Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2014 (08/02/2014)
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TEXTO DE LA PÁGINA 39
El Peruano Sabado 8 de febrero de 2014
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Que, de otro lado, en el MORDAZA del perfeccionamiento permanente de los procesos de control, se deben establecer medidas que aseguren la tramitacion y resolucion de los procedimientos de atencion de solicitudes de Informes Previos; Que, en tal sentido, resulta necesario disponer que la Gerencia Central de Calidad sea la encargada de la resolucion en primera instancia de los procedimientos relacionados a la autorizacion previa de prestaciones adicionales de obra y mayores prestaciones de supervision de obras publicas; asi como, modificar el "Reglamento para la emision del Informe Previo establecido por el literal l) del articulo 22° de la Ley N° 27785", aprobado por Resolucion de Contraloria N° 052-2010-CG, reasignando los niveles de aprobacion, asi como redistribuyendo las responsabilidades durante el MORDAZA de emision de dichos informes; En uso de las atribuciones establecidas por el articulo 32º de la Ley Nº 27785 Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Establecer que corresponde a la Gerencia Central de Calidad, la resolucion en primera instancia de los procedimientos relacionados a la autorizacion previa de prestaciones adicionales de obra y mayores prestaciones de supervision de obras publicas, correspondiendo la resolucion de los recursos de apelacion al Contralor General de la Republica. Articulo Segundo.- Modificar el articulo 12° del "Reglamento para la Emision del Informe Previo establecido por el literal l) del articulo 22° de la Ley N° 27785", aprobado por Resolucion de Contraloria N° 052-2010-CG y modificado por la Resolucion de Contraloria N° 286-2011-CG, en los siguientes terminos: "Articulo 12°. Contenido del Informe Previo El Informe Previo contiene el pronunciamiento sobre el cumplimiento de lo establecido en el presente Reglamento y sera remitido a la entidad solicitante mediante oficio suscrito por: a) La Gerencia Central de Calidad, cuando se trate de tramites de Informe Previo solicitados por los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otras entidades, a que se refieren los articulos 7° y 9° del Reglamento; hasta por un importe equivalente a 3,000 UIT. b) El Contralor General de la Republica, en los casos senalados en los articulos 6° y 8° del Reglamento; asi como las solicitudes tramitadas por los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otras entidades, a que se refieren los articulos 7° y 9° del Reglamento, por importes mayores a 3,000 UIT. Lo expuesto en el literal a) precedente, es extensivo a los Organismos Publicos Descentralizados y empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que correspondan." Articulo Tercero.- Lo dispuesto en la presente Resolucion, sera de aplicacion inclusive a los procedimientos que se encuentran en tramite, a cuyo efecto la Gerencia Central de Calidad adoptara las acciones a que hubiera lugar. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion la publicacion de la presente Resolucion, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el MORDAZA de la Contraloria General de la Republica (www.contraloria.gob.pe). Articulo Quinto.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ZARZAR Contralor General de la Republica 1048484-1
INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de Rector de la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA de Ica a Brasil, con la finalidad de suscribir Convenio
UNIVERSIDAD NACIONAL "SAN MORDAZA GONZAGA" DE ICA RESOLUCION RECTORAL Nº 108-R-UNICA-2014 Ica, 28 de enero de 2014 VISTO: La Carta remitida por el Director de Postgrado de Ortodoncia y el Director del Instituto Europeo Zahnartz, quienes invitan al Senor Rector de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, a Sao MORDAZA del 29 de Enero del 2014 al 5 de Febrero de 2014. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, desarrolla sus actividades dentro de la autonomia de gobierno, normativa, academica, administrativa y economica, prevista en el articulo 18º de la Constitucion Politica del Estado, la Ley Universitaria Nº 23733, y el Estatuto Universitario; Que, con Resolucion Nº 871-COG-P-UNICA-2012 del 4 de Setiembre del 2012 se nombra al Dr. MORDAZA MORDAZA ENCINAS MORDAZA, Docente Principal a D.E., como Rector de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, para el periodo 2012 2017, comprendido desde el 05 de Setiembre de 2012 hasta el 04 de Setiembre de 2017; Que, el inciso h) del articulo 4º del Estatuto Universitario, establece que la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica se rige por el MORDAZA de identificar el quehacer cientifico, tecnologico y cultural de la Universidad con los intereses del progreso y la democracia del pueblo peruano; Que, el inciso n) del articulo 153º del Estatuto Universitario, establece como atribucion del Consejo Universitario autorizar las licencias "De las autoridades que viajan por comision de servicio, dentro y fuera del MORDAZA, Cuando la solicitan en el ejercicio al cargo de gobierno por un periodo no mayor de seis (6) meses; Que, el articulo 371º del Titulo XII De las Relaciones Interinstitucionales del Estatuto Universitario, determina que la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, se relaciona con personas naturales o juridicas, nacionales o extranjeras, cuyas actividades MORDAZA compatibles con los obtenidos institucionales; Que, dentro de los principios y fines de la Universidad se hace necesaria la apertura de relaciones interinstitucionales, con Universidades de MORDAZA del Sur, siendo Brasil uno de los Paises que es factible de suscribir convenios; Que, mediante Resolucion Rectoral Nº 1001-RUNICA-2013 del 5 de MORDAZA del 2012, se aprueba la suscripcion del Convenio MORDAZA de Cooperacion Cultural, Cientifica y Pedagogica entre la Universidad Cruzeiro Do Sul (Sede Unicid -Brasil) y la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica; Que, el Senor Rector de nuestra Universidad informa y pone en consideracion al Honorable Consejo Universitario la invitacion suscrita por la Universidad Cruzeiro Do Sul; siendo aprobado la propuesta por Unanimidad; Que, estando al acuerdo del Consejo Universitario en su Sesion Extraordinaria del 28 de Enero de 2014; En uso de las atribuciones conferidas al Senor Rector de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, por la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria y Estatuto Universitario; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR el viaje a la Universidad Cruzeiro Do Sul (Sede UNICID) Brasil, en el periodo