Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2014 (31/12/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano Miercoles 31 de diciembre de 2014

543573
- Ministerio de Energia y Minas - Central, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente de Recaudados Financiamiento: 2 Recursos Directamente

de remediacion ambiental que demanden sus unidades de negocio totalmente privatizadas que pertenecieron a dicha empresa, precisandose que PETROPERU S.A. debera informar al Ministerio de Energia y Minas los avances fisicos y financieros de la ejecucion de las acciones con cargo a los recursos transferidos; Que, asimismo la MORDAZA MORDAZA citada establece que para los fines establecidos en dicha disposicion, quedan suspendidas las disposiciones legales que se opongan o limiten su aplicacion, incluido el articulo 73º de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, mediante Cartas Nros. DESO 157-2014, DESO 829-2014, DESO 905-2014 tramitados bajo los expedientes Nros. 2375114, 2453024 y 2459152, respectivamente, PETROPERU S.A. solicito al Ministerio de Energia y Minas una transferencia adicional de US$ 33, 885, 000.00 (treinta y tres millones ochocientos ochenta y cinco mil de dolares americanos y 00/100) a su favor, con el objeto de atender los compromisos de remediacion ambiental que demanden sus unidades de negocio totalmente privatizadas que pertenecieron a dicha empresa relacionado a: i) Recursos requeridos como reembolso correspondientes a los anos 2007, 2008, 2009, 2010, 2011, 2012 y 2013, y ii) Estimado de los recursos futuros, requeridos para los anos 2014, 2015 y 2016, en merito de lo establecido en el articulo 6º de la Ley Nº 28840 y de la Vigesima Sexta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 30114; Que, a fin de atender lo solicitado, la Direccion General de Hidrocarburos mediante el Oficio Nº 1594-2014-MEM/ DGH requirio a PETROPERU S.A. presente al Ministerio de Energia y Minas un informe sustentatorio respectivo; Que, en atencion al requerimiento MORDAZA senalado, mediante Carta DESO 905-2014, tramitado bajo el expediente Nº 2459152, PETROPERU S.A. remitio la documentacion sustentatoria de su solicitud de transferencia financiera MORDAZA citada; Que, teniendo en consideracion lo establecido en la normativa legal MORDAZA mencionada, la documentacion sustentatoria presentada por PETROPERU S.A. y la disponibilidad presupuestal del Ministerio de Energia y Minas, es necesario autorizar la Transferencia Financiera hasta por la suma de CUATRO MILLONES CIENTO QUINCE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4, 115,795.00), a favor de la empresa PETROPERU S.A., con el objeto de atender los compromisos de remediacion ambiental que demanden sus unidades de negocio totalmente privatizadas que pertenecieron a dicha empresa; Estando a lo informado por la Direccion General de Hidrocarburos mediante el Informe Nº 187-2014-MEMDGH y a la Certificacion de Credito Presupuestario Nº 06139-1-2014-MEM-OGP/PRES emitida por la Oficina de Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto el articulo 6º de la Ley Nº 28840 y en la Vigesima Sexta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar la Transferencia Financiera por la suma de CUATRO MILLONES CIENTO QUINCE MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4, 115,795.00), por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios con cargo al Presupuesto del Pliego Nº 016 - Ministerio de Energia y Minas para el Ano Fiscal 2014, a favor de la Empresa Petroleos del Peru- PETROPERU S.A., con el objeto de cubrir los gastos de remediacion ambiental de las unidades de negocio totalmente privatizadas que pertenecieron a dicha empresa y que a la fecha forman parte de recursos pendientes de desembolso que mantiene el Estado con la referida Empresa. Articulo 2.- En cumplimiento de lo establecido en la Vigesima Sexta Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114 los recursos materia de las transferencias financieras autorizadas, seran destinados exclusivamente para cubrir los gastos de remediacion ambiental expuestos en el articulo precedente, quedando prohibido que la mencionada Empresa efectue habilitaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Articulo 3.- La transferencia financiera a que se refiere los articulos precedentes se realizara con cargo al presupuesto aprobado a la Unidad Ejecutora Nº 001

5 Gastos Corrientes 2.4 Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.4 A otras Entidades Publicas

S/. 4, 115,795.00

Articulo 4.- La Empresa Petroleos del Peru S.A. PETROPERU S.A, informara a la Direccion General de Hidrocarburos y a la Unidad Ejecutora Nº 001 ­ MEMCentral, del Ministerio de Energia y Minas, los avances fisicos y financieros de la ejecucion de las acciones con cargo a los recursos transferidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1183224-1

INTERIOR
Autorizan a la Direccion General de Administracion la priorizacion del Proyecto de Inversion Publica con Codigo SNIP Nº 306076, a nivel de Fase de Inversion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1309-2014-IN MORDAZA, 30 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica, dispone que el Ministro constituye el Organo Resolutivo a quien le corresponde autorizar la Fase de Inversion y es el principal responsable por el cumplimiento de la Ley, su Reglamento y las normas que a su MORDAZA se expida; Que, el literal d) del numeral 6.1 del articulo 6º del Reglamento del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 102-2007-EF, dispone que el Organo Resolutivo del Sector autoriza la elaboracion de expedientes tecnicos o estudios definitivos y la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica (PIP) declarados viables, competencia que puede ser objeto de delegacion a favor de la MORDAZA autoridad administrativa de las Entidades clasificadas en su Sector; Que, el numeral 7.6 del articulo 7 de la Directiva Nº 0012011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversion Publica, aprobada por Resolucion Directoral Nº 003-2011-EF/68.01, establece que el Organo Resolutivo tiene entre sus funciones el autorizar la elaboracion de expedientes tecnicos o estudios definitivos, asi como la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica (PIP) declarados viables, pudiendo esta funcion ser objeto de delegacion; Que, mediante Informe Tecnico Nº 073-2014-INDGPP-DPI del 27 de noviembre de 2014, el Responsable de Programacion e Inversiones (OPI) de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior senala que el Proyecto de Inversion Publica "Mejoramiento de las Capacidades para las Intervenciones Policiales de Interdiccion Terrestre de la DIVICDIQ-DIREJANDRO PNP en los Valles del VRAEM y Huallaga", con Codigo SNIP Nº 306076 y un costo de S/. 161 123 089,90, cuenta con la declaracion de viabilidad; Que, por otro lado, a traves del Oficio Nº 574-12-2014DIREJANDRO-PNP/DIVICDIQ-DIT del 20 de diciembre de 2014, la Oficina de Administracion de la Direccion Antidrogas de la Policia Nacional del Peru remite el Informe Nº 290-122014-DIREJANDRO PNP/DIVICDIQ-DIT, mediante el cual manifiesta que los PIP del ano 2012, con Codigos SNIP Nº 200998, 201001, 201002; asi como el PIP del ano 2014, con Codigo SNIP 306076, enmarcados operativamente en

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