TEXTO PAGINA: 50
El Peruano Martes 17 de junio de 2014 525500 i) Hoja de “tareo” de la obra antes señalada, correspondiente al mes de abril del año 2012 (fojas 165), donde en el ítem 9 fi gura Gilbert Mamani Merma, quien ingresó a laborar el 17 de abril de 2012, como peón y con una cantidad de trece días laborados. ii) Planilla de racionamiento Nº 25, correspondiente al mes de abril del año 2012 (fojas 166 a 168), donde en el ítem 9 fi gura Gilbert Mamani Merma, con una cantidad de trece días laborados y con una remuneración neta de S/. 390,00 (trecientos noventa y 00/100 nuevos soles). iii) Hoja de “tareo” de la obra antes señalada, correspondiente al mes de mayo del año 2012 (fojas 161), donde en el ítem 14 fi gura Pablo Mamani Ccoto, quien ingresó a laborar el 16 de abril de 2012, como peón y con una cantidad de treinta y un días laborados. iv) Planilla de racionamiento Nº 30, correspondiente al mes de mayo del año 2012 (fojas 162 a 164), donde en el ítem 14 fi gura Pablo Mamani Ccoto, con una cantidad de treinta y un días laborados y con una remuneración neta de S/. 930,00 (novecientos treinta y 00/100 nuevos soles). v) Hoja de “tareo” de la obra antes señalada, correspondiente al mes de junio del año 2012 (fojas 169), donde entre los ítems 4 y 5 fi gura Rolando Mamani Merma, quien ingresó a laborar el 1 de junio de 2012, como o fi cial y con una cantidad de veintinueve días laborados, y en el ítem 15 fi gura Pablo Mamani Ccoto, quien ingresó a laborar el 16 de abril de 2012, como peón y con una cantidad de treinta días laborados. vi) Planilla de racionamiento Nº 47, correspondiente al mes de junio del año 2012 (fojas 170 a 172), donde en el ítem 5 fi gura Rolando Mamani Merma, con una cantidad de veintinueve días laborados y con una remuneración neta de S/. 1 015,00 (mil quince y 00/100 nuevos soles), y en el ítem 15 fi gura Pablo Mamani Ccoto, con una cantidad de treinta días laborados y con una remuneración neta de S/. 900,00 (novecientos y 00/100 nuevos soles). vii) Hoja de “tareo” de la obra antes señalada, correspondiente al mes de julio del año 2012 (fojas 173), donde en el ítem 5 fi gura Rolando Mamani Merma, quien ingresó a laborar el 1 de junio de 2012, como o fi cial y con una cantidad de veinticuatro días laborados, en el ítem 8 fi gura Efraín Mamani Merma, quien ingresó a laborar el 1 de julio de 2012, como peón y con una cantidad de veinticuatro días laborados, y en el ítem 15 fi gura Pablo Mamani Ccoto, quien ingresó a laborar el 16 de abril de 2012, como peón y con una cantidad de dieciséis días laborados. viii) Planilla de racionamiento Nº 66, correspondiente al mes de julio del año 2012 (fojas 174 a 177), donde en el ítem 5 fi gura Rolando Mamani Merma, con una cantidad de veinticuatro días laborados y con una remuneración neta de S/. 840,00 (ochocientos cuarenta y 00/100 nuevos soles), en el ítem 8 fi gura Efraín Mamani Merma, con una cantidad de veinticuatro días laborados y con una remuneración neta de S/. 720,00 (setecientos veinte y 00/100 nuevos soles), y en el ítem 15 fi gura Pablo Mamani Ccoto, con una cantidad de dieciséis días laborados y con una remuneración neta de S/. 