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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE MAYO DEL AÑO 2014 (22/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 27

El Peruano Jueves 22 de mayo de 2014 523673 Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones y Dv. Chilete - Emp. PE-3N, conforme a lo establecido en el numeral 3 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, aprobado por Decreto Supremo No. 059-96-PCM; Que, mediante Resolución Suprema N° 003-2013- EF se ratifi caron los Acuerdos adoptados por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN en sus sesiones de fecha 13 y 28 de diciembre de 2012, en virtud de los cuales se aprobó: i) La incorporación al proceso de promoción de la inversión privada del Proyecto carretera Longitudinal de la Sierra, Tramo 2: Ciudad de Dios - Cajamarca - Chiple, Cajamarca - Trujillo y Dv. Chilete - Emp. PE-3N, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo No. 059-96-PCM, el Decreto Legislativo No. 1012 y sus normas reglamentarias correspondientes; y ii) El Plan de Promoción de la Inversión Privada del referido Proyecto; Que, mediante acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en sesión de fecha 30 de mayo de 2013, se aprobó la modifi cación al Plan de Promoción de la inversión privada para la entrega en concesión al sector privado del referido proyecto; Que, mediante Resolución Suprema Nº 030-2013- EF, se ratifi có el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, relacionados a la modifi cación del Plan de Promoción de la inversión privada para la entrega en concesión al sector privado del proyecto Carretera Longitudinal de la Sierra Tramo 2: Ciudad de Dios – Cajamarca - Chiple, Cajamarca - Trujillo y Dv. Chilete - Emp. PE-3N; Que, con fecha 19 de diciembre de 2013, PROINVERSIÓN adjudicó la Buena Pro del Proyecto carretera Longitudinal de la Sierra, Tramo 2: Ciudad de Dios - Cajamarca - Chiple, Cajamarca - Trujillo y Dv. Chilete - Emp. PE-3N; al Consorcio “CONSIERRA TRAMO II”, conformado por las empresas SACYR CONCESIONES S.L. y CONSTRUCTORA MALAGA HNOS. S.A.; quienes han constituido la empresa Concesionaria Vial Sierra Norte S.A. – CONVIAL SIERRA NORTE; Que, mediante Ofi cio N° 7-2014/PROINVERSION/ DPI/SDGP/JPVI.06, PROINVERSIÓN solicitó se comunique el nombre del funcionario que representará al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en su calidad de concedente, para la suscripción del Contrato de Concesión de la carretera Longitudinal de la Sierra, DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 23 AL 29 DE MAYO DE 2014 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 116-2014-MTC/12.04 Y Nº 213- 2014-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs 1299-2014- MTC/12.04 23-May 23-May US$ 200.00 LAN PERU S.A. Escomel Elguera, Lola Isabel Bogotá República de Colombia Chequeo técnico por renovación como Instructora en vuelo en la ruta Lima – Bogotá – Lima en el equipo Boeing 767, a su personal aeronáutico 7866-7867 1300-2014- MTC/12.04 27-May 29-May US$ 660.00 TRANS AMERICAN AIRLINES S.A.. Hurtado Goytizolo, José Francisco Miami E.U.A. Chequeo técnico de profi ciencia, en simulador de vuelo del equipo E-190, a su personal aeronáutico 506-1646 1085489-1 Autorizan al Viceministro de Transportes suscribir Contrato de Concesión de la carretera Longitudinal de la Sierra, Tramo 2: Ciudad de Dios - Cajamarca - Chiple, Cajamarca - Trujillo y Dv. Chilete - Emp. PE-3N RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 299-2014-MTC/01 Lima, 20 de mayo de 2014 Vistos: El Ofi cio N° 7-2014/PROINVERSION/DPI/ SDGP/JPVI.06 y el Informe N° 363-2014-MTC/25; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 5 del Texto Único Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-96- PCM, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN es el organismo encargado de diseñar y conducir el proceso de promoción de la inversión privada en obras públicas de infraestructura y de servicios públicos; Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 13 de diciembre de 2012, acordó la incorporación al proceso de promoción de la inversión privada, del Proyecto carretera Longitudinal de la Sierra, Tramo 2: Ciudad de Dios - Cajamarca - Chiple, Cajamarca - Trujillo y Dv. Chilete - Emp. PE-3N, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo No. 059-96-PCM, el Decreto Legislativo No. 1012 y sus normas reglamentarias correspondientes y se asignó al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Infraestructura Vial, Infraestructura Ferroviaria e Infraestructura Aeroportuaria – PRO INTEGRACIÓN, la conducción del proceso de promoción de la inversión; Que, asimismo el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN en su sesión de fecha 28 de diciembre de 2012, acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto carretera Longitudinal de la Sierra, Tramo 2: Ciudad de Dios - Cajamarca - Chiple, Cajamarca - Trujillo