Norma Legal Oficial del día 25 de julio del año 2014 (25/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano Viernes 25 de MORDAZA de 2014

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de 85,200.m2 conforme consta en la Rectificacion inscrita en el asiento en Ficha N° 257334 y la Partida Electronica Nº 45096440. Sin embargo de acuerdo al levantamiento de informacion en MORDAZA utilizando equipos topograficos de precision se ha determinado la modificacion del area total siendo 98,840.40.m2 y del perimetro de 1,356.49 ml la misma que se encuentra delimitada por el Jr. MORDAZA La Nueva, Av. los Fresnos, Jr. Vascongadas y Av. Alameda del Corregidor. Que, resulta necesario para los presentes fines, dejar MORDAZA que forma parte de la Urbanizacion y por tanto del presente procedimiento el predio identificado como Lote Nº 19 de la Manzana "B" que se encuentra independizado e inscrito en la Partida Electronica Nº 12542833 del Registro de Predios de Lima. Que, asimismo se ha determinado que el predio matriz a habilitar de oficio no presenta tramite ante la Municipalidad sobre procedimiento de habilitacion MORDAZA, ni de regularizacion de una ejecutada, ni de recepcion de obras de habilitacion MORDAZA a la fecha de publicacion de la Ley 29898, que modifica la Ley N° 29090 "Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones", ni esta inmerso en los supuestos indicados en el Articulo 40-D del Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA. Que, con Informe Nº 378 -2014-MDLM-GDUE-SGPUC, la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, senala que la propuesta de la Habilitacion MORDAZA de Oficio de la mencionada MORDAZA, resulta procedente teniendo en cuenta el Informe Tecnico Nº 237-2014-JGP y el Informe Legal N° 266-2014-ARAC de la mencionada subgerencia en los que se indica que la declaracion de Habilitacion MORDAZA de Oficio, es un procedimiento excepcional que compete a las Municipalidades y en consecuencia corresponde al Despacho de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Economico emitir la Resolucion que asi lo declare. Que, el Informe N° 280- 2014-MDLM-GAJ, de la Gerencia de Asesoria Juridica concluye que corresponde a este Despacho emitir el pronunciamiento mediante la resolucion respectiva. Estando al Informe N° 378-2014-MDLM-GDUESGPUC, de la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro y el Informe Nº 280-2014-MDLM-GAJ, de la Gerencia de Asesoria Juridica al MORDAZA de la Ley 29090 y su modificatoria Ley 29898, y en uso de las facultades conferidas por los articulos 20º numeral 6 y 43 de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades. RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR la HABILITACION MORDAZA DE OFICIO de la Urbanizacion "Los Girasoles de La Molina", ubicada al final de la urbanizacion La Capilla de la MORDAZA denominada MORDAZA El Arenal inscrito en la Partida Electronica Nº 45096440 de la MORDAZA Registral IX, Sede MORDAZA, Oficina Registral MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos cuyo titular registral es el Sindicato de Trabajadores Municipales de Lima.- SITRAMUN MORDAZA ., asi como tambien del predio ubicado en el lote 19 de la Mz. B de la Urbanizacion Los Girasoles, distrito de La MORDAZA, inscrito en la Partida N° 12542833 de la MORDAZA Registral IX, Sede MORDAZA, Oficina Registral MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos cuyo titular registral es don MORDAZA MORDAZA OSPINO, de acuerdo a los planos: PU-01-2014-MDLM-GDUE, PP-01-2014-MDLM-GDUE, PTL 01-2014-MDLMGDUE y PC 01-2014-MDLM-GDUE. Articulo Segundo.- APROBAR el Cuadro General de Distribucion de Areas de la denominada Urbanizacion Los Girasoles de La MORDAZA segun el detalle siguiente: CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCION DE AREAS DE LA URBANIZACION LOS GIRASOLES DE LA MORDAZA CUADRO GENERAL DE DISTRIBUCION DE AREAS DESCRIPCION AREA BRUTA AREA UTIL AREA UTIL DE VIVIENDA AREA PARCIAL (m2) ------51,046.75 AREA TOTAL (m2) 98,840.40 57,031.22 ---% 100 57.7 ----

