Norma Legal Oficial del día 17 de enero del año 2014 (17/01/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano Viernes 17 de enero de 2014

514529
VISTA: La solicitud presentada por la ciudadana Marleni Pedroza Munoz, personero legal titular de la Organizacion Politica Local Distrital "MAGDALENA AVANZA" del distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y region Lima; CONSIDERANDO: Que el 11 de noviembre del 2013, la ciudadana Marleni Pedroza Munoz, personera legal titular de la Organizacion Politica Local Distrital "MAGDALENA AVANZA" del distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y region Lima; solicito la inscripcion de dicha organizacion politica ante el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones; Que, revisada la solicitud presentada, se advierte que cumple con todos los requisitos establecidos en el articulo 17º de la Ley Nº 28094, Ley de Partidos Politicos, esto es, I) Relacion de adherentes en numero no menor del 3% de los ciudadanos que sufragaron en las ultimas elecciones de caracter nacional dentro de la circunscripcion en la que la organizacion desarrolla sus actividades, advirtiendose en tal sentido que mediante el Oficio Nº 000326-2013/ GRE/SGVFAE/RENIEC del 18 de noviembre del 2013, la Sub Gerencia de Verificacion de Firmas y Asistencia Electoral del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil(RENIEC), informo que de un total de 3.229 firmas presentadas se declararon validas 2,644 firmas, cantidad que supera las 1,469, necesarias para tal efecto y, II) Acta de constitucion del Comite Distrital de MORDAZA MORDAZA, suscrita por mas de 50 adherentes debidamente identificados; Que, adicionalmente, la organizacion politica solicitante ha presentado un Acta de Fundacion, el cual contiene la denominacion, el domicilio legal, la designacion del apoderado, representante legal, personeros legales y tecnicos, el organo directivo con las personas que ocuparan los cargos designados y la aprobacion de un ideario con los principios, objetivos y vision del distrito de MORDAZA MORDAZA , provincia y region Lima; Que, con fecha 22 de diciembre del 2013, se publico en el Diario Oficial El Peruano, la sintesis de la solicitud de inscripcion a efectos que cualquier persona natural o juridica ejerza su derecho de formular tacha contra la inscripcion de la organizacion politica solicitante, dentro del plazo de 05 dias habiles posteriores a la publicacion, conforme lo senala el articulo 10º de la Ley 28094. En tal sentido mediante memorando Nº 006-2014-SC/DGRS/ JNE del 03 de enero del 2014, la Oficina de Servicios al Ciudadano informa que no se ha presentado tacha alguna contra la citada solicitud de inscripcion, dentro del plazo de ley; Que, las organizaciones politicas se constituyen por iniciativa y decision de sus fundadores y, luego de cumplidos los requisitos establecidos en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Politicas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley al Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones, a la Organizacion Politica Local Distrital "MAGDALENA AVANZA" del distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y region Lima. Articulo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente, en el Libro de Organizaciones Politicas Locales, tomo 18, partida electronica numero 39 y registrese la inscripcion en el asiento numero 1. Articulo Tercero.- Tengase acreditados como personeros legales titular y alterno a los ciudadanos: Marleni Pedroza Munoz y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Soriano, respectivamente. Registrese y notifiquese. MORDAZA MORDAZA PATRON Director del Registro de Organizaciones Politicas MORDAZA Nacional de Elecciones 1038748-1

no pueden ser tomadas como fundamentos ni argumentos validos por este organo colegiado para sustentar la presente resolucion, toda vez que, al momento de resolver, se deben tener en cuenta los medios probatorios aportados por las partes, que acrediten, de manera fehaciente, la causal invocada y no meras afirmaciones de caracter subjetivas. 24. En relacion con el otro hecho imputado al primer regidor, esto es, que habria presentado sendos escritos en el procedimiento de vacancia del MORDAZA municipal, se tiene que, en efecto, durante la tramitacion del citado procedimiento, el regidor cuestionado remitio escritos brindando informacion a este organo colegiado, respecto al tramite que se venia siguiendo en relacion con la solicitud de vacancia en contra del MORDAZA municipal. 25. En ese sentido, se tiene que la conducta del regidor cuestionado no reviste la forma de funcion administrativa o ejecutiva, toda vez que ellas, en modo alguno, suponen la toma de decisiones con relacion a la administracion, direccion o gerencia de los organos que comprenden la estructura municipal, asi como de la ejecucion de sus subsecuentes fines. 26. Teniendo en cuenta lo MORDAZA senalado, y estando al pronunciamiento emitido por el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, se concluye que el primer regidor MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA actuo, de conformidad con lo establecido en el MORDAZA parrafo del articulo 13 de la LOM, esto es, que su actuacion se encuentra enmarcada dentro de las atribuciones que la ley le confiere a los regidores. En ese sentido, el recurso de apelacion interpuesto por la autoridad MORDAZA, debe ampararse. 27. En consecuencia, al no acreditarse la existencia de elementos suficientes que generen certeza y conviccion en este organo colegiado respecto de que la autoridad cuestionada MORDAZA realizado funciones ejecutivas o administrativas que importen una anulacion o menoscabo de sus funciones fiscalizadoras, no es posible declarar la vacancia de su cargo, por lo que corresponde desestimar el recurso de apelacion presentado. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA Fileberto MORDAZA MORDAZA, y en consecuencia, CONFIRMAR el acuerdo adoptado en la sesion extraordinaria del 8 de octubre de 2013, que declaro infundada la solicitud de vacancia presentada en contra de MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA, regidor de la Municipalidad Distrital de Tauripampa, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 11, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Registrese, comuniquese, publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1039115-4

Inscriben a la organizacion politica local distrital "Magdalena Avanza" en el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones
REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLITICAS RESOLUCION Nº 011-2014-ROP/JNE MORDAZA, 7 de enero del 2014.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.