Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2014 (08/06/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

524876
41. Por lo expuesto, corresponde desestimar los argumentos planteados por el recurrente en este extremo, debido a que su solicitud no cumple los requisitos exigidos por el articulo 108 del Codigo Procesal Civil, toda vez que, en aquellos procedimientos de reconocimiento de creditos que cuenten con un pronunciamiento firme que reconoce los creditos invocados, resulta evidente que no existe algun derecho discutido en tramite que sustente la sucesion procesal en los terminos previstos por la citada MORDAZA procesal. III.3 El procedimiento de cambio de titularidad de creditos reconocidos. 42. Habiendose verificado que en el presente caso no procede tramitar la sucesion procesal a favor de AFP Integra en los terminos previstos por el articulo 108 del Codigo Procesal Civil, corresponde evaluar los efectos de la fusion por absorcion aprobada Resolucion S.B.S. Nº 4747-2013 para determinar si corresponde que la autoridad administrativa realice el analisis del cambio de la titularidad de los creditos reconocidos a favor de AFP Horizonte, conforme al tramite previsto especificamente para tal efecto por el articulo 141 de la LGSC y el MORDAZA del Indecopi. 43. El Texto Unico de los Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA, es el documento unificado de cada entidad de Administracion Publica que contiene toda la informacion (requisitos, derechos de tramitacion, periodo de calificacion de la solicitud, plazo para resolver tal solicitud, entre otras) relativa a la tramitacion de los procedimientos administrativos que se realicen ante las distintas dependencias de dicha entidad. 44. El MORDAZA exige una serie de requisitos sustantivos y formales para la tramitacion de estos procedimientos por parte de la autoridad administrativa. En el caso bajo analisis, el MORDAZA del Indecopi regula el procedimiento de cambio de titularidad (procedimiento numero seis), disponiendo que la primera instancia verifique los siguientes requisitos sustantivos: (i) que el titular original de creditos reconocidos sea reemplazado por un MORDAZA titular, pudiendo ser un tercero ajeno al procedimiento concursal u otro acreedor reconocido; y, (ii) que el solicitante que alega ser el MORDAZA titular del credito acredite dicha condicion, con la MORDAZA u ofrecimiento de la documentacion que permita verificar el acto a traves del cual adquirio la titularidad del credito previamente reconocido por la Comision. 45. Sobre la exigencia del reemplazo del titular original mencionado en el numeral (i) del numeral precedente, este Colegiado debe precisar que la fusion por absorcion implica que una o mas sociedades se extinguen para transferir, en bloque y a titulo universal, sus patrimonios a otra sociedad ya existente que subsiste como persona juridica25. Dicha transferencia patrimonial tiene como contrapartida la entrega de acciones propias a los accionistas de la sociedad transmitente. En esa misma linea, la LGS establece que la absorcion de una o mas sociedades por otra sociedad existente origina la extincion de la personalidad juridica de la sociedad o sociedades absorbidas, asi la sociedad absorbente asume, a titulo universal, y en bloque, los patrimonios de las empresas absorbidas26. 46. Es pertinente precisar que el hecho que el patrimonio de la sociedad absorbida forme parte de la sociedad absorbente, no significa en modo alguno que aquella siga manteniendo su personeria juridica "dentro" de la sociedad absorbente, toda vez que, como consecuencia de la fusion se produce la extincion (sin liquidacion) de, por lo menos, una de las sociedades participantes en este MORDAZA de reorganizacion societaria27. Efectivamente, la fusion busca una integracion de los patrimonios de las sociedades intervinientes, produciendose de ese modo una confusion tanto de activos como pasivos de MORDAZA personas juridicas, pero siempre conservando la sociedad absorbente su personeria juridica, en tanto que la personeria juridica de la sociedad absorbida se extingue. 47. Partiendo de la premisa de que la nocion de "titular" alude a una situacion juridica subjetiva que es detentada

