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El Peruano Martes 20 de mayo de 2014 523569 VIVIENDA Aprueban Plan de Desarrollo de las Personas - PDP Anualizado 2014 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 158-2014-VIVIENDA Lima, 16 de mayo de 2014VISTO; el Informe N° 019-2014-VIVIENDA/OGA, el Informe N° 093-2014-VIVIENDA/OGA-UP, el Memorándum N° 955-2014/VIVIENDA-OGPP, el Informe N° 023-2014-VIVIENDA-OGPP-UPRR y el Acta de fecha 31 de enero de 2014, del Comité de Desarrollo de las Personas - PDP; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1025, se establecieron las reglas para la capacitación y evaluación del personal al servicio del Estado, correspondiendo a la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, plani fi car, desarrollar, gestionar y evaluar la política de capacitación para el sector público; Que, el artículo 3 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1025 aprobado por Decreto Supremo Nº 009- 2010-PCM, dispone que la plani fi cación del desarrollo de las personas al servicio del Estado, se implementa a partir de la elaboración y posterior presentación que las entidades públicas hacen a SERVIR de su Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado – PDP; el mismo que contiene los objetivos generales de desarrollo de las personas vinculados a los instrumentos de gestión con que cuenta la entidad, precisando las estrategias de su implementación; Que, dicho dispositivo establece que el Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado, tiene vigencia de cinco años, y cada año las entidades deben presentar a SERVIR, su Plan de Desarrollo de las Personas PDP - Anualizado; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 041-2011-SERVIR/PE de fecha 21 de marzo de 2011, se aprobó la Directiva N° 001-2011-SERVIR/GDCR “Directiva para la elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado”; Que, con Resolución Ministerial Nº 202-2011- VIVIENDA de fecha 28 de septiembre del 2011, se aprobó el Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado PDP - Quinquenal 2012-2016 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el numeral V de la Directiva para la elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado, antes indicada, establece que el PDP, es un plan de gestión que busca mejorar las acciones de capacitación y evaluación de conformidad a los lineamientos emitidos por SERVIR; asimismo, señala que el citado plan tendrá vigencia por cinco años y será implementado a través de planes de desarrollo de las personas anualizados; Que, el numeral VI de la mencionada Directiva, dispone que la elaboración del Plan, tanto quinquenal como anualizado, está a cargo de un Comité, que es ofi cializado por el Titular de la Entidad; correspondiendo a dicho Comité visar los indicados planes; precisando que los PDP Quinquenal y Anualizado son validados por el Comité antes indicado, aprobados por el titular de la entidad y puestos en conocimiento de SERVIR Que, la etapa de presentación del PDP Anualizado, debe contar con la aprobación presupuestal y la aprobación por parte de la entidad, para luego ser presentado a SERVIR para conocimiento, y remitido al correo electrónico “pdp@servir.gob.pe”; Que, mediante Memorándum N° 955-2014/ VIVIENDA-OGPP, de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, y el Informe N° 023-2014-VIVIENDA-OGPP-UPPR, de la Unidad de Plani fi cación, Programación y Racionalización, se emite opinión favorable y se indica que la Unidad de Plani fi cación, Programación y Racionalización, coordinó con la Unidad de Presupuesto, en el ámbito de su competencia, precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente;Que, con Informe N° 019-2014-VIVIENDA/OGA, la Directora General de Administración, solicita la aprobación del Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado de 2014, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, ese sentido, resulta necesario aprobar el Plan de Desarrollo de las Personas Anualizado – PDP 2014, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, De conformidad, con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA; el Decreto Legislativo N° 1025, que aprueba normas de capacitación y rendimiento para el sector público y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2010-PCM; y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 041-2011-SERVIR/PE, que aprobó la Directiva N° 001-2011-SERVIR/GDCR “Directiva para la elaboración del Plan de Desarrollo de las Personas al Servicio del Estado”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan de Desarrollo de las Personas – PDP Anualizado 2014, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de acuerdo a los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina General de Administración a través de la Unidad de Personal de las Unidades Ejecutoras, implementen las actividades de Capacitación comprendidas en el Plan de Desarrollo de las Personas – PDP Anualizado 2014. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución y el Plan de Desarrollo de las personas al Servicio del Estado – PDP Anualizado 2014, en el portal institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento “www.vivienda.gob.pe”. Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Personal de la Ofi cina General de Administración haga de conocimiento de la Autoridad Nacional del Servicio Civil a través del correo electrónico pdp@servir.gob.pe, la presente resolución y el Plan de Desarrollo de las personas PDP Anualizado 2014 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1084802-1 Modifican el Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de Barrios - PMIB, aprobado mediante R.M. Nº 022-2013-VIVIENDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 159-2014-VIVIENDA Lima, 16 de mayo de 2014VISTOS, El Informe N° 59-2014-VIVIENDA/VMVU- PMIB y el Memorándum N° 965-2014-VIVIENDA/VMVU-PMIB, de la Dirección Ejecutiva del Programa Mejoramiento Integral de Barrios - PMIB; el Memorándum N° 1192-2014-VIVIENDA-OGPP de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto; y el Informe N° 029-2014- VIVIENDA-OGPP-UPP de la Unidad de Plani fi cación, Programación y Racionalización de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se establece que este Ministerio tiene por fi nalidad, normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; que es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de