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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2014 (29/05/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 26

El Peruano Jueves 29 de mayo de 2014 524036 mediante el Informe Nº 044-2014/COE-TC, del 07 marzo de 2014, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo N.º 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Ofi cial; De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Argentina, suscrito en la ciudad de Buenos Aires, el 11 de junio de 2004; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición activa a la República Argentina del ciudadano peruano EDILBERTO RIVEROS DIONICIO, formulada por la Sala Penal Liquidadora Permanente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Libertad Sexual - Violación sexual de menor de catorce años de edad, en agravio de una menor con identidad reservada y disponer su presentación por vía diplomática a la República Argentina, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1089420-9 SALUD Autorizan suscripción de Acta de Transferencia de recursos con la Superintendencia Nacional de Salud, en el marco de lo establecido por la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1158 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 392-2014/MINSA Lima, 28 de mayo del 2014 Visto; el Informe Nº 001-2014-CTRANSF-MINSA de la Comisión de Transferencia del Ministerio de Salud encargada del Proceso de Transferencia dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1158, conformada mediante la Resolución Ministerial Nº 120-2014/MINSA; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1158, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 06 de diciembre de 2013, se disponen medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud por Superintendencia Nacional de Salud, constituyéndose como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, el artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1158 establece las nuevas funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, entre las cuales se encuentran funciones que estuvieron a cargo de la Defensoría de la Salud y de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud, disponiendo su Disposición Complementaria Transitoria que dicho Decreto Legislativo entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano; Que, conforme a la Cuarta Disposición Complementaria Final de la mencionada norma, la Superintendencia Nacional de Salud asume el acervo documental, los recursos, bienes y el personal de la Defensoría de la Salud, así como los que correspondan a los procesos de registro, categorización y acreditación de los establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo que dependan del Ministerio de Salud; Que, la misma Disposición Complementaria Final, señala que en tanto se aprueben los documentos de gestión de la Superintendencia Nacional de Salud, ésta deberá adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la continuidad de las actividades y el cumplimiento de las funciones que asume y que venía desarrollando la Defensoría de la Salud y Transparencia del Ministerio de Salud, con anterioridad a la vigencia de dicha norma; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 120-2014-SA de fecha 11 de febrero de 2014, se conformó la Comisión de Transferencia del Ministerio de Salud encargada del proceso de transferencia dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1158 acotado, la misma que dispone en su artículo 2º que, en tanto concluya el proceso de transferencia, el Ministerio de Salud prestará el apoyo técnico y administrativo a la Superintendencia Nacional de Salud, a fi n que no se interrumpa la prestación de los servicios de defensoría de la salud, así como los de registro, categorización y acreditación de establecimientos de salud y servicios médicos de apoyo; Que, mediante el documento del visto, la Comisión de Transferencia presenta una propuesta de transferencia de recursos a la Superintendencia Nacional de Salud, en cumplimiento de lo dispuesto en la mencionada Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1158, la misma que comprende recursos humanos, bienes, acervo documentario y recursos presupuestales; Que, a fi n de dar cumplimiento a lo establecido en la legislación citada, resulta pertinente, autorizar a los funcionarios que suscribirán el Acta de Transferencia correspondiente; Con las visaciones de la Directora General (e) de la Defensoría de la Salud y Transparencia; del Director General de la Dirección General de Salud de las Personas; del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; del Director General de la Ofi cina General de Administración; de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos; del Director General de la Ofi cina General de Estadística e Informática; de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y, en el Decreto Legislativo Nº 1158, que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud por Superintendencia Nacional de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Suscripción de Acta de Transferencia Autorizar a la Presidenta de la Comisión de Transferencia conformada mediante Resolución Ministerial Nº 120-2014-SA, a la Directora General (e) de la Defensoría de la Salud y Transparencia y a los Directores Generales de la Dirección General de Salud de las Personas, de la Ofi cina General de Administración, de la Ofi cina General de Gestión del Desarrollo de Recursos Humanos, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Ofi cina General de Estadística e Informática para que suscriban, en representación del Ministerio de Salud, el Acta de Transferencia de recursos con la Superintendencia Nacional de Salud, en el marco de lo establecido por la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1158. Artículo 2º.- Transferencia de Recursos Con la suscripción del Acta a que se refi ere el artículo precedente, se da por concluido el proceso de transferencia