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El Peruano Jueves 13 de marzo de 2014 518787 Artículo Septimo.- ENCARGAR que la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San Martín realice los tramites respectivos para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulación de la Región San Martín y en el Diario O¿ cial El Peruano previa promulgación del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Octavo.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del Trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de San Martín para su promulgación. CYNTHIA IVONE HIDALGO VILLANUEVA Presidenta del Consejo Regional de San Martín Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San Martín a los veintiocho días del mes de enero del año dos mil catorce. POR TANTO: Mando se publique y se cumpla. JAVIER OCAMPO RUIZ Presidente Regional 1 Modi¿ cada por la Ordenanza Regional Nº 013-2013-GRSM/CR de fecha 19 de agosto de 2013. 1059853-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican la Ordenanza Nº 294-MVES de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador ACUERDO DE CONCEJO Nº 403 Lima, 25 de febrero de 2014 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de febrero del 2014, el O¿ cio Nº 001-090-00007343 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria - SAT, adjuntando el expediente de rati¿ cación de la Ordenanza Nº 294-MVES de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, que ¿ ja el monto por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2014. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati¿ cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada el 27 de junio de 2011, la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobó la Ordenanza materia de la rati¿ cación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria con sus informes y documentos sustentatorios con carácter de Declaración Jurada y, la citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones emitió el Informe Técnico Legal Nº 264-181-00000139 opinando que procede la rati¿ cación solicitada por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015 publicada el 30 de junio de 2011, debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario O¿ cial El Peruano y en los portales institucionales; Que, los ingresos que la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador prevé percibir, producto de la emisión mecanizada del impuesto predial y de arbitrios municipales, cubren el 98.13% de los costos incurridos. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria - SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en el Dictamen Nº 48-2014- MML/CMAEO. ACORDÓ: Artículo Primero.- Rati¿ car la Ordenanza Nº 294- MVES de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, que ¿ ja el monto por derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente al ejercicio 2014, dado que cumple con las disposiciones técnicas y legales establecidas en el marco legal para su aprobación y vigencia. Artículo Segundo.- La vigencia del presente Acuerdo rati¿ catorio se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación; así como del texto íntegro de la Ordenanza Nº 294-MVES y sus anexos que contienen los cuadros de estructura de costos y de estimación de ingresos. La aplicación de la Ordenanza materia de la rati¿ cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria - SAT, a través de su página web www sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización y el Informe del Servicio de Administración Tributaria. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HERNÁN NÚÑEZ GONZALES Encargado de Alcaldía 1059939-1 MUNICIPALIDAD DE ATE Convocan al proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados del Año Fiscal 2015 en el distrito y aprueban cronograma DECRETO DE ALCALDÍA N° 005 Ate, 3 de marzo de 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO; el Informe Nº 0047-2014-MDA/GP de la Gerencia de Plani¿ cación, y el Proveído N° 716-2014- MDA/A del Despacho de Alcaldía; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el primer párrafo del artículo 53º de la Ley N° 27972, señala que: “Las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de