Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2014 (31/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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Reporte en el MORDAZA de la Ley N° 30052, con la finalidad de contribuir a la implementacion de los "Mecanismos Centralizados de Negociacion para Valores de Deuda Publica e Instrumentos Derivados de Estos" por parte de los participantes del MORDAZA de deuda publica; Que, tomando en consideracion lo informado por la SMV, respecto a la culminacion de gestiones efectuadas por las empresas administradoras de los mecanismos centralizados de negociacion no regulados que operan en el MORDAZA de deuda publica, para obtener la autorizacion correspondiente; la misma que podria requerir un tiempo adicional a la ampliacion conferida para concluir con los requisitos establecidos en la Resolucion SMV N° 0282013-SMV/01 y su reciente modificatoria, y en tanto se emite el Reglamento de Operaciones de Reporte aludido, resulta necesario ampliar hasta el 30 de junio de 2015, el plazo a que se refiere el numeral 7.2 del Reglamento de Bonos Soberanos y el Articulo 2 de la Resolucion Directoral N° 043-2013-EF/52.01; Que, el numeral 6.3 del Reglamento de Bonos Soberanos senala que la interpretacion de las disposiciones contenidas en el mismo es competencia, exclusiva y excluyente, de la Unidad Responsable, la cual podra modificar, mediante Resolucion Directoral, de forma excepcional y debidamente motivada, cualquier disposicion incluida en el dicho Reglamento con la finalidad exclusiva de alcanzar los objetivos establecidos en el Programa de Creadores de MORDAZA asi como en el MORDAZA de la gestion global de activos y pasivos y de su papel promotor del desarrollo del MORDAZA de deuda publica; Que, a su vez, el numeral 6.3 del Reglamento de Letras del Tesoro establece que la interpretacion de las disposiciones contenidas en el mismo es competencia exclusiva y excluyente de la Unidad Responsable, la cual inclusive podra modificar tal Reglamento en forma temporal o permanente, en todo o en parte, mediante Resolucion Directoral, con la finalidad exclusiva de alcanzar los objetivos establecidos de la Republica del Peru, en el MORDAZA de la gestion global de activos y pasivos y de su papel promotor del desarrollo del MORDAZA de deuda publica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 183, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas, y sus modificatorias, por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y su modificatoria, el Reglamento de Bonos Soberanos, aprobado por el Articulo 2 del Decreto Supremo N° 0962013-EF y el Reglamento de Letras del Tesoro, aprobado por Decreto Supremo 051-2013-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ampliese hasta el 30 de junio de 2015, el plazo establecido en el numeral 7.2 del Reglamento de Bonos Soberanos, aprobado por el Articulo 2 del Decreto Supremo N° 096-2013-EF, y el Articulo 2 de la Resolucion Directoral N° 043-2013-EF/52.01. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico 1183477-1

El Peruano Miercoles 31 de diciembre de 2014

Que, asimismo, el Articulo 70 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563 establece que las emisiones de Letras del Tesoro Publico se aprueban por resolucion directoral de la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico; Que, en adicion, el Articulo 69 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563 dispone que el saldo adeudado al cierre de cada ano fiscal por la emision de las Letras del Tesoro Publico se establece en la ley de endeudamiento del sector publico que se aprueba anualmente; Que, de acuerdo con el Cronograma del Programa de Subastas Ordinarias de Titulos del Tesoro, publicado como Anexo N° 6 de la "Estrategia de Gestion Global de Activos y Pasivos", aprobada mediante la Resolucion Ministerial N° 245-2014-EF/52, en la primera subasta de cada mes se realizara la colocacion de Letras del Tesoro con plazos a tres meses y nueve meses, siendo la suma de S/. 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) el monto referencial de emision por cada titulo; Que, la citada emision de instrumentos de deuda se realizara de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Letras del Tesoro aprobado por el Decreto Supremo N° 051-2013-EF; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y su modificatoria, el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-EF; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la emision de Letras del Tesoro Publico a ciento uno (101) dias, por el monto referencial de S/. 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) con las siguientes caracteristicas:
Emisor Unidad Responsable La Republica del Peru Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas 101 dias 18 de MORDAZA de 2015 Letras del Tesoro 18ABR2015 Nuevos Soles S/. 20 000 000,00 S/. 100,00 Subasta hibrida (de precios mixtos) 06 de enero agosto de 2015 07 de enero de 2015 Tasa de rendimiento Efectiva, base 30/360 Al descuento Sociedades Agentes de Bolsa autorizadas

Plazo del Instrumento Fecha de Vencimiento Denominacion Moneda Monto referencial Valor Nominal Modalidad de subasta Fecha de la subasta Fecha de liquidacion Variable a subastar Tasa de interes Forma de emision Participantes de la subasta Monto a Pagar El monto a pagar por el inversionista que resulte adjudicatario en la subasta, sera el precio de la Letra calculado de acuerdo con lo establecido en el numeral 1.12 del Reglamento de Letras del Tesoro. Modalidad de Pago Las Letras adjudicadas seran liquidadas a traves de CAVALI S.A. ICLV utilizando en mecanismo de entrega contra pago.

Aprueban emisiones de Letras del Tesoro Publico
RESOLUCION DIRECTORAL N° 92-2014-EF/52.01 MORDAZA, 30 de diciembre del 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 68 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008- 2014-EF, la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico esta autorizada a efectuar la emision y colocacion de Letras del Tesoro Publico;
Pago del Principal Unidades en Circulacion

16:00 horas de la fecha de liquidacion. A traves de CAVALI S.A. ICLV 235 110

El pago se realizara mediante transferencia enviada a traves del Sistema de Liquidacion Bruta en Tiempo Real del BCRP, a la cuenta centralizadora de CAVALI S.A. ICLV en moneda nacional en el Banco Central de Reserva del Peru Nº 11080102700100000000, a traves del codigo de operacion LBTR ­ C055, hasta las

Articulo 2.- Aprobar la emision de Letras del Tesoro Publico a doscientos ochenta (280) dias, por el monto referencial de S/. 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES) cuyas caracteristicas son las siguientes:

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