Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2014 (27/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Sabado 27 de diciembre de 2014

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Que, con fecha 14 de junio de 2013 se suscribio la Carta ­ Convenio de Cooperacion Tecnica No Reembolsable entre la Republica del Peru y el Banco Interamericano de Desarrollo para el proyecto "Regularizacion de reservas de pueblos indigenas en aislamiento" (ATN/OC-13627-PE y ATN/OC-13628-PE), en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, siendo ratificada con el Decreto Supremo Nº 0212014-RE; Que, la precitada Carta ­ Convenio de Cooperacion Tecnica No Reembolsable tiene como proposito formalizar los terminos y las condiciones para el otorgamiento de una cooperacion tecnica no reembolsable al beneficiario, la Republica del Peru, hasta por el monto de US$ 1 000,000 (Un Millon de Dolares Americanos) para financiar la seleccion y contratacion de servicios de consultoria y la adquisicion de bienes y servicios necesarios para la realizacion del proyecto; Que, asimismo se senala en dicho documento que el Banco desembolsara la primera contribucion hasta por el monto de US$ 400,000 (Cuatrocientos Mil Dolares Americanos) y la MORDAZA contribucion hasta por el monto de US$ 600,000 (Seiscientos Mil Dolares Americanos), precisando en el literal b) del acuerdo MORDAZA, que el plazo para el desembolso de los recursos de la contribucion sera de treinta y seis (36) meses, contados a partir de la fecha de vigencia del Convenio; Que, el numeral IV del Anexo Unico de la Carta ­ Convenio de Cooperacion Tecnica No Reembolsable, senala que "El Proyecto sera ejecutado por el Ministerio de Cultura a traves de su Viceministerio de Interculturalidad (...);" Que, con Informe Nº 161-2014-OT-OGA-SG/MC de fecha 22 de octubre de 2014, la Oficina de Tesoreria, con la aprobacion de la Oficina General de Administracion, sugiere, que se solicite a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la aceptacion e incorporacion en el Presupuesto del Ano 2014, de los desembolsos transferidos por el Banco Interamericano de Desarrollo a este Ministerio, por los importes de US$ 195, 375.00 (Ciento Noventa y Cinco Mil Trescientos Setenta y Cinco y 00/100 Dolares Americanos) y US$ 164, 293.36 (Ciento Sesenta y Cuatro Mil Doscientos Noventa y Tres y 36/100 Dolares Americanos) que al MORDAZA de cambio de 2.901 equivalen a S/. 566, 782.88 (Quinientos Sesenta y Seis Mil Setecientos Ochenta y Dos y 88/100 Nuevos Soles) y S/. 476, 615.04 (Cuatrocientos Setenta y Seis Mil Seiscientos Quince y 04/100 Nuevos Soles), respectivamente, adjuntando MORDAZA de la hoja informativa de movimientos historicos de la Cuenta Corriente en Dolares Nº 193-2186360-1-53 del Ministerio de Cultura y de los Recibos de Ingreso de fecha 17 de octubre de 2014 por los montos MORDAZA mencionados; Que, con Memorando Nº 896-2014-DGPI-VMI/MC de fecha 28 de noviembre de 2014, el Viceministerio de Interculturalidad, a traves de la Direccion General de Derechos de los Pueblos Indigenas, comunica a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, que luego de las coordinaciones efectuadas con la Oficina de Abastecimiento, se ha modificado la programacion de los gastos senalados inicialmente, siendo que ahora los gastos correspondientes a los meses de noviembre y diciembre de 2014 ascienden, por ATN/OC-13627-PE a US$ 10, 266.69 y por ATN/OC13628-PE a US$ 15, 400.00, haciendo un total de US$ 25, 666.69 (Veinticinco Mil Seiscientos Sesenta y Seis y 69/100 Dolares Americanos); Que, en este contexto y teniendo en cuenta el MORDAZA de cambio indicado por la Oficina de Tesoreria en su Informe Nº 161-2014-OT-OGA-SG/MC, los US$ 25, 666.69 Dolares Americanos equivalen a S/. 74 459,07 (Setenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Cincuenta y Nueve y 07/100 Nuevos Soles), el cual seria cargado a la meta 005 del Viceministerio de Interculturalidad y se utilizara para financiar la contratacion de consultorias, la adquisicion de bienes y servicios, y viajes; Que, a traves del Informe Nº 792-2014-OGPP-SG/ MC de fecha 12 de diciembre de 2014 y el Memorando Nº 1675-2014-OGPP-SG/MC de fecha 17 de diciembre de 2014, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto concluye manifestando que la donacion efectuada por el Banco Interamericano de Desarrollo debe ser aceptada e incorporada al Presupuesto Institucional del Ministerio de Cultura del Ano 2014, mediante la Fuente de Financiamiento Donaciones y Transferencias, sustentando la incorporacion de mayores fondos publicos en lo dispuesto por el articulo 42 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF;

