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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2014 (15/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 51

El Peruano Sábado 15 de marzo de 2014 518941 de gobierno, normativa, académica, administrativa y económica, prevista en el artículo 18º de la Constitución Política del Estado, la Ley Universitaria Nº 23733, y el Estatuto Universitario; Que, con Resolución Nº 871-COG-P-UNICA-2012 del 4 de Setiembre del 2012 se nombra al Dr. Alejandro Gabriel ENCINAS FERNÁNDEZ, Docente Principal a D.E., como Rector de la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica, para el periodo 2012 – 2017, comprendido desde el 05 de Setiembre de 2012 hasta el 04 de Setiembre de 2017; Que, el inciso h) del artículo 4º del Estatuto Universitario establece que la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica se rige por el principio de identifi car el quehacer científi co, tecnológico y cultural de la Universidad con los intereses del progreso y la democracia del pueblo peruano; Que, el artículo 153º inciso n) del Estatuto Universitario establece como atribución del Consejo Universitario autorizar las licencias “De las autoridades que viajan por comisión de servicio, dentro y fuera del país, Cuando la solicitan en el ejercicio al cargo de gobierno por un período no mayor de seis (6) meses; Que, el artículo 371º del Título XII De las Relaciones Interinstitucionales del Estatuto Universitario, determina que la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica se relaciona con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, cuyas actividades sean compatibles con los obtenidos institucionales; Que, la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951, establece, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos; Que, dentro de los principios y fi nes de la Universidad se hace necesaria la apertura de relaciones interinstitucionales, con Universidades de América del Sur, siendo Brasil uno de los Países que es factible de suscribir convenios; Que, mediante Resolución Rectoral Nº 1001-R-UNICA- 2013 del 5 de Julio del 2012, se aprueba la suscripción del CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN CULTURAL, CIENTÍFICA Y PEDAGÓGICA ENTRE LA UNIVERSIDAD CRUZEIRO DO SUL (Sede UNICID -BRASIL) Y LA UNIVERSIDAD NACIONAL “SAN LUIS GONZAGA” DE ICA, documento que en anexo forma parte de la presente Resolución, el mismo que abona (45) folios; Que, es de imperiosa necesidad para las siguientes Facultades: Medicina Veterinaria y Zootecnia, Ingeniería Química y petroquímica, Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Ambiental y Sanitaria, Ciencias de la Educación y Humanidades, Directores Generales: Ofi cina General de Infraestructura, Ofi cina de Tecnología Informática y Comunicaciones y Director de la Escuela de Posgrado; el suscribir Convenios Específi cos que permitan realizar Especializaciones y Cursos para: Docentes y Comunidad en general y otras formas que permitan el desarrollo académico sostenido de las Facultades y coadyuvando a la anhelada acreditación de la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica, como política Universitaria de la Alta Dirección, razón por la cual, el Señor Rector de nuestra Universidad informa y pone en consideración al Honorable Consejo Universitario la invitación suscrita por la Universidad Cruzeiro Do Sul a los Decanos de las Facultades citadas, Directores Generales y Director de la Escuela de Posgrado; siendo aprobado la propuesta por Unanimidad; Estando al acuerdo del Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria del 7 de Marzo del 2014; En uso de las atribuciones conferidas al Señor Rector de la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica, por la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria y Estatuto Universitario; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje a la Universidad Cruzeiro Do Sul (Sede UNICID) – Brasil, en el período comprendido entre el 19 al 23 de Marzo del 2014, a la siguiente delegación académica, con la fi nalidad de fi rmar convenios específi cos: - Dra. María Emilia Dávalos Almeyda Decana de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia - Dra. Rosa Luz Galindo Pasache Decana de la Facultad de Ingeniería Química y Petroquímica - Dr. Luis Alberto Massa Palacios Decano de la Facultad de Ingeniería Ambiental y Sanitaria - Dr. Manuel Rene Bernaola Ramos Decano de la Facultad de Ciencias de la Educación y Humanidades - Mg. Edgar Leonardo Peña Casas Decano de la Facultad de Ingeniería de Sistemas - Ing. Juan Felix Olaechea Huarcaya Director de la Ofi cina General de Infraestructura - Mg. Felipe Estuardo Yarasca Arcos Director de la Ofi cina de Tecnológica Informática y Comunicaciones - Dr. Williams Eberth Rios Zegarra Director de la Escuela de Posgrado Artículo 2º.- AUTORIZAR a la Ofi cina General de Presupuesto y Planifi cación, Ofi cina General de Administración y a las dependencias administrativas otorgar a la delegación nombrada del artículo 1º el otorgamiento del viático de acuerdo a Ley; correspondiéndole: DECANOS y DIRECTOR DE POSGRADO Viáticos: 5 días (US$ 220.00 por día) US$ 1,100.00 FUNCIONARIOS Viáticos: 5 días (US$ 180.00 por día) US$ 900.00 Artículo 3º.- DETERMINAR que dentro de los (15) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, las autoridades antes citadas deberán presentar ante el Concejo Universitario de la Universidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje. Artículo 4º- DETERMINAR que la presente norma no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase de denominación a favor de los funcionarios cuyos viajes se autorizan. Artículo 5º- ENCARGAR a la Secretaria General y a la Ofi cina General de Administración de la Universidad Nacional “San Luis Gonzaga” de Ica, la publicación en el Diario Ofi cial “EL PERUANO” de conformidad a las normas vigentes. Artículo 6º- COMUNICAR de la presente Resolución Rectoral a los interesados y a las dependencias de la Universidad, para su conocimiento y cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEJANDRO GABRIEL ENCINAS FERNÁNDEZ Rector 1061659-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran nulo Acuerdo de Concejo y todo lo actuado hasta la interposición de solicitud de vacancia de regidor del Concejo Distrital de Pachacámac, provincia y departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 1096-2013-JNE Expediente N.º J-2013-01293 PACHACÁMAC - LIMA RECURSO DE APELACIÓN Lima, doce de diciembre de dos mil trece