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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2014 (12/11/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 61

El Peruano Miércoles 12 de noviembre de 2014 537451 Que, la Dirección General de Políticas de Inspección del Trabajo en coordinación con la Dirección de Seguridad Social, unidad orgánica de la Dirección General de Trabajo, realizarán el evento denominado “I Encuentro Nacional en Seguridad Social: Promoviendo el Desarrollo de la Cultura en Seguridad Social”, que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, los días 19 y 20 de noviembre de 2014, el que contará con la participación de consultores internacionales y otras entidades gubernamentales; Que, el mencionado evento tiene como fi nalidad promover el desarrollo de la cultura de seguridad social en los actores sociales, en el marco de la Estrategia Sectorial para la Formalización Laboral; Que, mediante documento de vistos, la Dirección General de Políticas de Inspección del Trabajo solicita la ofi cialización del referido evento, que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, los días 19 y 20 de noviembre de 2014; Que, en mérito a las consideraciones expuestas en los párrafos precedentes, corresponde emitir el acto que otorgue carácter ofi cial al citado evento nacional, el que cuenta con el recurso presupuestal asignado mediante Certifi cación de Crédito Presupuestario, Nota N° 1054; Que, mediante el Informe N° 1416-2014-MTPE/4/8, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, en virtud a la documentación adjunta y el marco legal expuesto, se pronuncia favorablemente; Con las visaciones del Viceministerio de Trabajo, de la Dirección General de Políticas de Inspección del Trabajo, de la Dirección General de Trabajo y de las Ofi cinas Generales de Administración y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el inciso d) del Artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar carácter ofi cial al “I ENCUENTRO NACIONAL EN SEGURIDAD SOCIAL: PROMOVIENDO EL DESARROLLO DE LA CULTURA EN SEGURIDAD SOCIAL”, organizado por la Dirección de Políticas de Inspección del Trabajo, que se realizará los días 19 y 20 de noviembre de 2014, en la ciudad de Lima. Artículo 2.- La presente resolución será publicada en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. FREDY OTÁROLA PEÑARANDA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1162814-2 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban valor total de tasaciones correspondientes a predios afectados por obra de rehabilitación y mejoramiento en tramo de la Carretera Ayacucho - Abancay RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 755-2014 MTC/02 Lima, 6 de noviembre de 2014 VISTA: La Nota de Elevación Nº 253-2014-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL sobre la aprobación del valor total de las tasaciones de los tres predios afectados por la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho – Abancay, Tramo V, Km 210+000 – Km 256+500; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que facilita la ejecución de obras públicas viales, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, los artículos 2º, 3º y 4º de la Ley Nº 27628 son modifi cados por la tercera disposición complementaria modifi catoria de la Ley Nº 30025, Ley que facilita la adquisición, expropiación y posesión de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad pública la adquisición o expropiación de bienes inmuebles afectados para la ejecución de diversas obras de infraestructura; Que, según el artículo 2º de la Ley Nº 27628, el valor de la tasación será fi jado por la Dirección Nacional de Construcción, considerando lo siguiente: a) el valor comercial del predio y mejoras, de corresponder; y b) una indemnización por el perjuicio causado que incluya, en caso corresponda, el daño emergente y lucro cesante; que el monto de la indemnización deberá considerar, entre otros, el resarcimiento de los gastos tributarios, incluyendo el Impuesto a la Renta, en que deberá incurrir el sujeto pasivo como consecuencia de la expropiación. Asimismo, establece que el valor total de la tasación es aprobada por resolución ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuya tasación deberá de tener una antigüedad no mayor a dos años al momento de su aprobación, y según el artículo 3º la aprobación del valor total de la tasación se hace considerando el monto fi jado por la Dirección Nacional de Construcción y agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial de predio y mejoras, de corresponder; Que, el artículo 27º de la Ley Nº 30230 modifi ca la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30025 estableciendo, entre otros aspectos, que tratándose de los procedimientos de adquisición de inmuebles por trato directo iniciados al amparo de la Ley Nº 27628, antes de la vigencia de dicha ley y que se encuentran comprendidos en la quinta disposición complementaria fi nal de la misma, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a culminar dichos procedimientos de trato directo bajo los alcances de la Ley Nº 27628; Que, a través del Ofi cio Nº 3145-2011-MTC/20.6 la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL solicita a la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el presupuesto para realizar las valuaciones comerciales, entre otros, de seis expedientes individuales, correspondientes a bienes afectados por la ejecución de la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho – Abancay, Tramo V, Km 210+000 – Km 256+500; Que, mediante Ofi cio Nº 221-2014/VIVIENDA-VMCS- DNC la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento remite las seis valuaciones comerciales de los predios afectados por la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho – Abancay, Tramo V, Km 210+000 – Km 256+500; Que, mediante Memorándum Nº 4506-2014-MTC/20.6 la Unidad Gerencial de Estudios eleva el Informe Nº 069-2014/DNHH del Jefe de Proyectos Pacri - UGE de PROVÍAS NACIONAL en el cual manifi esta que tres Informes Técnicos de Tasación de los predios afectados por la Obra: Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ayacucho – Abancay, Tramo V, Km 210+000 – Km 256+500 se encuentran expeditos para su aprobación; Que, asimismo, el Jefe de Proyectos Pacri - UGE de PROVÍAS NACIONAL en el Informe Nº 069-2014/DNHH indica que la aprobación de las tasaciones, antes citadas, se ampara en la Ley Nº 27628, modifi cada por la Ley Nº 30025, y en el artículo 27º de la Ley Nº 30230 que modifi ca la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30025; por lo que corresponde que se apruebe las tasaciones incluyendo un porcentaje adicional del 10% del valor comercial del predio, conforme se detalla en el cuadro que, como anexo, forma parte integrante de la presente resolución; Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal mediante el Informe Nº 685-2014-MTC/20.3, encuentra procedente