MORDAZA de formalizacion de las actividades de pequena mineria y mineria artesanal, y el numeral 3 del articulo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1.- Del Objeto La presente MORDAZA tiene por objeto modificar el Decreto Supremo Nº 003-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Procedimiento Simplificado para el Otorgamiento del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueologicos (PROSIC) en el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 1105, aplicable al MORDAZA de formalizacion de las actividades en curso de la pequena mineria y mineria artesanal, en el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 4 del Decreto Legislativo Nº 1105, Decreto Legislativo que establece disposiciones para el MORDAZA de formalizacion de las actividades de pequena mineria y mineria artesanal. Articulo 2.- De la Finalidad Las medidas que se adoptan a traves de la presente MORDAZA tienen por finalidad: a) Modificar los criterios para establecer el numero de hectareas para el otorgamiento del MORDAZA respecto del area en que se desarrolle la actividad minera, incrementando el numero de estas, a traves de la aprobacion de un formato que puede ser utilizado por los sujetos de formalizacion. b) Establecer un MORDAZA plazo para la obtencion del MORDAZA a traves de la supervision de MORDAZA al area solicitada. Articulo 3.- Modificacion de los articulos 6, 8, 9, 10 y 13 del Decreto Supremo Nº 003-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Procedimiento Simplificado para el Otorgamiento del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueologicos (PROSIC) en el MORDAZA del Decreto Supremo Nº 1105 Modifiquense los articulos 6, 8, 9, 10 y 13 del Decreto Supremo Nº 003-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Procedimiento Simplificado para el Otorgamiento del

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CULTURA
Modifican los articulos 6, 8, 9, 10 y 13 del Decreto Supremo Nº 003-2013MC que aprueba el Procedimiento Simplificado para el Otorgamiento del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueologicos (PROSIC) en el MORDAZA del Decreto Legislativo Nº 1105
DECRETO SUPREMO Nº 005-2014-MC
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1105, Decreto Legislativo que establece disposiciones para el MORDAZA de formalizacion de las actividades de pequena mineria y mineria artesanal, se aprobaron disposiciones complementarias para implementar el MORDAZA de formalizacion de la actividad minera informal de la pequena

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