El Peruano MORDAZA 8 de junio de 2014

por una persona natural o juridica que, como centro de imputacion de derechos, deberes y obligaciones, es plenamente diferenciable del patrimonio sobre el cual ejerce la titularidad que se le atribuye; este Colegiado concluye que en el caso venido en grado se cumple el primer requisito sustantivo requerido para tramitar un procedimiento de cambio de titularidad de creditos reconocidos: este es que la persona que alega ostentar la titularidad del credito sea distinta a aquella a quien se le reconocio el derecho de credito. 48. Esto en la medida que, como se ha explicado en los parrafos precedentes, AFP Integra es una persona juridica de derecho privado preexistente a la operacion de fusion y escision aprobada por Resolucion S.B.S. Nº 4747-2013 y, por consiguiente, claramente distinguible de la personeria juridica que en su oportunidad ostento AFP Horizonte, la cual precisamente se extinguio al realizarse la operacion MORDAZA senalada, con independencia del alcance y magnitud que, como consecuencia del efecto de "sucesion a titulo universal", implica la transmision del bloque patrimonial de la sociedad absorbida a la absorbente. 49. Respecto del MORDAZA requisito, referido a la acreditacion por parte del solicitante de su condicion de MORDAZA titular con la MORDAZA u ofrecimiento de la documentacion que sustente el acto a traves del cual adquirio la titularidad del credito previamente reconocido por la Comision referido en el literal (ii) del numeral 44 de la presente resolucion, tambien se torna necesario verificar la titularidad de los creditos reconocidos a favor de AFP Horizonte de conformidad con los terminos de la Resolucion S.B.S. Nº 4747-2013. 50. La razon es que, considerando la especial naturaleza de las funciones de las entidades administradoras privadas de pensiones segun la normativa que rige su accionar en el MORDAZA, resulta necesario que la primera instancia realice, dentro de un procedimiento de cambio de titularidad de creditos reconocidos, un analisis de los alcances y caracteristicas de la titularidad que AFP Integra habria adquirido en merito a la operacion aprobada por la Resolucion S.B.S. Nº 4747-2013, por ser este pronunciamiento el acto que acreditaria su pedido y cuya evaluacion involucra el servicio individualizado de la autoridad administrativa en el administrado que, a su vez, justifica el pago de una tasa por el derecho de tramitacion de dicho pedido en los terminos del MORDAZA del Indecopi, en cada uno de los procedimientos concursales en los que MORDAZA intervenido AFP Horizonte. 51. Finalmente, respecto de la supuesta contradiccion existente entre el pronunciamiento venido en apelacion y otros que sobre el MORDAZA en cuestion habrian expedido tanto la Comision como la Sala (conformada ademas por otros Vocales distintos a quienes integran actualmente la Sala Especializada en Procedimientos Concursales) en

25

26

27

Al respecto, vease: MORDAZA VILLAMIZAR, Francisco. Transformacion, Fusion y Escision de Sociedades. Editorial MORDAZA S.A. MORDAZA Fe de Bogota, 2000, p. 94 y 95. LEY Nº 26887, LEY GENERAL DE SOCIEDADES. Articulo 344.- Concepto y formas de fusion Por la fusion dos a mas sociedades se reunen para formar una sola cumpliendo los requisitos prescritos por esta ley. Puede adoptar alguna de las siguientes formas: 1. La fusion de dos o mas sociedades para constituir una nueva sociedad incorporante origina la extincion de la personalidad juridica de las sociedades incorporadas y la transmision en bloque, y a titulo universal de sus patrimonios a la nueva sociedad; o, 2. La absorcion de una o mas sociedades por otra sociedad existente origina la extincion de la personalidad juridica de la sociedad o sociedades absorbidas. La sociedad absorbente asume, a titulo universal, y en bloque, los patrimonios de las absorbidas. (subrayado agregado) En ambos casos los socios o accionistas de las sociedades que se extinguen por la fusion reciben acciones o participaciones como accionistas o socios de la nueva sociedad o de la sociedad absorbente, en su caso. En ese sentido, MORDAZA MORDAZA Gazzo, senala que "(...) la sociedad anonima absorbente deberia siempre aumentar su capital en el monto de los capitales de las sociedades anonimas absorbidas que se extinguen, como consecuencia del acuerdo de fusion y con independencia del efecto patrimonial- positivo o negativoque la incorporacion del patrimonio de las sociedades extinguidas ocasione en dicha sociedad absorbente". MORDAZA GAZZO, MORDAZA Luis. "Reorganizacion de sociedades: fusion y escision". En: Ius et Veritas. Ano VIII Nº 14, pp. 27 ­ 30.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.