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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2014 (15/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 47

El Peruano Sábado 15 de marzo de 2014 518937 VISTO; El proceso disciplinario N° 046-2012-CNM, seguido contra el doctor Félix Leoncio Solano Sáenz, por su actuación como Juez Supernumerario del Quinto Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja de la Corte Superior de Justicia de Lima y, el pedido de destitución formulado por el señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia; y, CONSIDERANDO: Antecedentes: 1. Que, por Resolución N° 742-2012-PCNM, el Consejo Nacional de la Magistratura abrió proceso disciplinario al doctor Félix Leoncio Solano Sáenz, por su actuación como Juez Supernumerario del Quinto Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja de la Corte Superior de Justicia de Lima; Cargo del proceso disciplinario: 2. Que, se imputa al doctor Félix Leoncio Solano Sáenz el hecho de haber asesorado a la Cooperativa de Vivienda Lomas de Toyo Seco y a Rita M. López Caycho, no obstante ejercer el cargo de Juez Supernumerario del Quinto Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja de la Corte Superior de Justicia de Lima, hecho tipifi cado como falta muy grave de conformidad con el artículo 48 inciso 2 de la Ley N° 29277, Ley de la Carrera Judicial; Análisis del cargo imputado: 3. Que, para los fi nes del presente proceso disciplinario se ha valorado el expediente generado en la investigación efectuada por la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, que sustenta el pedido de destitución formulado por el Presidente de la Corte Suprema de Justicia; asimismo, el escrito con el descargo del juez procesado, que corre a fojas 673 y 674; su declaración registrada en el disco compacto de fojas 691; y la información cursada por el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y el Jefe de la Unidad Documentaria de la Ofi cina de Control de la Magistratura, que precisa que no se encuentra en trámite algún recurso relacionado; 4. Que, la imputación en materia parte de los elementos indiciarios recabados por los integrantes de la Unidad de Investigación y Anti Corrupción de la Ofi cina de Control de la Magistratura en la visita judicial extraordinaria que realizaron al Quinto Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, en ese entonces a cargo del juez procesado, el día 07 de abril de 2010, cuya acta corre de fojas 04 a 13; 5. Que, en lo relacionado al cargo, la citada acta consigna que sobre el escritorio que le habían asignado al juez procesado se encontró su agenda personal, inserta a fojas 18, fotocopiada de fojas 20 a 25, y dentro del cajón del lado izquierdo se ubicaron dos tarjetas de presentación -una del juez procesado y la otra de un asesor de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima- , anexas a fojas 28, unos formularios de solicitud de servicios correspondientes a la Municipalidad Distrital de Mirafl ores a nombre de José Federico Noriega Gonzáles -relacionados al trámite de un anteproyecto en consulta-, de fojas 30 a 33, y la impresión de un mensaje enviado vía correo electrónico donde unas terceras personas tratan sobre el referido trámite, de fojas 34; 6. Que, también se hallaron cinco recibos de honorarios profesionales emitidos por el juez procesado -con el RUC N° 15253083520- a la Cooperativa de Vivienda Lomas de Toyo Seco en fechas 03, 15 y 28 de febrero, y 01 y 15 de marzo de 2010, por las sumas de S/.300.00, S/.400.00, S/.400.00, S/.300.00 y S/.400.00, y otro recibo en blanco con el número correlativo 000092, obrantes de fojas 38 a 41, de los cuales, el recibo N° 000091 señala el concepto de “asesoría jurídica”; asimismo, se encontró un sobre manila de color amarillo que en uno de sus lados tenía la inscripción: “Sácale Copia a todo estos documentos y lo guardas”, y en el otro lado: “Rita López English I - Quiz N° 04 - Jueves 65 copias”, de fojas 45, conteniendo los siguientes documentos: - Dos escritos originales con sumilla “SOLICITUD DE CONCILIACIÓN”, dirigidos al “SEÑOR DIRECTOR DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN” por la persona de Rita M. López Caycho, identifi cada con el documento nacional de identidad N° 09258671, fi rmados por la citada señora y su abogado Víctor M. Enriquez Chigne, con el registro CAL N° 29257, fechados en 15 de marzo de 2010, de fojas 46 a 49; - Fotocopia de un contrato de arrendamiento de local comercial, celebrado entre los señores Agustín López Vidal y Raúl Alfonso Rubio Flores, que anexa las copias fotostáticas de los documentos de identidad de los contratantes, de fojas 50 a 53; - Recibos originales de pago de alquiler de un local comercial en la avenida Caminos del Inca N° 2304, por los meses de diciembre de 2009, enero, febrero y marzo de 2010, fi rmados por Rita López Caycho, de fojas 54 a 57; - Original de la Carta Notarial dirigida a Raúl Alfonso Rubio Flores por Rita M. López Caycho, fi rmada por esta última y la abogada Fridda Pellanne Peralta, cuyo diligenciamiento certifi ca el Notario Público Ricardo José Barba Castro, de fojas 58; así como una copia simple del documento nacional de identidad de la ciudadana Rita Mónica López Caycho, de fojas 59; - Copia literal de la fi cha registral del inmueble con número de partida 44675196, de fojas 60; - Copia literal de la inscripción de mandato y poder - partida N° 12406158, de fojas 61 a 63; 7. Que, asimismo, se halló un folder manila con la anotación: “DEMANDAS - MODELO - 2009”, de fojas 64, conteniendo los siguientes escritos: - Escrito de demanda con sumilla: “CONSIGNACIÓN JUDICIAL”, dirigido al Juez del Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja, que señala como demandante a Guillermo Durante Zúñiga y suscribe el abogado Gustavo Gonzáles Yañez, con el registro CAL N° 15573, de fojas 66 a 68; - Escrito de demanda con sumilla: “PAGO DE BENEFICIOS SOCIALES”, dirigido al Juez de Paz Letrado de Turno del Distrito de Santiago de Surco, que señala como demandante a Francisco Justo Calderón Arqque y como demandado a la Empresa Sistemas Integrales de Seguridad SINSE S.A., y suscriben el accionante y el abogado Jesús Manuel López Salazar, con el registro CAC N° 4840, de fojas 69 a 73; - Escrito de demanda y anexos, con sumilla: “Demanda de obligación de dar suma de dinero”, dirigido al Juez de Paz Letrado de Surco y San Borja, que señala como demandante a Diners Club Perú y como demandado a Julio Francisco Pérez Echevarría, y suscriben el representante de la accionante y los abogados Marisol Flores Sacín, Elizabeth Pacheco Reyes y Alfonso Vargas G, con los registros CAL N° 23642, 43439 y 43996, respectivamente, de fojas 74 a 92; - Escrito de demanda con sumilla: “PROCESO UNICO DE EJECUCIÓN”, dirigido al Juez de Paz Letrado de Surco y San Borja, que señala como demandante a Banco Falabella del Perú S.A. Perú y como demandado a Luis Enrique Barcelli Costa, y suscribe el representante de la accionante, de fojas 93 a 95; - Escrito de demanda con sumilla: “Demanda de obligación de dar”, dirigido al Juez de Paz Letrado de Surco y San Borja, que señala como demandante al Banco Continental y como demandado a Carlos Eduardo Canales Corcuera, y suscriben el representante de la accionante y el abogado Luis Torres Calderón V., identifi cado con el registro CAL N° 8571, de fojas 96 a 99; 8. Que, en el momento de la citada visita judicial extraordinaria se requirió al administrador del Juzgado de Paz Letrado de Surco y San Borja que informara si algunas de las personas que fi guraban en los documentos hallados en el escritorio del juez procesado estaban registrados como parte de algún proceso judicial, obteniéndose así los reportes de los expedientes de dicho juzgado, de fojas 100 a 104, que consignan lo siguiente: - El señor Guillermo Durante Zúñiga fi guraba como demandante en los procesos judiciales signados con los expedientes números 05005-2008, 01157-2009 y 01550-2009, siendo el estado del primero de “archivado defi nitivamente” y de los demás “en trámite”; - El señor Francisco Justo Calderón Arqque fi guraba como demandante en el proceso judicial signado con el expediente N° 00261-2009, siendo su estado “en trámite”;