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El Peruano Domingo 8 de junio de 2014 524879 VISTOS: El Expediente Nº 2014015203, así como el Informe Interno Nº 362-2014-SMV/11.1 del 23 de mayo de 2014, de la Intendencia General de Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados; CONSIDERANDO: Que, el 28 de abril de 2014, Edegel S.A.A. solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV y a la Bolsa de Valores de Lima S.A. a través del sistema de Ventanilla Única la exclusión de los valores mobiliarios denominados “Tercer Programa de Bonos Edegel – Novena Emisión” del Registro Público del Mercado de Valores Superintendencia del Mercado de Valores – SMV y del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, por haber operado la redención total de las obligaciones derivadas de los mismos; Que, la inscripción del “Tercer Programa de Bonos Edegel – Novena Emisión” hasta por un monto máximo de S/. 30 000 000.00 (Treinta Millones y 00/100 Nuevos Soles) y el registro del respectivo Complemento del Prospecto Marco, operó de forma automática, en el marco de la inscripción automática realizada el 04 de marzo de 2008 del “Tercer Programa de Bonos Edegel” hasta por un monto máximo en circulación de US$ 100 000 000.00 (Cien Millones y 00/100 Dólares Americanos) o su equivalente en Nuevos Soles y el registro del Prospecto Marco correspondiente en el Registro Público del Mercado de Valores de conformidad con las normas del Reglamento de Oferta Pública Primaria Dirigida a Inversionistas Acreditados, aprobado por Resolución CONASEV Nº 041-2006- EF/94.10; Que, respecto de los valores señalados en el considerando precedente, se ha verifi cado la cancelación total de las obligaciones que se derivan de ellos; Que, el artículo 37, inciso b), de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo Nº 861 y sus normas modifi catorias, y el artículo 23 del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa, aprobado por Resolución SMV Nº 031-2012- SMV/01 y sus normas modifi catorias (en adelante, Reglamento), establecen que la exclusión de un valor del Registro tiene lugar por resolución fundamentada de la Superintendencia del Mercado de Valores cuando opere la extinción de los derechos sobre el valor, por amortización, rescate total u otra causa; Que, de otro lado, con respecto a la obligación de efectuar una oferta pública de compra (OPC) de conformidad con lo establecido en el artículo 38 de la Ley del Mercado de Valores y el artículo 32 del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, aprobado por Resolución CONASEV Nº 009-2006-EF/94.10 debemos señalar que los valores denominados “Tercer Programa de Bonos Edegel – Novena Emisión” a que se contrae la presente Resolución, se encuentran dentro de la causal de excepción para la realización de una OPC, contemplada en el artículo 23 del Reglamento y en el artículo 37, inciso a), del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión; Que, el artículo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órganos Decisorios de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobadas por Resolución CONASEV Nº 073-2004EF/94.10, establece que la exclusión de valores del Registro Público del Mercado de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe), y; Estando a lo dispuesto por el artículo 37, inciso b) de la Ley del Mercado de Valores, los artículos 20 y 23 del Reglamento, así como el artículo 46, numeral 6, del Reglamento de Organización y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General de Supervisión de Conductas a disponer la exclusión de valores del Registro Público del Mercado de Valores. RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la exclusión de los valores denominados “Tercer Programa de Bonos Edegel – Novena Emisión” de Edegel S.A.A. del Registro Público del Mercado de Valores a cargo de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV. Artículo 2º.- Disponer la exclusión de los valores señalados en el artículo 1º de la presente Resolución del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 3º.- La presente Resolución deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe). Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a Edegel S.A.A., en su calidad de Emisor; a BBVA Banco Continental, en su calidad de Representante de los Obligacionistas; a Continental Bolsa Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador; a la Bolsa de Valores de Lima S.A. y a CAVALI S.A. ICLV. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALIX GODOS Intendente General Intendencia General de Supervision de Conductas 1089627-1 ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan viaje de Presidente del BCRP a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO N° 048-2014 -BCRP Lima, 4 de junio de 2014 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido la invitación de Peruvian Business Council para que el Presidente del Banco Central de Reserva del Perú participe en el Annual Executive Breakfast with Investors, en calidad de expositor, y en reuniones con inversionistas internacionales que se realizarán en ese contexto, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, el 12 y 13 de junio de 2014; Esta reunión tiene por objetivo promover al Perú como un país con oportunidades de inversión a nivel internacional. En ese sentido, se efectuarán exposiciones a los inversionistas sobre los desarrollos recientes de la economía peruana, en especial en lo que respecta a la evolución del mercado fi nanciero y de capitales, y sus condiciones macroeconómicas estables. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°27619, su Reglamento el Decreto Supremo N°047-2002-PCM y modifi catorias, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 29 de mayo de 2014; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del Presidente, señor Julio Velarde Flores, el 12 y 13 de junio a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, y el pago de los gastos no cubiertos por los organizadores, a fi n de que participe en la reunión mencionada en la parte considerativa de la presente Resolución. Articulo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 4 513,84 Viáticos US$ 440,00 ------------ TOTAL US$ 4 953,84