los predios, registralmente calificados como rusticos, que se encuentren ubicados en zonas urbanas consolidadas, con edificaciones y servicios publico. Para estos casos, las municipalidades emitiran la resolucion que declare habilitados de oficio dichos predios, y disponga la inscripcion registral de uso MORDAZA a urbano. La inscripcion individual registral sera gestionada por su propietario. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a aportes de habilitacion urbana. Que, la Declaracion de Habilitacion MORDAZA de Oficio, es un procedimiento excepcional que faculta a las Municipalidades a declarar de Oficio la Habilitacion MORDAZA de Predios, que previamente ha identificado dentro de zonas urbanas consolidadas y que se encuentren inscritos en el Registro de Propiedad Inmueble de los Registros Publicos como rusticos. Que con fecha 15 de Octubre de 2012 se aprobo la Ordenanza N° 239 ­ 2012, la cual en su Articulo 3° dispone que la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Economico sera la encargada de impulsar y evaluar los procedimientos de Habilitacion MORDAZA de Oficio establecidos en el Articulo 24°de la Ley 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, para su aprobacion mediante la Resolucion Gerencial respectiva, declarando cumplido el MORDAZA de Habilitacion MORDAZA de Oficio. Que, mediante, Informe Nº 378-MDLM-GDUE-SGPUC de fecha 24 de junio de 2014 e Informe N° 387- 2014MDLM-GDUE/SGPUC de fecha 26 de junio de 2014, la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, que contiene el Informe Nº 237-2014-JGP del 24 de junio de 2014 y el Informe Nº 266-2014-ARAC del 24 de junio de 2014, en los que se considera procedente la aprobacion de Habilitacion MORDAZA de Oficio del terreno situado en el distrito de La MORDAZA de la provincia de MORDAZA, de acuerdo a los planos: PU-01-2014-MDLM-GDUE ,PP-012014-MDLM-GDUE, PTL 01-2014-MDLM-GDUE,PC012014-MDLM-GDUE elaborados por la Subgerencia de Planeamiento MORDAZA y Catastro, por los que se indica que el predio ubicado al final de la urbanizacion La Capilla de la MORDAZA denominada MORDAZA El Arenal en el distrito de La MORDAZA registralmente se encuentra calificado como predio MORDAZA inserto dentro de una MORDAZA MORDAZA consolidada, con edificaciones de caracter residencial, trazos viales, manzaneo y lotizacion definida, acorde con los planes urbanos, no presenta superposicion de areas con predios de terceros, cuenta con servicios publicos domiciliarios de agua, desague, energia electrica y comunicaciones conectados a predios independientes, en cuanto a los servicios publicos se ha constatado que se encuentran dotadas de servicios publicos complementarios para atender las necesidades de su entorno, cumpliendo de esta manera con las caracteristicas fisicas senaladas en el articulo 24º de la Ley 29090, modificado por la Ley Nº 29898 y su Reglamento D.S Nº 008-2013- VIVIENDA, en la que establece que las municipalidades declararan la Habilitacion MORDAZA de Oficio de los predios registralmente calificados como rusticos, ubicados en zonas urbanas consolidadas que cuenten con edificaciones y servicios publicos domiciliarios. Estas habilitaciones no se encuentran sujetas a los aportes de la Habilitacion Urbana. Que, conforme al procedimiento de habilitacion MORDAZA de oficio, previsto en el articulo 24-A de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, modificada por la Ley Nº 29898, y Decreto Supremo Nº 008 ­ 2013 MVC se cumplio con identificar al titular registral del predio matriz, se efectuo la notificacion al propietario registral y posesionarios ocupantes de los predios ubicados al final de la urbanizacion La Capilla de la MORDAZA denominada MORDAZA El Arenal en el distrito de La MORDAZA y se procedio a elaborar el expediente tecnico que sustenta la declaracion de habilitacion MORDAZA de oficio. Que, el predio descrito esta considerado dentro de Area de Tratamiento Normativo III con Zonificacion Residencial de Densidad Media RDM, aprobada por Ordenanza Nº 1144 ­ 2008 ratificada por la Ordenanza N° 1661 ­ 2013 -MML, publicada el 08 de Marzo de 2013. Que, de acuerdo a los antecedentes registrales, el terreno MORDAZA ubicado al final de la urbanizacion La Capilla de la MORDAZA denominada MORDAZA El Arenal en el distrito de La MORDAZA se encuentra inscrito en la Partida Nº 45096440 de la MORDAZA Registral IX, Sede MORDAZA, Oficina Registral MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos y cuenta con una extension superficial

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