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El Peruano Jueves 13 de marzo de 2014 518786 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29682 se autorizó el nombramiento de los médicos cirujanos a nivel nacional – en forma progresiva, por concurso de méritos y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal-, que se encuentran prestando servicios en la condición de contratados por el Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las direcciones regionales de salud de los gobiernos regionales, bajo cualquier modalidad, preferentemente en zonas de pobreza y de extrema pobreza, durante dos años continuos o cuatro años no consecutivos como mínimo; Que, el Decreto Supremo Nº 004-2013-SA “Establecen lineamientos para el proceso de nombramiento del año 2013 en el marco de la Leye Nº 29682, en las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales“, en el que se estableció que las Unidades Ejecutoras de Salud deberán proponer la modi¿ cación de su Cuadro de Asignación de Personal-CAP, en caso no cuente con los cargos previstos necesarios para ejecutar el nombramiento del personal señalado en el numeral 4 para lo cual, dichas Unidades Ejecutoras deberán solicitar a sus pliegos respectivos la aprobación de las modi¿ caciones correspondientes. Se establece también que las o¿ cinas de planeamiento y presupuesto o las que hagan sus veces en las Unidades Ejecutoras deberán elaborar la propuesta de modi¿ cación del CAP, conforme a los criterios técnicos del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, por el cual se “Aprueban Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal –CAP de las Entidades de la Administración Pública”; Que, tomando como principal base legal al Decreto Supremo Nº 004-2013-SA, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín dictó la Ordenanza Regional Nº 010-2013-GRSM/CR1 de fecha 16 de abril del año 2013, mediante la cual aprobó la modi¿ cación del Cuadro para Asignación de Personal –CAP de las Redes de Salud de San Martín y sus unidades orgánicas desconcentradas: Micro redes de Salud; Que, el Gobierno Nacional con fecha 14 de diciembre del año 2013, ha publicado la Ley Nº 30126, mediante la cual autoriza al Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales, a culminar el proceso de nombramiento de los profesionales médicos cirujanos dispuesto en la Ley 29682, Ley que autoriza el nombramiento de los médicos cirujanos contratados por el Ministerio de Salud, sus organismos públicos y direcciones regionales de salud de los gobiernos regionales y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo 019-2011-SA, hasta el 31 de enero de 2014; Que, como requisito para dicho nombramiento se ha establecido que las plazas a ocupar se encuentren aprobadas en el cuadro de asignación de personal (CAP), y posteriormente registradas en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público a cargo de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, y que cuenten con la respectiva certi¿ cación del crédito presupuestario; Que, a través del Informe Nº 004 y 005-2014-OPE- DIRES/SM, la Directora de Planeamiento Estratégico de la Dirección Regional de Salud del Gobierno Regional de San Martín, sobre la base de la Ley Nº 30126 propone la modi¿ cación del cuadro de asignación de personal (CAP) de las Unidades Ejecutoras 400 Salud San Martín, 401 Salud Alto Mayo y 402 Salud Huallaga Central, por cuatro (04), dos (02) y uno (01) cargos respectivamente; haciendo un total de siete (07) cargos. Dicha propuesta cuenta con opinión legal favorable por parte de la O¿ cina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional de San Martín, a través de los Informes Legales Nºs 55 y 58- 2014-GRSM/ORAL; conforme a los siguientes cuadros: LEY QUE AUTORIZA A CULMINAR EL NOMBRAMIENTO DE LOS MÉDICOS CIRUJANOS NOMBRAMIENTO MEDICO LEY Nº 30126 Nº ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CODIGO CLASIFI- CACION TOTAL SITUACION DEL CARGO OCUPADO PREVISTA Red Salud San Martín *214 Médico 459-08-0-5 SP-ES 1 1 Nº ORDEN CARGO ESTRUCTURAL CODIGO CLASIFI- CACION TOTAL SITUACION DEL CARGO OCUPADO PREVISTA *299 Médico 459-09-0-5 SP-ES 1 1 *420 Médico 459-11-0-5 SP-ES 1 1 Red de Salud Picota *025 Medico 459-07-0-5 SP-ES 1 1 TOTAL 04 LEY QUE AUTORIZA A CULMINAR EL NOMBRAMIENTO DE LOS MÉDICOS CIRUJANOS NOMBRAMIENTO MEDICO, LEY Nº 30126 UNIDAD EJECU- TORA Nº ORDEN CARGO ESTRUC- TURAL CODIGO CLASIFI- CACION TO- TAL SITUACION DEL CARGO OCUPADO PREVISTO U.E.401 1465 Médico 459-08-0-5 SP-ES 1 1 1476 Médico 459-09-0-5 SP-ES 1 1 U. E. 402 483 Médico 459-11-0-5 SP-ES 1 1 TOTAL 03 Que, la Asesoría Legal Externa del Consejo Regional a través del Informe Legal Nº 002 – 2014-SCR-GRSM/ ALE de fecha 24 de enero de 2014, opina que VIA ORDENANZA REGIONAL se apruebe la modi¿ cación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Unidades Ejecutoras 400 Salud San Martín, 401 Salud Alto Mayo y 402 Salud Huallaga Central, por cuatro (04), dos (02) y uno (01) cargos respectivamente; Que, la modi¿ cación de los Cuadros para Asignación de Personal – CAP han sido elaborados de conformidad con los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, cuya ¿ nalidad de cambiar la situación de los cargos que ¿ guran como “previstos” a cargos “ocupados”, debido al nombramiento de personal dispuesto por el Decreto Supremo Nº 004-2013-SA, para las Redes de Salud de San Martín y sus unidades orgánicas desconcentradas: Micro redes de Salud; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, por unanimidad, aprueba lo siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- APROBAR la modi¿ cación del Cuadro para Asignación de Personal –CAP de la Unidad Ejecutora 400 Salud San Martin, por un total de 04 cargos clasi¿ cados. Artículo Segundo.- APROBAR la modi¿ cación del Cuadro para Asignación de Personal –CAP de la Unidad Ejecutora 401 Salud Alto Mayo, por un total de 02 cargos clasi¿ cados. Artículo Tercero.- APROBAR la modi¿ cación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Unidad Ejecutora 402 Salud Huallaga Central, por un total de 01 cargos clasi¿ cados. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de San Martín, dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto: ENCARGAR a la Dirección de Desarrollo de Recursos Humanos de la DIRES-SM el registro de la nómina de los profesionales médicos de la salud en el “Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de Recursos Humanos del Sector Público”. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional de San Martín, noti¿ car la presente Ordenanza Regional a las Unidades Ejecutoras correspondientes para su conocimiento y ¿ nes pertinentes.