Norma Legal Oficial del día 02 de noviembre del año 2014 (02/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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El Peruano MORDAZA 2 de noviembre de 2014

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan Secretario Tecnico encargado de la Secretaria Tecnica, quien actuara como apoyo de los organos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del Ministerio, en el MORDAZA de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 233-2014-TR
MORDAZA, 30 de octubre de 2014 VISTOS: El Proveido Nº 8831-2014-MTPE/4 de la Secretaria General; el Oficio Nº 1976-2014-MTPE/4/12 de la Oficina General de Recursos Humanos y el Informe Nº 1337-2014-MTPE4/8 de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, en adelante la Ley, tiene por objeto establecer un regimen unico y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades publicas del Estado, asi como, para aquellas personas que estan encargadas de su gestion, del ejercicio de sus potestades y de la prestacion de servicios a cargo de estas; Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 92 de la Ley, concordante con el articulo 94 del Reglamento General de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 0402014-PCM, en adelante el Reglamento, las autoridades de los organos instructores del procedimiento administrativo disciplinario cuentan con el apoyo de un secretario tecnico, de preferencia abogado y designado mediante resolucion del titular de la entidad. El secretario tecnico puede ser un servidor civil de la entidad que se desempena como tal, en adicion a sus funciones, es el encargado de precalificar las presuntas faltas, documentar la actividad probatoria, proponer la fundamentacion y administrar los archivos emanados del ejercicio de la potestad sancionadora disciplinaria de la entidad publica; Que, el MORDAZA parrafo del literal a) de la Novena Disposicion Complementaria Final de la Ley, establece que las normas de la Ley sobre la capacitacion y la evaluacion del desempeno y el Titulo V, referido al Regimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador, se aplican una vez que entren en vigencia las normas reglamentarias de dichas materias, con excepcion de lo previsto en los articulos 17 y 18 de la Ley, que se aplican una vez que se emita la resolucion de inicio del MORDAZA de implementacion; Que, de acuerdo con la Undecima Disposicion Complementaria Transitoria del Reglamento, el titulo correspondiente al regimen disciplinario y procedimiento sancionador entra en vigencia a los tres (3) meses de su publicacion, con el fin que las entidades se adecuen internamente al procedimiento; precisando que aquellos procedimientos disciplinarios que fueron instaurados con fecha anterior a la entrada en vigencia del regimen disciplinario de la Ley, se regiran por las normas por las cuales se les imputo responsabilidad administrativa hasta su terminacion en MORDAZA instancia administrativa; Que, mediante oficio de vistos la Oficina General de Recursos Humanos propone la designacion del abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Secretario Tecnico encargado de la Secretaria Tecnica del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, en el MORDAZA de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; Que, en atencion a las consideraciones expuestas, mediante Informe Nº 1337-2024-MTPE/4/8 la Oficina General de Asesoria Juridica considera viable atender el pedido formulado; Que, en ese contexto resulta necesario emitir el acto de administracion interna que designe al funcionario que ejercera las funciones de Secretario Tecnico de los organos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo;

Con las visaciones de los Jefes de las Oficinas Generales de Recursos Humanos y de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; el articulo 92 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; SE RESUELVE: Articulo 1.- Designar al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Secretario Tecnico encargado de la Secretaria Tecnica, quien actuara como apoyo de los organos instructores del procedimiento administrativo disciplinario del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, en adicion a sus funciones como Asesor de la Oficina General de Recursos Humanos, en el MORDAZA de lo establecido en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014PCM. Articulo 2.- Disponer la notificacion de la presente resolucion al servidor designado y a la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, para los fines correspondientes. Articulo 3.- Encargar la publicacion de la presente resolucion en el MORDAZA Web del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo www.trabajo.gob.pe, el mismo dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha accion el Jefe de la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. FREDY OTAROLA PENARANDA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo

1158494-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Designan representantes del Ministerio ante la Comision Multisectorial creada por D.S. Nº 083-2012-PCM con el objetivo de disenar, elaborar y realizar el seguimiento de la ejecucion del "Plan de Desarrollo de Ciudades Sostenibles en Zonas de Frontera"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 373-2014-VIVIENDA
MORDAZA, 29 de octubre de 2014 VISTO: El Memorandum Nº 338-2014-VIVIENDA/ VMVU del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 2 del Decreto Supremo Nº 083-2012-PCM, se creo la Comision Multisectorial de naturaleza permanente, adscrita al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, con el objetivo de disenar, elaborar y realizar el seguimiento de la ejecucion del "Plan de Desarrollo de Ciudades Sostenibles en Zonas de Frontera"; la que esta integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, quien la presidira; Que, por Resolucion Ministerial Nº 162-2012-VIVIENDA, modificada por el articulo 1 de la Resolucion Ministerial Nº 068-2013-VIVIENDA, se designo al Viceministro de Vivienda y Urbanismo, y al Director Nacional de Urbanismo, como representantes titular y alterno, respectivamente, del

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