Norma Legal Oficial del día 08 de febrero del año 2014 (08/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano Sabado 8 de febrero de 2014

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Que, de otro lado, en el MORDAZA del perfeccionamiento permanente de los procesos de control, se deben establecer medidas que aseguren la tramitacion y resolucion de los procedimientos de atencion de solicitudes de Informes Previos; Que, en tal sentido, resulta necesario disponer que la Gerencia Central de Calidad sea la encargada de la resolucion en primera instancia de los procedimientos relacionados a la autorizacion previa de prestaciones adicionales de obra y mayores prestaciones de supervision de obras publicas; asi como, modificar el "Reglamento para la emision del Informe Previo establecido por el literal l) del articulo 22° de la Ley N° 27785", aprobado por Resolucion de Contraloria N° 052-2010-CG, reasignando los niveles de aprobacion, asi como redistribuyendo las responsabilidades durante el MORDAZA de emision de dichos informes; En uso de las atribuciones establecidas por el articulo 32º de la Ley Nº 27785 ­ Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Establecer que corresponde a la Gerencia Central de Calidad, la resolucion en primera instancia de los procedimientos relacionados a la autorizacion previa de prestaciones adicionales de obra y mayores prestaciones de supervision de obras publicas, correspondiendo la resolucion de los recursos de apelacion al Contralor General de la Republica. Articulo Segundo.- Modificar el articulo 12° del "Reglamento para la Emision del Informe Previo establecido por el literal l) del articulo 22° de la Ley N° 27785", aprobado por Resolucion de Contraloria N° 052-2010-CG y modificado por la Resolucion de Contraloria N° 286-2011-CG, en los siguientes terminos: "Articulo 12°. ­ Contenido del Informe Previo El Informe Previo contiene el pronunciamiento sobre el cumplimiento de lo establecido en el presente Reglamento y sera remitido a la entidad solicitante mediante oficio suscrito por: a) La Gerencia Central de Calidad, cuando se trate de tramites de Informe Previo solicitados por los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otras entidades, a que se refieren los articulos 7° y 9° del Reglamento; hasta por un importe equivalente a 3,000 UIT. b) El Contralor General de la Republica, en los casos senalados en los articulos 6° y 8° del Reglamento; asi como las solicitudes tramitadas por los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y otras entidades, a que se refieren los articulos 7° y 9° del Reglamento, por importes mayores a 3,000 UIT. Lo expuesto en el literal a) precedente, es extensivo a los Organismos Publicos Descentralizados y empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que correspondan." Articulo Tercero.- Lo dispuesto en la presente Resolucion, sera de aplicacion inclusive a los procedimientos que se encuentran en tramite, a cuyo efecto la Gerencia Central de Calidad adoptara las acciones a que hubiera lugar. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion la publicacion de la presente Resolucion, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el MORDAZA de la Contraloria General de la Republica (www.contraloria.gob.pe). Articulo Quinto.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ZARZAR Contralor General de la Republica 1048484-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de Rector de la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA de Ica a Brasil, con la finalidad de suscribir Convenio
UNIVERSIDAD NACIONAL "SAN MORDAZA GONZAGA" DE ICA RESOLUCION RECTORAL Nº 108-R-UNICA-2014 Ica, 28 de enero de 2014 VISTO: La Carta remitida por el Director de Postgrado de Ortodoncia y el Director del Instituto Europeo Zahnartz, quienes invitan al Senor Rector de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, a Sao MORDAZA del 29 de Enero del 2014 al 5 de Febrero de 2014. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, desarrolla sus actividades dentro de la autonomia de gobierno, normativa, academica, administrativa y economica, prevista en el articulo 18º de la Constitucion Politica del Estado, la Ley Universitaria Nº 23733, y el Estatuto Universitario; Que, con Resolucion Nº 871-COG-P-UNICA-2012 del 4 de Setiembre del 2012 se nombra al Dr. MORDAZA MORDAZA ENCINAS MORDAZA, Docente Principal a D.E., como Rector de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, para el periodo 2012 ­ 2017, comprendido desde el 05 de Setiembre de 2012 hasta el 04 de Setiembre de 2017; Que, el inciso h) del articulo 4º del Estatuto Universitario, establece que la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica se rige por el MORDAZA de identificar el quehacer cientifico, tecnologico y cultural de la Universidad con los intereses del progreso y la democracia del pueblo peruano; Que, el inciso n) del articulo 153º del Estatuto Universitario, establece como atribucion del Consejo Universitario autorizar las licencias "De las autoridades que viajan por comision de servicio, dentro y fuera del MORDAZA, Cuando la solicitan en el ejercicio al cargo de gobierno por un periodo no mayor de seis (6) meses; Que, el articulo 371º del Titulo XII De las Relaciones Interinstitucionales del Estatuto Universitario, determina que la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, se relaciona con personas naturales o juridicas, nacionales o extranjeras, cuyas actividades MORDAZA compatibles con los obtenidos institucionales; Que, dentro de los principios y fines de la Universidad se hace necesaria la apertura de relaciones interinstitucionales, con Universidades de MORDAZA del Sur, siendo Brasil uno de los Paises que es factible de suscribir convenios; Que, mediante Resolucion Rectoral Nº 1001-RUNICA-2013 del 5 de MORDAZA del 2012, se aprueba la suscripcion del Convenio MORDAZA de Cooperacion Cultural, Cientifica y Pedagogica entre la Universidad Cruzeiro Do Sul (Sede Unicid -Brasil) y la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica; Que, el Senor Rector de nuestra Universidad informa y pone en consideracion al Honorable Consejo Universitario la invitacion suscrita por la Universidad Cruzeiro Do Sul; siendo aprobado la propuesta por Unanimidad; Que, estando al acuerdo del Consejo Universitario en su Sesion Extraordinaria del 28 de Enero de 2014; En uso de las atribuciones conferidas al Senor Rector de la Universidad Nacional "San MORDAZA Gonzaga" de Ica, por la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria y Estatuto Universitario; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR el viaje a la Universidad Cruzeiro Do Sul (Sede UNICID) ­ Brasil, en el periodo

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