Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2014 (13/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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su jurisdiccion. El presupuesto participativo forma parte del sistema de plani cacion"; Que, la Ley Nº 28056 ­ Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, y su modi catoria Ley Nº 29298, establece Disposiciones y Lineamientos que permiten asegurar la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de programacion participativa del presupuesto, el mismo que se tiene que desarrollar en MORDAZA con los planes de desarrollo concertado de los gobiernos regionales y locales; Que, mediante Ordenanza Nº 272-MDA de fecha 18 de MORDAZA del 2011, publicada en el Diario O cial "El Peruano" el dia 28 de MORDAZA del 2011, se regula el MORDAZA de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Ate, el cual contiene los mecanismos de identi cacion y acreditacion de los agentes participantes, las responsabilidades de los mismos, las fases para el desarrollo de las acciones del MORDAZA del presupuesto participativo, asimismo en el numeral 13.4) del articulo 13º senala que la metodologia y programacion del presupuesto participativo se aprobara mediante Decreto de Alcaldia; Que, es necesario convocar a la poblacion debidamente organizada y no organizada, a las organizaciones publicas y privadas que ejecutan acciones en el Distrito de Ate, a la cooperacion tecnica, a las autoridades, entre otros para el MORDAZA del presupuesto participativo 2015; Que, igualmente es necesario que el distrito para el presente MORDAZA del presupuesto participativo, sea segmentado para una mejor distribucion de los recursos publicos, y para una mejor coordinacion y concertacion con la poblacion; Que, el MORDAZA participativo se llevara a cabo a partir de la identi cacion de los principales problemas del distrito, que se precisan en el presente Decreto, los cuales serviran de base para la propuesta y priorizacion de acciones orientadas a dar soluciones integrales a dichos problemas; Que, mediante Informe Nº 0047-2014-MDA/GP, la Gerencia de Plani cacion senala como resultado de la reunion de los miembros del Equipo Tecnico del Presupuesto Participativo, se ha procedido a elaborar el proyecto de Cronograma y Propuesta Metodologica que regula el MORDAZA de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el ano scal 2015 en el Distrito de Ate, a n de que sea aprobado mediante Decreto de Alcaldia, conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 272-MDA; Que, mediante Proveido N° 716-2014-MDA/A, el Despacho de Alcaldia indica proyectar el Decreto de Alcaldia correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6) del articulo 20° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; DECRETA: Articulo 1°.- CONVOCAR; a la poblacion debidamente organizada y no organizada, a las organizaciones publicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil, entre otros, al MORDAZA del Presupuesto Participativo basado en resultados del Ano Fiscal 2015 en el Distrito de Ate. Articulo 2°.- APROBAR; el Cronograma y Propuesta Metodologica que regula el MORDAZA del Presupuesto Participativo basado en resultados del Ano Fiscal 2015 en el Distrito de Ate, conforme a lo detallado en el Anexo Nº 1, el mismo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo 3°.- DESARROLLAR; el MORDAZA del Presupuesto Participativo basado en resultados del Ano Fiscal 2015 en el Distrito de Ate. Articulo 4°.- DISPONER; se publique el presente Decreto de Alcaldia en el Diario O cial "El Peruano"; y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www. muniate.gob.pe), el integro del Anexo MORDAZA mencionado. Articulo 5°.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia Municipal, Gerencia de Plani cacion, Gerencia de Desarrollo Social, Equipo Tecnico del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, y demas areas pertinentes de la Corporacion Municipal. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 1060592-1

El Peruano Jueves 13 de marzo de 2014

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Aprueban la creacion de los Inspectores Ambientales Vecinales en el ambito del distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 296/MDC Carabayllo, 3 de Febrero del 2014 EL MORDAZA CARABAYLLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Dictamen Nº 001-2014-CAJFyCI/MDC-CSSYS/ MDC de la Comision Permanente de Asuntos Juridicos, Fiscalizacion y Cooperacion Internacional y la Comision de Saneamiento, Salubridad y Salud en su Sesion Ordinaria de fecha 22 de Enero del 2014, la misma que se pronuncia sobre el Proyecto de Ordenanza que Aprueba la creacion de los Inspectores Ambientales Vecinales en el distrito de Carabayllo, y; CONSIDERANDO: Que, la proteccion del medio ambiente y los recursos naturales esta amparado por la Constitucion Politica de la Republica del Peru y que; de conformidad el Art. 2º , con los numerales 1, 2 y 6 del Articulo 195º , los Articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, modi cada mediante Ley Nº 27680, que aprueba la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Son componentes para aprobar su organizacion interna y su presupuesto, aprobar el Plan de Desarrollo Local Concertado con la sociedad civil, plani car el desarrollo MORDAZA de sus circunscripciones; Que, estando a lo dispuesto por el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, y los numerales 1, 2, 3, 5, 6, 7, 8 y 32 del articulo 9º numeral 7), Art. 20 numeral 13), en el Art. 40º de la nueva Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, enmarca en un regimen juridico a las Municipales otorgandoles importantes facultades en materia ambiental, lo cual dispone que las Municipalidades Provinciales y Distritales mediante Ordenanza, en materia de su competencia, disponen de normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa Municipal, por medio de las cuales se aprueba la creacion del Sistema Local de Gestion Ambiental (SLGA); Que mediante Ordenanza Municipal Nº 222 A/MDC de fecha 30 de junio del 2010, Articulo 151º del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Carabayllo, la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, tiene como funcion: Disenar el Plan Integral y Estrategico de Limpieza Publica, Parques, Jardines y Gestion del Medio Ambiente; creando mecanismos de participacion de la poblacion organizada; Que, el objetivo principal es respetar y hacer respetar la normativa vigente Nacional, Regional y Municipal en materia ambiental e informar de la inspeccion que realicen sobre la e ciencia o de ciencia de los servicios prestados por la Municipalidad o terceros en materia Ambiental, asi como canalizar e informar las denuncias ambientales que formulen los vecinos sobre las infracciones ambientales ocasionadas por las personas naturales o juridicas, asi como sugerir las recomendaciones o medidas preventivas MORDAZA de la realizacion de un posible dano ambiental, promover y participar en programas de prevencion educacion y concientizacion ambiental, que permita aplicar estimulos, sanciones y multas, cuando corresponda; DE LA MUNICIPALIDAD DE

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