Que, por otro lado, de acuerdo con lo establecido en el articulo 94 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, como parte de la estructura organica del Viceministerio de Interculturalidad se encuentra la Direccion de los Pueblos en Situacion de Aislamiento y Contacto Inicial (PIACI), como organo de linea responsable de conducir las acciones de proteccion y respeto de los derechos de los pueblos indigenas en situacion de aislamiento y en situacion de contacto inicial (PIACI) del MORDAZA y sus derechos; Que, mediante el documento del visto, que adjunta el Informe Nº 177-2014-DGPI/VMI/MC, de la Direccion General de Derechos de los Pueblos Indigenas, e Informe Nº 105-2014-DACI-DGPI/VMI/MC, de la Direccion de Pueblos Indigenas en Aislamiento y Contacto Inicial, se propone delegar la facultad de autorizar los ingresos excepcionales a las Reservas Indigenas en el Viceministerio de Interculturalidad; Que, se advierte que el procedimiento de autorizacion excepcional de ingreso a las Reservas Indigenas se fundamenta en la actuacion, conocimiento y especializacion del Viceministerio de Interculturalidad y sus organos tecnicos, los cuales en ejercicio de sus competencias emiten el pronunciamiento que motiva el otorgamiento dichas autorizaciones excepcionales, bajo el MORDAZA legal vigente; Que, teniendo en consideracion las normas citadas en los considerandos precedentes, y con finalidad de otorgar mayor celeridad y dinamismo al procedimiento de autorizacion excepcional de ingreso a las Reservas Indigenas, de modo tal que se logre de manera efectiva y en tiempo oportuno la incursion de entes estatales en las Reservas Indigenas para asegurar y salvaguardad la MORDAZA, salud y territorio de los PIACI, es conveniente delegar la facultad de autorizar los ingresos excepcionales a las Reservas Indigenas en el Viceministerio de Interculturalidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; La Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Delegar en el Viceministerio de Interculturalidad la facultad de autorizar los ingresos excepcionales a las Reservas Indigenas a que hace referencia la Ley N° 28736, Ley para la proteccion de pueblos indigenas u originarios en situacion de aislamiento y en situacion de contacto inicial, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2007-MIMDES. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Viceministerio de Interculturalidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALVAREZ-CALDERON Ministra de Cultura

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Aceptan donacion que sera destinada al proyecto "Regularizacion de reservas de pueblos indigenas en aislamiento"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 465-2014-MC
MORDAZA, 26 de diciembre de 2014 Vistos, el Informe Nº 161-2014-OT-OGA-SG/MC de fecha 22 de octubre de 2014, el Memorando Nº 8962014-DGPI-VMI/MC de fecha 28 de noviembre de 2014, el Informe Nº 792-2014-OGPP-SG/MC de fecha 12 de diciembre de 2014, el Memorando Nº 1675-2014-OGPPSG/MC de fecha 17 de diciembre de 2014, el Memorando Nº 1690-2014-OGPP-SG/MC de fecha 22 de diciembre de 2014; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial MC de fecha 19 de diciembre de 2013, Presupuesto Institucional de Apertura de correspondiente al Ano Fiscal 2014 del Ministerio de Cultura; Nº 366-2013se aprobo el Gastos (PIA) Pliego 003 -

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