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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (08/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 13

El Peruano Domingo 8 de junio de 2014 524867 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Autorizan viaje de representante de PROINVERSIÓN a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 072-2014 Lima, 05 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28660 se determinó la naturaleza jurídica de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN como Organismo Público adscrito al sector Economía y Finanzas, con personería jurídica, autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera, constituyendo un pliego presupuestal; Que, mediante Informe Técnico Nº 17-2014-DSI del 04 de junio de 2014, la Dirección de Servicios al Inversionista señala que PROINVERSIÓN ha recibido la invitación de CG/LA Infrastructure, organización orientada a promover los proyectos de infraestructura a nivel internacional, para participar en el 12° Foro Latinoamericano de Liderazgo en Infraestructura, a través de la ponencia de los proyectos: “Obras de Cabecera y Conducción para el Abastecimiento de Agua Potable para Lima” y “Gasoducto Sur Peruano”, a realizarse del 10 al 12 de junio de 2014, en la ciudad de Cartagena, República de Colombia; Que, el objetivo del viaje es participar en el mencionado evento, así como sostener reuniones bilaterales con empresarios colombianos a fi n de fomentar el interés de los inversionistas internacionales a participar en los proyectos del sector de saneamiento e hidrocarburos que tiene en cartera PROINVERSIÓN, dichas actividades se realizarán con la colaboración de la Embajada del Perú, en la República de Colombia; Que, PROINVERSIÓN se encontrará representada en el citado evento por el señor Yaco Paul Rosas Romero, Director (e) de Promoción de Inversiones de esta institución; Que, la participación del citado funcionario de PROINVERSIÓN en el mencionado evento, se enmarca dentro de las acciones de promoción de la inversión privada consideradas de importancia para el Perú; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, salvo aquellos que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los cuales se autorizan mediante Resolución del Titular de la Entidad, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar el viaje en mención, respecto del cual CG/LA Infrastructure, organizador del evento, será la entidad que asumirá los gastos de pasajes aéreos, así como de alojamiento en la ciudad de Cartagena, República de Colombia, durante los días 09 al 12 de junio de 2014, siendo PROINVERSIÓN la entidad que asumirá los gastos de alimentación y movilidades, en tanto dure su estancia, en la ciudad de Cartagena, República de Colombia; De conformidad con lo dispuesto en la Directiva Nº 002-2014-PROINVERSIÓN y la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cado por los Decretos Supremos Nº 005-2006-PCM y N° 056-2013- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Yaco Paul Rosas Romero, Director (e) de Promoción de Inversiones de esta institución, del 09 al 12 de junio de 2014, a la ciudad de Cartagena, República de Colombia, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, quien en el plazo de quince (15) días calendario contados a partir de su retorno al país, deberá presentar un Informe a la Dirección Ejecutiva de PROINVERSIÓN, en el cual se describirán las actividades desarrolladas en el viaje que por la presente Resolución se aprueba. Artículo 2º.- Los viáticos que irrogue la presente autorización de viaje, serán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos : US$ 555.00 Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER ILLESCAS MUCHA Director Ejecutivo PROINVERSIÓN 1093474-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE BIENES ESTATALES Aprueban venta directa de predio ubicado en el departamento de Lima a persona natural SUBDIRECCION DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCIÓN Nº 484-2014/SBN-DGPE-SDDI Lima, 2 de junio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 195-2013/SBNSDDI que contiene la solicitud del señor ELOY CHAMBI YTO, mediante el cual solicita la adjudicación en venta directa del predio de 3 690,00m², denominado “Parcela Nº 03”, ubicado a la altura del Km. 46+500 de la Carretera Panamericana Norte, distrito de Ancón, provincia y departamento de Lima, el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Nº 13155169 del Registro de Predios de Lima y anotado en el Registro SINABIP Nº 21322 (CUS Nº 79580), en adelante “el predio”; y, CONSIDERANDO: 1. Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales-SBN, en virtud de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobada por la Ley Nº 29151, publicada el 14 de diciembre de 2007 (en adelante la Ley), Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, publicado el 20 de febrero de 2007, que adscribe a la SBN al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, publicado el 15 de marzo de 2008, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 013-2012-VIVIENDA, publicado el 03 de junio de 2012 (en adelante el “Reglamento”) y el Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM, publicado el 05 de julio de 2001, que actualiza la califi cación y relación de los organismos públicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, es el Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que en su calidad