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El Peruano Jueves 13 de marzo de 2014 518802 municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, la administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modi¿ can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati¿ cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su validez y vigencia. Asimismo el artículo 9º numeral 8) de la precitada norma, señala que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modi¿ car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos”; Que, la Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenando de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; señala: “Las Municipalidades que brinden el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no más del 0.4% de la UIT vigente al 01 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorización sustituye la obligación de presentación de declaraciones juradas.”; Que, con Informe Nº 104-2014-SGAOT-GR/MVES, la Sub Gerencia de Administración y Orientación Tributaria, remite Proyecto de Ordenanza que Establece los montos por Derecho del Servicio de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2014 y su Distribución, así como el Informe Técnico correspondiente; señalando que el citado proyecto ha sido elaborado de acuerdo a los lineamientos técnicos y legales establecidos mediante la Ordenanza Nº 1533-MML, que aprueba los lineamientos y procedimientos para la Rati¿ cación de Ordenanzas Tributarias en la jurisdicción de Lima Metropolitana;. Que, con Informe Nº 060-2014-OAJ/MVES, la O¿ cina de Asesoría Jurídica opina por la procedencia del proyecto de Ordenanza que ¿ ja montos por Derecho de Servicio de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2014 y su Distribución, recomendando se eleve el mismo ante el Concejo Municipal, para que conforme a lo establecido en el artículo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, se proceda a su aprobación; En tal sentido, la Municipalidad de Villa El Salvador, al amparo de las disposiciones antes expuestas y considerando la necesidad de brindar un servicio a la comunidad, establece el servicio de la emisión mecanizada, actualización de valores, determinación de impuestos y arbitrios municipales y los correspondientes recibos de pago, así como su distribución a domicilio del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio ¿ scal 2014; Estando a lo expuesto, contando con el Informe Nº 060-2014-OAJ/MVES de la O¿ cina de Asesoría Jurídica, y el Dictamen Nº 002-2014-CRyF/MVES de la Comisión de Rentas y Fiscalización, y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9º numerales 38º), 39º) y 40º) de la Ley Nº 27972 Orgánica de Municipalidades, luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, el Pleno de Concejo Municipal aprobó por MAYORÍA, la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA DE COSTOS Y ESTIMACIÓN DE INGRESOS DEL SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DEL VALÚO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2014 Artículo Primero.- FÍJESE en S/. 2.00 (Dos y 00/100 Nuevos Soles), la tasa por el servicio de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución a domicilio de la Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales correspondientes al ejercicio ¿ scal 2014. Artículo Segundo.- ESTABLÉZCASE que los contribuyentes deberán abonar adicionalmente S/. 0.80 (Ochenta Céntimos de Nuevo Sol) por cada predio adicional que posean para el Autoavalúo del Predio Urbano (PU) o Predio Rústico (PR), así como para la Liquidación de los Arbitrios Municipales (LAM). Artículo Tercero.- APRUÉBESE los cuadros de la estructura de costos y la estimación de Ingresos que, como Anexo 1 y 2 forman parte de la presente Ordenanza, que establece el monto del servicio de emisión mecanizada, actualización de valores, determinación de tributos y distribución de recibos de pagos a domicilio correspondientes al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio 2014. Artículo Cuarto.- ESTABLÉZCASE la fecha de vencimiento de pago por el derecho de emisión mecanizada de actualización del valúo predial del 2014 y de arbitrios municipales del 2014, el 31 de marzo del 2014, que será abonado conjuntamente con el pago al contado del Impuesto Predial o de su primera cuota fraccionada. Artículo Quinto.- DERÓGUESE la Ordenanza Nº 288-MVES aprobada en Sesión de Concejo de fecha 29 de Noviembre de 2013; y DÉJESE sin efecto toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza a partir de su publicación en el Diario O¿ cial El Peruano. Artículo Sexto.- DISPÓNGASE que la presente Ordenanza y el acuerdo rati¿ catorio se publiquen en la página web del Servicio de Administración Tributaria de Lima www.sat.gob.pe y en la página web de la Municipalidad de Villa El Salvador www.munives.gob.pe para conocimiento de los interesados. Artículo Sétimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de la publicación en el Diario O¿ cial El Peruano y del Acuerdo de Concejo que emita la Municipalidad Metropolitana de Lima sobre la rati¿ cación de la presente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA Alcalde ANEXO N° 1 ESTRUCTURA DE COSTOS POR EL SERVICIO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE VALORES, DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES Y SU DISTRIBUCIÓN PARA EL AÑO 2014 Concepto Cantidad Unidad de Medida Costo Unitario (S/.) % de Dedicación Tiempo en Meses Costo de Emisión (S/.) COSTOS DIRECTOS 148,687.30 COSTO DE MANO DE OBRA – MODALIDAD CAS 108,787.30 Analista Tributario 5 Personas 2,498.55 100.00% 2 24,985.50 Analista Programador 3 Personas 2,498.55 100.00% 2 14,991.30 Técnico Tributario 5 Personas 1,998.55 100.00% 2 19,985.50 Noti¿ cador 25 Personas 976.5 100.00% 2 48,825.00 OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES – SERVICIO DE TERCEROS 39,900.00 Diseño, Compaginado, Impresión, Embolsado de Cuponeras y Cargos de Noti¿ cación 1 Servicio 39,900.00 100.00% 0.25 39,900.00