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El Peruano Viernes 28 de febrero de 2014 517737 Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfi nanzas, de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros, de Riesgos, de Asesoría Jurídica y la UIF-Perú; y, En uso de las atribuciones conferidas en los numerales 7 y 10 del artículo 349º y por la Décimo Cuarta Disposición Final y Complementaria de la Ley General; y, de acuerdo con las condiciones de excepción dispuestas en el numeral 3.2 del artículo 14° del Decreto Supremo N° 001- 2009-JUS; RESUELVE: Artículo Primero.- Modifi car el Artículo 12A° de las Normas Complementarias para la Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo, aprobadas por la Resolución SBS N° 838-2008 y sus normas modifi catorias, de acuerdo al siguiente texto: “Artículo 12A°.- Registro de Operaciones en Efectivo - ROPE Las empresas deberán mantener a disposición de la Superintendencia una relación de las operaciones en efectivo que hayan registrado en su Registro de Operaciones. Se considera operación en efectivo, todas aquellas que en el desarrollo del giro ordinario de los negocios de los clientes, involucren entrega o recibo de dinero en billetes o en monedas, nacional o extranjera. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto todas aquellas disposiciones que se contrapongan a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Tercero.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1054691-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Encargan funciones de Ejecutor Coactivo del SAT SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-004-00003317 Lima, 17 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto Nº 225, se crea el Servicio de Administración Tributaria, SAT, como un organismo público descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, económica, presupuestaria y fi nanciera. Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso e) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del SAT, aprobado mediante Ordenanza Nº 1698, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 5 de mayo de 2013, el Jefe de la Institución tiene, entre otras, la facultad de nombrar, contratar, suspender, remover o cesar, con arreglo a ley, a los funcionarios, directivos y servidores del SAT. Que, mediante Resolución Jefatural Nº 001-004- 00000799 de fecha 14 de mayo de 2005, se designó a la señora Sofi a Patricia Silva Oliva en el cargo de Ejecutor Coactivo del SAT, a partir del 16 de mayo de 2005. Que, según se desprende de los Informes Legales Nº 286-2010-SERVIR/GG-OAJ y 175-2011-SERVIR/ GG-OAJ, emitidos el 28 de setiembre de 2010 y el 28 de febrero de 2011, respectivamente, la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en adelante SERVIR, ha señalado que el encargo resulta aplicable en el régimen de la actividad privada, con carácter temporal, excepcional y motivado. Que, asimismo, mediante Informe Nº 274-2012- SERVIR/GG-OAJ emitido el 19 de marzo de 2012, SERVIR ha opinado que no existe impedimento para encargar temporalmente el puesto de Ejecutor Coactivo a un Auxiliar Coactivo, en tanto este último haya ingresado por concurso público de méritos y reúna los requisitos que la ley exige para el puesto de Ejecutor, requiriéndose además que se cumpla con las condiciones propias del encargo, como son la temporalidad, excepcionalidad, fundamento, compatibilidad con niveles de carreras superiores al trabajador, ausencia del titular, entre otros. Que, según lo establecido en el artículo 10 literal h) del Decreto Legislativo Nº 1023, constituye parte de las funciones de SERVIR, el opinar de manera vinculante sobre las materias de su competencia, las cuales están contextualizadas en el marco de la Política Nacional del Servicio Civil. Que, ante la ausencia temporal por el descanso vacacional de la Ejecutor Coactivo Sofía Patricia Silva Oliva, programado del 03 al 25 de marzo de 2014 la Gerencia de Ejecución Coactiva emitió el Informe Nº 281-092-00000214, proponiendo que durante dicho período se encargue la antes citada función a la señora Kelly del Carmen Ayllón Samaniego, Analista Auxiliar Coactivo III del SAT, por cuanto la citada funcionaria ha ingresado a esta Entidad por concurso público de méritos, desempeñándose como tal desde el 16 de marzo de 2009; asimismo cumple con el perfi l legal mínimo requerido para ocupar el cargo de Ejecutor Coactivo, ya que cuenta con el título profesional de Abogado, encontrándose hábil para ejercer la profesión (Reg. CAL Nº 38392); adicionalmente cuenta con más de 03 años como Auxiliar Coactivo y posee conocimientos comprobados en temas de tributación municipal y derecho administrativo, conforme lo establecido en el artículo 4º de la Ley Nº 26979 – Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva. Que, acogiendo dicha propuesta, la Gerencia de Recursos Humanos del SAT remite el Memorándum Nº 187-092-000014731, recibido el 14 de febrero de 2014, solicitando la emisión de la Resolución Jefatural que encargue las funciones de Ejecutor Coactivo a la señora Kelly del Carmen Ayllón Samaniego, Analista Auxiliar Coactivo III del SAT, durante el período comprendido entre el 3 al 25 de marzo de 2014. Estando a lo dispuesto en el inciso e) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del SAT, aprobado por ordenanza Nº 1698; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Encargar a la señora Kelly del Carmen Ayllón Samaniego, el cargo de Ejecutor Coactivo del SAT, a partir del 3 al 25 de marzo de 2014. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JUAN MANUEL CAVERO SOLANO Jefe del Servicio de Administración Tributaria 1055161-1 MUNICIPALIDAD DE ATE Modifican la Ordenanza Nº 332-MDA que aprobó fechas de vencimiento para el pago de obligaciones tributarias del ejercicio 2014 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004 Ate, 27 de febrero de 2014