Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 2014 (20/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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competencia; y que tiene como competencia exclusiva, dictar normas y lineamientos tecnicos para la adecuada ejecucion y supervision de las politicas nacionales y sectoriales asi como la gestion de los recursos del Sector; Que, por Decreto Supremo N° 004-2012-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 001-2013VIVIENDA, se crea el Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA en el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, bajo el ambito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, con el proposito de contribuir a mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion MORDAZA residente en MORDAZA urbano-marginales, mediante la actuacion coordinada y concurrente del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, las Municipalidades y la Comunidad Barrial; Que, el numeral 3.2 del articulo 3 del Decreto Supremo N° 004-2012-VIVIENDA dispone, que por excepcion, aprobada en MORDAZA expresa, se podran realizar intervenciones especiales de manera directa en MORDAZA urbano-marginales, segun requisitos y condiciones que se establezcan en el Manual de Operaciones; Que, con Resolucion Ministerial N° 022-2013VIVIENDA, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA - PMIB, modificado por la Resolucion Ministerial N° 149-2013VIVIENDA, el cual preve en el articulo 7 que, por excepcion aprobada en MORDAZA expresa se podran realizar intervenciones especiales de manera directa en MORDAZA urbano-marginales, ubicados en territorios afectados por fenomenos naturales o motivaciones sociales o caracterizados por altos niveles de pobreza; Que, mediante el Informe N° 59-2014-VIVIENDA/ VMVU-PMIB y el Memorandum N° 965-2014VIVIENDA/VMVU-PMIB, el Director Ejecutivo (e) del Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA, propone la modificacion del numeral 39.7 del articulo 39 del Manual de Operaciones del PMIB, con la finalidad de establecer una excepcion que habilite a financiar montos mayores a los considerados en el MORDAZA parrafo del numeral 39.3 del citado articulo, para el financiamiento de las intervenciones especiales hasta el 100% del costo de las intervenciones de mejoramiento MORDAZA, en tanto no comprendan el acompanamiento social e institucional; exceptuandose ademas del tope de hasta el 20% del uso de los recursos asignados al PMIB, senalado en el parrafo primero del numeral 39.7; lo que permitira implementar o mejorar la infraestructura y equipamiento basico de los MORDAZA urbano-marginales; asi como extender el acceso a servicios de infraestructura, mejorando de manera significativa y sostenible el desarrollo social que contribuye a cerrar las brechas de desigualdad, generando condiciones de crecimiento economico y de prosperidad social; Que, asimismo, el PMIB en los citados documentos propone el financiamiento de ciento treinta y cuatro (134) proyectos de inversion publica ubicados en MORDAZA Urbanos Marginales - BUM, en los cuales se han podido identificar niveles de pobreza significativos con MORDAZA de marginalidad altos, respecto a la disponibilidad de bienes y servicios esenciales, y de doce (12) proyectos de inversion publica en el MORDAZA de la excepcion referida a estar ubicados en zonas afectadas por motivaciones sociales, derivadas de la necesidad de dotar o complementar de manera integral los servicios de infraestructura y equipamiento en MORDAZA urbanomarginales, estimulando los procesos de organizacion social y de desarrollo comunitario que aseguren la participacion, empoderamiento y emprendimiento de la comunidad; Que, por el Memorandum N° 1192-2014-VIVIENDAOGPP, la Directora General (e) de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto - OGPP senala que, a traves del Informe N° 029-2014-VIVIENDA-OGPP-UPP, que hace MORDAZA, la Unidad de Planificacion, Programacion y Racionalizacion de la OGPP, establece respecto de la propuesta del PMIB, que existiendo disponibilidad presupuestal para financiar los proyectos y que los mismos constituyen intervenciones especiales segun el Manual de Operaciones del PMIB, asi como que estas intervenciones estan alineadas al proposito del referido Programa, y que para poder ser implementados se requiere aprobar la MORDAZA que por excepcion autorice la modificacion del Manual de Operaciones del PMIB correspondiente, considera pertinente modificar el

El Peruano Martes 20 de MORDAZA de 2014

numeral 39.7 del articulo 39 de dicho Manual para regular una excepcion orientada al financiamiento de mayores montos a los previstos en el numeral 39.3 a fin de financiar las intervenciones especiales hasta el 100% del costo, solamente de las intervenciones de mejoramiento MORDAZA, y exceptuarse del tope de hasta el 20% de los recursos presupuestales asignados al PMIB; e igualmente, autorizar las intervenciones especiales a traves de ciento cuarenta y seis (146) proyectos de inversion publica indicados en el Anexo de la presente Resolucion Ministerial, que deben ser financiados al 100%, estando sujetos a la disponibilidad presupuestal estimada; Que, en consecuencia, es necesario aprobar la modificacion del Manual de Operaciones del PMIB, aprobado por la Resolucion Ministerial N° 022-2013VIVIENDA, modificado por la Resolucion Ministerial N° 149-2013-VIVIENDA, asi como las intervenciones propuestas por el PMIB, en el MORDAZA de lo establecido en el Decreto Supremo N° 004-2012-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 001-2013-VIVIENDA; De conformidad con la Ley N° 30156, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2012-VIVIENDA; el Decreto Supremo N° 004-2012-VIVIENDA y la Resolucion Ministerial N° 0222013-VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1.- Modificar el MORDAZA parrafo del numeral 39.7 del articulo 39 del Manual de Operaciones del Programa Mejoramiento Integral de MORDAZA - PMIB, aprobado por Resolucion Ministerial N° 022-2013VIVIENDA, modificado por la Resolucion Ministerial N° 149-2013-VIVIENDA, quedando redactado con el texto siguiente: "Articulo 39.- Financiamiento de intervenciones fisicas, sociales e institucionales (...) 39.7 Financiamiento para intervenciones especiales (...) En el caso de las intervenciones especiales a que se refiere el ultimo parrafo del articulo 7 del presente Manual, de manera excepcional, se podra autorizar mediante Resolucion Ministerial, el financiamiento de hasta el 100% del costo de las intervenciones de mejoramiento MORDAZA, en tanto no comprendan el acompanamiento social e institucional; en consecuencia, el MVCS podra financiar intervenciones especiales por montos mayores a lo establecido en el MORDAZA parrafo del numeral 39.3 de este articulo. La aplicacion del presente parrafo se encuentra exceptuada del tope de hasta el 20%, del uso de los recursos asignados al PMIB, senalado en el parrafo primero de este numeral". Articulo 2.- Autorizar al Programa de Mejoramiento Integral de MORDAZA - PMIB, a realizar intervenciones especiales, de mejoramiento MORDAZA, a traves de los proyectos de inversion publica descritos en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3.- Los proyectos de inversion publica, debidamente identificados en el Anexo de la presente Resolucion, seran financiados hasta el 100%, conforme a lo senalado en el articulo 1 de la presente Resolucion Ministerial, estando sujetos a la disponibilidad presupuestal. Articulo 4.- Encargar a la Oficina General de Estadistica e Informatica, la publicacion de la presente Resolucion Ministerial y el Anexo que forma parte integrante de la misma en la pagina web del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda. gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 1084802-2

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