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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014 (27/12/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 21

El Peruano Sábado 27 de diciembre de 2014 541431 Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, del pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor de diversos Gobiernos Regionales y Locales, para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión pública de saneamiento urbano y rural y de infraestructura urbana, detallándose en sus Anexos los pliegos habilitados y los montos de la transferencia por pliego y proyecto; Que, con Memorando Nºs. 691 y 886-2014-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, solicita la rectifi cación de los códigos de ubigeo de los proyectos de inversión pública consignados en los números de orden 9 y 74 de los Anexos de los Decretos Supremos N°s. 187 y 188-2014- EF, respectivamente; así como, la modifi cación del código de ubigeo y nombre del pliego habilitado consignado en el número de orden 32 del Anexo del Decreto Supremo Nº 254-2014-EF; Que, por Memorando Nº 2147-2014/VIVIENDA-OGPP, el Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hace suyo y remite el Informe Nº 269-2014- VIVIENDA-OGPP/OP de la Ofi cina de Presupuesto, a través del cual emite opinión favorable respecto a la modifi cación de los Anexos de los Decretos Supremos Nºs. 187, 188 y 254-2014-EF; en mérito de lo cual, a través del Ofi cio N° 1418-2014/VIVIENDA-SG, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita dar trámite a la citada modifi cación; Que, por tanto, es necesario modifi car los Anexos de los Decretos Supremos N°s. 187, 188 y 254-2014-EF, conforme a lo señalado en el tercer considerando del presente Decreto Supremo; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- Modifi cación de los Anexos de los Decretos Supremos Nºs. 187, 188 y 254-2014-EF 1.1Modifíquese la información señalada en la segunda columna (“Ubigeo”) del recuadro Nº 9 del Anexo del Decreto Supremo N° 187-2014-EF, de acuerdo al siguiente detalle: “(…) N° UBIGEO PLIEGOS HABILITADOS CÓDIGO SNIP CÓDIGO DGPP PROYECTOS DE INVERSIÓN MONTO S/. 9 140206 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO 54726 2053949 MEJORAMIENTO E INSTALACIÓN DEL PLAN MAESTRO AGUA POTABLE, DISTRITO DE PUEBLO NUEVO - FERREÑAFE - LAMBAYEQUE 1,796,992 (…)”. 1.2 Modifíquese la información señalada en la segunda columna (“Ubigeo”) del recuadro Nº 74 del Anexo del Decreto Supremo N° 188-2014-EF, de acuerdo al siguiente detalle: “(…) N° UBIGEO PLIEGOS HABILITADOS CÓDIGO SNIP CÓDIGO DGPP PROYECTOS DE INVERSIÓN MONTO S/. 74 110107 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO 205045 2214866 M E J O R A M I E N T O DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE LA ZONA NORTE DEL DISTRITO DE PUEBLO NUEVO - ICA - ICA 5,352,257 (…)”. 1.3 Modifíquese la información señalada en la segunda y tercera columna (“Ubigeo” y Pliegos Habilitados”) del recuadro Nº 32 del Anexo del Decreto Supremo N° 254- 2014-EF, de acuerdo al siguiente detalle: “(…) N° UBIGEO PLIEGOS HABILITADOS CÓDIGO SNIP CÓDIGO DGPP PROYECTOS DE INVERSIÓN MONTO S/. 32 060110 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MATARA 189837 2.152928 MEJORAMIENTO Y AMPLIACIÓN DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO C O N ALCANTARILLADO EN MATARA, D I S T R I T O DE MATARA - CAJAMARCA - CAJAMARCA 2,974,392 (…)”. Artículo 2.- Plazo para la desagregación de recursos El plazo para la aprobación de la desagregación de los recursos a que se refi ere el numeral 2.1 del artículo 2 de los Decretos Supremos N° 187, 188 y 254-2014-EF, para el caso de los pliegos comprendidos en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, se contará a partir de la vigencia de la presente norma. Artículo 3.- Publicación de los Anexos de los Decretos Supremos Nºs. 187, 188 y 254-2014-EF. Los Anexos de los Decretos Supremos Nºs. 187, 188 y 254-2014-EF, modifi cados de acuerdo a lo dispuesto por los numerales 1.1, 1.2 y 1.3 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, serán publicados en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www. vivienda.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de diciembre del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1182524-5 Aprueban Operación de Endeudamiento Externo con el BID DECRETO SUPREMO N° 365-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el numeral 4.1 del Artículo 4 de la Ley Nº 30116, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2014, autoriza al Gobierno Nacional a acordar operaciones de endeudamiento externo hasta por un monto equivalente a US$ 2 366 910 000,00 (DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS DIEZ MIL Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS); Que, como consecuencia de la reasignación efectuada al amparo de lo dispuesto en el numeral 4.3 del citado Artículo 4, entre los montos de endeudamiento previstos en el numeral 4.1 y en el numeral 4.2 del mismo, el monto máximo de endeudamiento externo autorizado para el Año Fiscal 2014, asciende a US$ 1 805 506 491,23 (MIL OCHOCIENTOS CINCO MILLONES QUINIENTOS SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 23/100 DÓLARES AMERICANOS); Que, en el marco de la citada autorización, la República del Perú acordará una operación de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, hasta por la suma de US$ 40 000 000,00 (CUARENTA MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a fi nanciar