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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE MARZO DEL AÑO 2014 (13/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 85

El Peruano Jueves 13 de marzo de 2014 518791 la presente Ordenanza, para su conocimiento y ¿ nes de Ley competentes. CAPÍTULO VI DISPOSICIONES TRANSITORIAS, COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde Distrital de Carabayllo, para aprobar mediante disposiciones municipales de su competencia los Instrumentos Técnicos, procedimientos administrativos y demás normas competentes para el buen funcionamiento de los Inspectores Ambientales del Distrito de Carabayllo. Segunda.- Incorpórese en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) el procedimiento de acreditación de los Inspectores Vecinales Ambientales, quedando modi¿ cados los artículos pertinentes de la citada Norma. Tercera.- Deróguense y modifíquense, en su caso, todas las normas municipales que se opongan a la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. RAFAEL MARCELO ÁLVAREZ ESPINOZA Alcalde 1059840-1 MUNICIPALIDAD DE EL AGUSTINO Prorrogan la fecha de vencimiento de la primera cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2014 y beneficio tributario de descuento por pronto pago ORDENANZA Nº 557-MDEA El Agustino, 6 de Marzo del 2014 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE EL AGUSTINO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE EL AGUSTINO VISTO: En sesión ordinaria de la fecha, el proyecto de Ordenanza que Prorroga la Fecha de Vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2014 y Bene¿ cio Tributario de Descuento por Pronto Pago en El Distrito de El Agustino. Informe Nº 016-2014-GEMU-MDEA del Gerente Municipal, Informe Nº 016-2014-GRENT-GEMU/ MDEA del Gerente Rentas, Informe Nº 332-2014-SGRFT- GRENT /MDEA del Sub Gerente de Recaudación y Fiscalización Tributaria e Informe Nº 090-2014-GAJU- MDEA del Gerente de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía Política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con funciones normativas en la creación, modi¿ cación y supresión de sus contribuciones, arbitrios, tasas, licencias y derechos administrativos, de conformidad con los artículos 191º y 192º, numerales 2) y 3) de la Constitución Política del Perú, concordante con las normas III y IV del Título Preliminar y el artículo 41º del Texto Único Ordenando del Código Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF; Que, el artículo 11º de la Ordenanza Nº 554-MDEA, publicada en el diario o¿ cial El Peruano el 12 de Enero del presente año, establece el cronograma de pagos de los tributos municipales en el distrito de El Agustino, el mismo que vincula el bene¿ cio de un descuento del 10% de los arbitrios municipales respecto al pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2014 a los contribuyentes cuyos predios se encuentren destinado a Casa Habitación, con Auto avalúo que no supere las 180 UIT y que cancelen al contado el total de sus tributos al 28 de febrero; Que, la municipalidad promueve el desarrollo y bienestar de la comunidad otorgando mayores facilidades de pago al contribuyente, acorde a su capacidad de pago, promoviendo el desarrollo económico y social en el distrito de El Agustino; otorga bene¿ cios a los contribuyentes cuyos predios se encuentren destinados al Uso Comercio; y, aquellos de Uso Servicios Generales con un área menor o igual a 50 m2, siendo que su siendo que su desarrollo económico genera impacto en su entorno social; Que, la recaudación obtenida respecto a la emisión generada por concepto del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales reÀ eja que existen un considerable número de contribuyentes del distrito de El Agustino, que aún no han cumplido con cancelar sus tributos correspondiente al Ejercicio Fiscal 2014, razón por la cual es necesario brindarles mayores facilidades, a efecto que éstos cumplan con la cancelación de sus tributos, para lo cual resulta necesario prorrogar tanto la fecha de vencimiento para el pago de la primera cuota, correspondiente al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y consecuentemente el descuento del 10% de los arbitrios municipales del año 2014; Estando a la parte considerativa antes expuesta, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 8 y 9 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal con el voto MAYORITARIO de los Regidores aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA LA FECHA DE VENCIMIENTO DE LA PRIMERA CUOTA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO FISCAL 2014 Y BENEFICIO TRIBUTARIO DE DESCUENTO POR PRONTO PAGO Artículo Primero.- PRORROGAR, a partir de la fecha, el vencimiento para el pago de la primera cuota, correspondiente al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2014, ¿ jado en el artículo 11º de la Ordenanza Nº 554-MDEA, hasta el 31 de marzo de 2014, así como, en ese rango, la fecha límite para la cancelación al contado del total de los Tributos del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, otorgándose un descuento del 10% de los arbitrios municipales del año 2014 por el pago al contado del Impuesto Predial y Arbitrios del año 2014. Artículo Segundo.- MODIFICAR el artículo 12º de la Ordenanza Nº 554-MDEA, debiendo quedar redactado de la siguiente manera: “Respecto al pago del Impuesto Predial y Arbitrios municipales del Ejercicio Fiscal 2014, los contribuyentes que cancelen al contado el total de sus tributos hasta la fecha de vencimiento de la primera cuota de los referidos tributos gozaran de un descuento del 10% de los Arbitrios Municipales del año 2014”. Artículo Tercero.- CONDONAR el 35% del monto Insoluto de la emisión de los Arbitrios Municipales del Ejercicio Fiscal 2014 correspondiente a los predios de Uso Comercio y Uso Servicios Generales con un área menor o igual a 50 m2 (Cincuenta metros cuadrados). Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Gerente de Rentas, Gerente de Cobranza Coactiva, Gerente de Administración y Finanzas, la Unidad de Racionalización, Estadística e Informática y Programación e Inversiones; Unidad de Imagen, Prensa, Relaciones Públicas y Protocolo el ¿ el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGUESE al Secretario General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O¿ cial El Peruano y al Gerente de Defensoría y Participación Vecinal la publicación de la Ordenanza en la página Web de la Municipalidad de El Agustino (www.munielagustino.gob. pe) y su correspondiente difusión masiva Por tanto: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VICTOR MODESTO SALCEDO RÍOS Alcalde 1060840-1