480,00 (cuatrocientos ochenta y 00/100 nuevos soles). b) Informe Nº 064-2013-AIA-SG-MPC-C, de fecha 31 de diciembre de 2013 (fojas 242), emitido por Atduar Inca Arosquipa, secretario general de la Municipalidad Provincial de Canas, quien indica que Pablo Mamani Ccoto, Gilbert Mamani Merma, Rolando Mamani Merma y Efraín Mamani Merma fueron contratados directamente por la subgerencia de obras e infraestructura de dicha comuna, como personal de obra. c) Informe legal Nº 001/2014-AJE/MPC, de fecha 9 de enero de 2014 (fojas 255 a 281), emitido por el asesor jurídico externo, quien indica que entre la Municipalidad Provincial de Canas y los trabajadores Pablo Mamani Ccoto, Gilbert Mamani Merma, Rolando Mamani Merma y Efraín Mamani Merma ha existido un contrato verbal. 14. En tal sentido, el segundo requisito para la confi guración del acto de nepotismo es que el familiar haya sido contratado, nombrado o designado para desempeñar una labor o función en el ámbito municipal. En el caso bajo análisis, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones considera que se encuentra acreditada la contratación de Pablo Mamani Ccoto, Gilbert Mamani Merma, Rolando Mamani Merma y Efraín Mamani Merma, padre y hermanos del regidor cuestionado, respectivamente, por parte de la Municipalidad Provincial de Canas, conforme al siguiente cuadro: NºDocumento que acredite la contrataciónTrabajadorPeriodo que laboróTotal de días laborados en el mes 1Hoja de “tareo” correspondiente al mes de abril del año 2012Gilbert Mamani Merma17/04/2012 al 30/04/201213 2Hoja de “tareo” correspondiente al mes de mayo del año 2012Pablo Mamani Ccoto01/05/2012 al 31/05/201231 3Hoja de “tareo” correspondiente al mes de junio del año 2012Rolando Mamani Merma01/06/2012 al 30/06/201229 4Hoja de “tareo” correspondiente al mes de junio del año 2012Pablo Mamani Ccoto01/06/2012 al 30/06/201230 5Hoja de “tareo” correspondiente al mes de julio del año 2012Rolando Mamani Merma01/07/2012 al 24/07/201224 6Hoja de “tareo” correspondiente al mes de julio del año 2012Efraín Mamani Merma01/07/2012 al 24/07/201224 7Hoja de “tareo” correspondiente al mes de julio del año 2012Pablo Mamani Ccoto01/07/2012 al 16/07/201216 15. En ese sentido, se entiende cumplido el segundo de los requisitos para la con fi guración del nepotismo a nivel de gobiernos locales. Injerencia por parte del regidor Hugo Mamani Merma para la contratación de sus parientes Pablo Mamani Ccoto, Gilbert Mamani Merma, Rolando Mamani Merma y Efraín Mamani Merma como trabajadores o la omisión de acciones de oposición 16. Este Supremo Tribunal Electoral estima que es posible declarar la vacancia por la causal de nepotismo si se comprueba que los regidores han tenido injerencia en la contratación de sus parientes. Así, dicha injerencia se daría en caso de verificar cualquiera de los dos siguientes supuestos: i) por realizar acciones concretas que evidencien una influencia sobre el alcalde o los funcionarios con facultades de contratación, nombramiento o designación, y ii) por omitir acciones de oposición pese al conocimiento que tengan sobre la contratación de su pariente, contraviniendo su deber genérico de fiscalización de la gestión municipal, establecida en el artículo 10, numeral 4, de la LOM. 17. Ahora bien, en autos obran los siguientes documentos: a) El Informe Nº 015-2013-GM-/MPC-Y, de fecha 31 de diciembre de 2013 (fojas 231), del cual se advierte que el cuestionado regidor Hugo Mamani Merma ha presentado cartas de oposición conforme se detalla en el siguiente cuadro: NºDocumento que acredite acciones de oposiciónFecha de presen- taciónTrabajadorPeriodo que laboróTotal de días laborados 1Carta de oposición04/04/2012Gilbert Mamani Merma17/04/2012 al 30/04/201213