Norma Legal Oficial del día 31 de julio del año 2014 (31/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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El Peruano Jueves 31 de MORDAZA de 2014

Confirman resolucion del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, que declaro improcedente solicitud de inscripcion de formula y lista de candidatos para el Gobierno Regional de MORDAZA
RESOLUCION Nº 794 -2014-JNE Expediente Nº J-2014-00948 MORDAZA JEE MORDAZA (EXPEDIENTE Nº 0422-2014-014) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES MORDAZA, veinticuatro de MORDAZA de dos mil catorce. VISTO en audiencia publica de la fecha el recurso de apelacion interpuesto por Hispana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personera legal del partido politico Democracia Directa, en contra la Resolucion Nº 001-2014-JEE-AREQUIPA/JNE, del 14 de MORDAZA de 2014, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, que declaro improcedente la solicitud de inscripcion de la formula y lista de candidatos para el Gobierno Regional de MORDAZA presentada por la citada organizacion politica, con el objeto de participar en las elecciones regionales de 2014. ANTECEDENTES Respecto de la solicitud de inscripcion de lista de candidatos Con fecha 10 de MORDAZA de 2014, Hispana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personera legal del partido politico Democracia Directa, solicito al presidente del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA (JEE), la inscripcion de la lista de candidatos para el Gobierno Regional de MORDAZA, toda vez que no pudieron realizar dicha MORDAZA el dia 7 de MORDAZA de 2014 por razones ajenas a su voluntad (fojas 52 a 56). Alega, como fundamentos de su pretension, los siguientes hechos: a) El 7 de MORDAZA de 2014, a las 10:11 horas de la manana, a traves de la pagina web del MORDAZA Nacional de Elecciones, inicio el procedimiento de inscripcion de la formula y lista de candidatos, la cual fue aceptada por el sistema bajo el codigo de validacion Nº L0725835809, con lo que se acredita que se ha cumplido con remitir toda la documentacion exigida en la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales. b) El dia en mencion al dirigirse a las instalaciones del JEE tuvieron un percance (desperfecto mecanico de la movilidad) que les impidio alcanzar la documentacion en fisico para la inscripcion correspondiente. c) El partido politico Democracia Directa ha presentado oportunamente todos los expedientes correspondientes a las candidaturas, faltando tan solo completar la relacionada con el Gobierno Regional, lo cual demuestra que han cumplido con el deber civico de acompanar la documentacion dentro de los plazos y con los requisitos exigidos por la ley. d) Agrega que el dia 7 de MORDAZA de 2014 lograron ingresar al local del JEE a las 11:50 de la noche con los expedientes de las listas para el Concejo Provincial de Islay, estando pendiente que sus companeros les alcancen la documentacion relacionada con el Gobierno Regional de MORDAZA, sin embargo, por el hecho de fuerza mayor, estos llegaron con posterioridad; sin embargo, y pese a que la personera legal se encontraba en el interior del JEE, no se le permitio el ingreso a sus companeros. Respecto a la decision del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Mediante la Resolucion Nº 001-2014-JEEAREQUIPA/JNE, del 14 de MORDAZA de 2014 (foja 43 a 46), el JEE procedio a declarar improcedente la solicitud de inscripcion de la formula y lista de candidatos para

el Gobierno Regional de MORDAZA, presentada por Hispana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personera legal del partido politico Democracia Directa. El argumento central para declarar la improcedencia de la solicitud de inscripcion radica en el hecho de que la citada solicitud fue presentada el dia 10 de MORDAZA de 2014, esto es, tres dias despues del vencimiento del plazo para la MORDAZA de dichas solicitudes. Respecto del recurso de apelacion Con fecha 17 de MORDAZA 2014, Hispana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, personera legal del partido politico Democracia Directa, interpuso recurso de apelacion (fojas 19 a 25), en contra de la resolucion que declaro la improcedencia de la solicitud de inscripcion presentada por la citada agrupacion politica para el Gobierno Regional de MORDAZA, bajo los siguientes argumentos: a) Dentro del horario de atencion del JEE, y pese a que se encontraba en el interior de dicha oficina a efectos de formalizar en forma fisica la MORDAZA de la lista y formula de candidatos para el Gobierno Regional de MORDAZA no logro su MORDAZA por la obstaculizacion del mismo ente electoral, el cual viene actuando al margen de la ley y los reglamentos, al limitar el numero de inscripciones de nuevas organizaciones politicas y/o nuevos candidatos para favorecer a organizaciones ya inscritas. b) El 10 de MORDAZA de 2014, y dentro del plazo de tres dias establecido en el articulo 123, numeral 123.3, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, ha cumplido con formalizar la inscripcion electronica de la solicitud de inscripcion. c) El 14 de MORDAZA de 2014 fue notificada de la resolucion materia de cuestionamiento, no obstante dicha notificacion contenia vicios insalvables, por lo que solicito que se rehaga la solicitud, no obteniendo respuesta, sin embargo, hasta la fecha. d) La presidente del JEE, a traves de las declaraciones efectuadas en la agencia MORDAZA de noticias, manifesto que, de las nueve listas de postulantes al Gobierno Regional de MORDAZA evaluadas, solo dos habian sido admitidas y las otras siete declaradas inadmisibles, siendo dicha informacion falsa, en razon de que su lista fue declarada improcedente. e) El JEE ha negado la inscripcion de la lista de candidatos en manifiesta violacion del derecho a la igualdad ante la ley, siendo el caso de que en el anterior MORDAZA electoral se aceptaron dieciocho solicitudes extemporaneas de la organizacion politica Peru Posible y, en su caso, se busca construir una extemporaneidad que no existe. CUESTION EN DISCUSION La cuestion controvertida que debe resolver este Supremo Tribunal Electoral consiste en determinar si la solicitud de inscripcion de la formula y listas de candidatos para el Gobierno Regional de MORDAZA fue presentada dentro del plazo establecido en las leyes electorales. CONSIDERANDOS Cuestiones generales 1. A traves del Decreto Supremo Nº 009-2014PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 24 de enero de 2014, se convoco a elecciones regionales de presidentes, vicepresidentes y consejeros regionales de los departamentos de toda la Republica y de la provincia constitucional del Callao, asi como a elecciones municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el MORDAZA, para el MORDAZA 5 de octubre de 2014. 2. Siendo ello asi, mediante la Resolucion Nº 0812014-JNE, del 5 de febrero de 2014, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 6 de febrero de 2014, se precisaron las fechas limites que constituirian hitos legales en las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Asi, se determino lo siguiente:

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