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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE MAYO DEL AÑO 2014 (01/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 63

El Peruano Jueves 1 de mayo de 2014 522057 Artículo 3º.- Esta Resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 1077885-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban expedición de duplicado del diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 493 Lima, 8 de abril de 2014 Visto el expediente STDUNI: 2014-22283 presentado por el señor ANTONIO RAMOS CAPILLO, quien solicita duplicado de su diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Petroquímica; CONSIDERANDO: Que, el señor Antonio Ramos Capillo, identifi cado con DNI Nº 06534004, egresado de la Facultad de Ingeniería de Petróleo, actualmente Facultad de Ingeniería de Petróleo, Gas Natural y Petroquímica de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Petroquímica; por pérdida del mencionado documento, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008; Que, la Ofi cina de Trámite Documentario, Grados y Títulos de la Secretaría General de la Universidad, mediante informe de fecha 18.03.2014 precisa que el diploma del señor Antonio Ramos Capillo, se encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 02, página 115, con el número 4967; teniéndose en cuenta la documentación que acompaña según el Ofi cio Nº 203-2014/1er. VR, de fecha 24 de marzo del 2014, del Primer Vicerrector, Geól. José S. Martínez Talledo y la recomendación de la Comisión Académica y de Investigación en su sesión Nº11-2014 realizada el 24.03.2014; y Que, el Consejo Universitario en su sesión extraordinaria Nº 10 del 02 de abril del 2014 acordó aceptar lo solicitado y se expida el duplicado del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Petroquímica al señor Antonio Ramos Capillo; De conformidad con las facultades conferidas en el inciso c), artículo número 50º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Petroquímica, al señor ANTONIO RAMOS CAPILLO, otorgado el 05 de enero de 1979, anulándose el diploma otorgado anteriormente. Regístrese, comuníquese y archívese. AURELIO M. PADILLA RÍOS Rector 1077720-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Autorizan viaje de asesor y servidor del JNE a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN Nº 075 -2014-P/JNE Lima, 28 de abril de 2014 CONSIDERANDO: Que, en la Feria Internacional del Libro de Bogotá, el Jurado Nacional de Elecciones, presentará sus publicaciones: “Mapa Político y Electoral del Perú”, “80 años de elecciones presidenciales en el Perú-1931- 2012”, y el estudio “La caricatura política como fuente documental”. Que, es de interés para nuestra Institución que sus servidores participen en programas de trabajo, capacitación y/o reuniones internacionales de importancia estratégica que forman parte del quehacer institucional, tal como es el caso de la Feria Internacional del Libro de Bogotá; por lo que, es necesario autorizar excepcionalmente, el viaje del Dr. José Luis Echevarría Escribens, Asesor de la Presidencia y del señor Ricardo Romero Meza, servidor de la Dirección Central de Gestión Institucional, para que participen en dicho evento, que se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá - Colombia. Que, el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, referido a la prohibición de los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispone: “(…) En el caso de los organismos constitucionalmente autónomos, la excepción es autorizada por resolución del titular de la entidad (…)”. Que, el artículo 1º de la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, deben ser autorizados por la más alta autoridad de la respectiva Entidad y, en el caso del Jurado Nacional de Elecciones, según el artículo 22º de su Ley Orgánica, Ley Nº 26486, el Presidente del Pleno es quién lo representa en todos sus actos y ejecuta su presupuesto, estando de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 13º y 14º de su Reglamento de Organización y Funciones, modifi cado por Resolución Nº 0738-2011-JNE; que señalan que también es su máxima autoridad administrativa, representante ofi cial y Titular del Pliego. Que, el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, por el que se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje (…)”. Que, con la Certifi cación Nº 00917-2014-DGPID/ JNE, de fecha 25 de abril de 2014, la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo, otorga la certifi cación de existencia de crédito presupuestario del pliego 031 Jurado Nacional de Elecciones, aprobado para el Ejercicio Fiscal 2014, para el otorgamiento de pasajes y viáticos al personal del JNE, a fi n de asistir a la Feria Internacional del Libro de Bogotá; por el importe total de S/. 18,777.38 (Dieciocho Mil Setecientos Setenta y Siete con 38/100 Nuevos Soles). De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, el Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones, modifi cado por Resolución Nº 0738-2011-JNE; y, En uso de las facultades de que está investida esta Presidencia; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del Dr. José Luis Echevarría