Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2014 (09/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 28

El Peruano Domingo 9 de marzo de 2014 518538 artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Reincorporar al señor Moisés Melitón Pantoja Rodulfo en el cargo de Vocal Supremo Titular (hoy Juez Titular de la Corte Suprema de Justicia de la República), reincorporación que debe entenderse hasta el 10 de marzo de 2003, fecha en la cual cumplió 75 años de edad, sin que ello signifi que reconocimiento de derecho alguno más allá de los convenios y contenidos del Acuerdo de Solución Amistosa aprobado mediante Informe Nº 20/07 por la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos; comunicándose a la Gerencia General del Poder Judicial, para las acciones respectivas. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial y al peticionante, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 1059011-6 Prorrogan funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios de las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Callao y Junín RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 070-2014-CE-PJ Lima, 5 de marzo de 2014 VISTOS: El Ofi cio Nº 127-2014-GO-CNDP-CE-PJ e Informe Nº 017-2014-GO-CNDP-CE/PJ, remitidos por la Gerencia Operacional de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, respecto a la propuesta de prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa Nº 029-2008-CE-PJ, de fecha 30 de enero de 2008 y sus modifi catorias, se establece que la fi nalidad de la Comisión Nacional de Descarga Procesal es conducir el seguimiento y monitoreo de la descarga procesal en los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; así como, proponer al Órgano de Gobierno del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como fi nalidad monitorear el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fi n de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comisión Nacional de Descarga Procesal, para cuyos fi nes se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales materia de evaluación. Segundo. Que, asimismo, por Resolución Administrativa Nº 245-2012-CE-PJ, del 5 de diciembre de 2012, se aprobaron los estándares de expedientes resueltos a nivel nacional en sedes principales de Cortes Superiores de Justicia; también por Resolución Administrativa Nº 062-2013-CE-PJ, del 3 de abril de 2013, se aprobaron los estándares de producción de expedientes resueltos de órganos jurisdiccionales que no son sedes principales de Cortes Superiores de Justicia, aplicándose dichos criterios a los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios que no son parte de la reforma del Nuevo Código Procesal Penal y la Nueva Ley Procesal del Trabajo. De igual modo, se dispuso a las Cortes Superiores de Justicia del país que los destaques, reubicaciones o encargo de funciones jurisdiccionales a labores administrativas no están permitidos, salvo petición sustentada dirigida a la Comisión Nacional de Descarga Procesal, que se encargará de aprobar o desestimar el pedido. Tercero. Que, mediante Resoluciones Administrativas Nº 241-2013-CE-PJ y Nº 334-2013-CE-PJ, de fechas 23 de octubre y 27 de diciembre del año 2013, respectivamente, se prorrogó el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales de descarga procesal hasta el 28 de febrero del año en curso; se dispuso, además, que las Comisiones Distritales de Descarga Procesal cumplan con monitorear el funcionamiento de la producción de los órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal, así como emitir informe de la labor realizada por los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios. Cuarto. Que la Comisión Nacional de Descarga Procesal ha consolidado las solicitudes presentadas por las Cortes Superiores de Justicia del país que cuentan con dependencias judiciales transitorias cuyo plazo de funcionamiento se encuentra vigente hasta el 28 de febrero del presente año, por lo que de la evaluación en base a la información estadística registrada y disponible en los sistemas informáticos del Poder Judicial; así como en base a los datos del inventario nacional 2013, se advierte que por el número de ingresos de expedientes nuevos, carga procesal y producción jurisdiccional de los órganos jurisdiccionales de los Distritos Judiciales de Callao, Ica, Junín y Lima, la propuesta de prórroga resulta atendible. Quinto. Que, por otro lado, de conformidad con la normatividad procesal vigente (según el proceso al que corresponda) y atendiendo a la carga procesal, resulta oportuno precisar que los procesos judiciales tramitados en los diversos órganos jurisdiccionales del país, cuyas vistas de causa se hayan llevado a cabo hasta el 31 de enero del año en curso, deberán contar con resolución defi nitiva y debidamente notifi cadas hasta el 30 de abril de 2014, en cuanto le sean aplicables; disposición que será supervisada por las respectivas Ofi cinas Desconcentradas de Control de la Magistratura. Sexto. Que el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de este Poder del Estado determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 127- 2014 de la quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Mendoza Ramírez, De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Meneses Gonzales, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios, a partir del 1 de marzo de 2014: Hasta el 31 de mayo de 2014 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE JUNÍN • Juzgado Civil Transitorio - La Merced, Chanchamayo CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA • 2º Juzgado de Paz Letrado Transitorio - San Juan de Lurigancho Hasta el 31 de julio de 2014 CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO • 5º Juzgado Penal Transitorio - Reos Cárcel - Callao. Artículo Segundo.- Facultar a los Presidentes de las Comisiones Distritales de Descarga Procesal que cuentan con órganos jurisdiccionales a cargo de la Comisión Nacional de Descarga Procesal, con avance de meta al mes de diciembre del año próximo pasado menor al 91%, de conformidad con el Anexo A que forma parte integrante de la presente resolución, a realizar las siguientes actividades: