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El Peruano Miércoles 31 de diciembre de 2014 543577 encargado de conducir los procesos de planeamiento, desarrollo organizacional, programación de inversiones y presupuesto conforme a las normas legales vigentes; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el literal g) del artículo 11º del referido Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, corresponde al Titular de la Entidad, aprobar las políticas, planes y programas propios de su función de Ministro de Estado, así como evaluar su ejecución; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; y, el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación del POI 2015 Aprobar el Plan Operativo Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para el Año Fiscal 2015, el que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Responsabilidad El cumplimiento de la programación de las tareas consideradas en el Plan Operativo Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para el Año Fiscal 2015, es de responsabilidad de los Directores y/o Jefes de los órganos o unidades orgánicas correspondientes, del Ministerio. Artículo 3º.- Seguimiento y evaluación Encargar a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto el seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Operativo Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para el Año Fiscal 2015, aprobado mediante la presente Resolución. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución y de su Anexo, en el Portal Institucional (www.minjus.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1183673-1 Aprueban el “Programa SECIGRA DERECHO 2015” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0274-2014-JUS Lima, 30 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley Nº 26113, modifi cado por la Ley Nº 27687, aprueba las normas relativas al Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO, prestado facultativamente por los estudiantes de las Facultades de Derecho de las Universidades del país, a partir del último año de estudios profesionales, con la fi nalidad que los alumnos participantes realicen actividades jurídicas en dependencias de la administración pública, como una acción complementaria para coadyuvar a una pronta y efi ciente administración de justicia y administración pública, ampliando el ejercicio práctico de la profesión e incentivando la responsabilidad social del graduando; Que, el artículo 3º del citado dispositivo establece que el SECIGRA DERECHO se presta en programas de duración anual, cuya fecha de inicio es determinada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acotando el artículo 6º que corresponde a esta entidad organizar y coordinar con las universidades la asignación de los estudiantes; Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27687 establece que las dependencias de la Administración Pública determinarán anualmente el número de vacantes para los estudiantes de derecho que opten por realizar el SECIGRA DERECHO a fi n de asumir el pago del estipendio correspondiente, disposición concordante con el artículo 19º del Reglamento de la Ley del Servicio Civil de Graduandos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2014-JUS, que establece que el monto mínimo que se abona como estipendio mensual es fi jado en la Resolución Ministerial que aprueba el Programa y que no puede ser menor a una Remuneración Mínima Vital (RMV) vigente a su emisión y que el estipendio está a cargo de la unidad receptora, quien en el marco de su disponibilidad presupuestal, deberá procurar el abono de un estipendio superior al mínimo establecido por la resolución que aprueba el Programa; Que, asimismo, el artículo 8º del acotado Reglamento indica que el Programa SECIGRA DERECHO es aprobado por Resolución Ministerial del Sector Justicia y Derechos Humanos, en la que se determina la fecha de inicio y de fi nalización del citado Programa; señalando los montos mínimos del estipendio; Que, en tal sentido, corresponde aprobar el “Programa SECIGRA DERECHO 2015”, su periodo de prestación, así como el monto mínimo del estipendio que deberán abonar mensualmente las unidades receptoras a los alumnos o egresados que les asignen; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29809 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2012- JUS; el Decreto Ley Nº 26113, modifi cado por Ley Nº 27687 – Ley del Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2014-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el “Programa SECIGRA DERECHO 2015”, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Determinar los periodos de prestación del Servicio Civil de Graduandos en el marco del “Programa SECIGRA DERECHO 2015”, conforme al siguiente cronograma: (i) Del 15 de enero al 15 de julio de 2015. (ii) Del 03 de agosto al 30 de noviembre de 2015. Artículo 3º.- Fijar en S/.750.00 (SETECIENTOS CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES), el monto mínimo que las unidades receptoras deben abonar mensualmente a los secigristas que les serán asignados, quienes en el marco de su disponibilidad presupuestal deben procurar abonar un estipendio superior al mínimo establecido. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos PROGRAMA SECIGRA DERECHO 2015 I.- OBJETIVO - Contar con un documento de gestión que sirva de orientación y seguimiento, de las actividades a desarrollarse en el Programa SECIGRA DERECHO 2015. - Brindar al estudiante de derecho y egresado (de ser asignado), la oportunidad de realizar actividades jurídicas en dependencias de la administración pública, como una acción complementaria para coadyuvar a una pronta y efi ciente administración de justicia, ampliando el ejercicio práctico de la profesión e incentivando la responsabilidad social del graduando. - Lograr que la institución donde se ejecute la practica reúna las características adecuadas que contribuyan al desarrollo profesional del estudiante de derecho y/o egresado, permitiéndole conocer la gestión pública; complementar su proceso formativo relacionando el conocimiento teórico con el práctico, consolidar su aprendizaje, así como mejorar sus capacidades y competencias, y se inserte en el mercado laboral. - Velar por el cabal cumplimiento de las normas que regulan el desarrollo y ejecución del Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO en el ámbito nacional.