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El Peruano Jueves 2 de octubre de 2014 533934 Policía Nacional de Colombia”, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 026-Dirección Ejecutiva de Investigación Criminal y Apoyo a la Justicia de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, Sector 07, Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Pers. T/C Total S/. Viáticos US$ 370.00 6 X 3 = US$ 6,660.00 2.813 18,734.58 Pasajes US$ 630.00 X 3 = US$ 1,890.00 2.813 5,316.57 24,051.15 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refi ere el artículo 1º de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1145424-12 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 166-2014-IN Lima, 1 de octubre de 2014. VISTOS; el Ofi cio Nº 6850-2014-MP-FN-UCJIE (EXT 134-13) de fecha 13 de agosto de 2014, de la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalía de la Nación; y, el Memorándum Múltiple Nº 426- 2014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI de fecha 4 de setiembre de 2014, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 121-2013- JUS de fecha 20 de setiembre de 2013, el Estado peruano accede a la solicitud de extradición activa de la ciudadana colombiana Karem Viviana Mondragón Grisales, formulada por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesada por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública – Tráfi co Ilícito de Drogas, en perjuicio del Estado peruano y disponer su presentación por vía diplomática a la ciudad de Bogotá República de Colombia, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Oficio Nº 6850-2014-MP-FC-UCJIE (EXT. Nº 134-13) de fecha 13 de agosto de 2014, la Unidad de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalía de la Nación, hizo de conocimiento que la República de Colombia ha comunicado que la extradición de la ciudadana colombiana Karem Viviana Mondragón Grisales ha sido concedida y se encuentra en condiciones de ser trasladada al Perú; en tal sentido resulta pertinente designar y autorizar el desplazamiento de las funcionarias policiales que se encargaran de recibir, custodiar y trasladar a la citada reclamada desde la República de Colombia hacia territorio peruano; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 347-2014- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 2 de setiembre de 2014, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, en base a los argumentos y documentos señalados en la referida Hoja de Estudio y Opinión, estimó conveniente que la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en comisión de servicios del 5 al 9 de octubre de 2014, de la Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Vilma Hermelinda Paredes Añape y de la Subofi cial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú Nelyda Castillo Reyes, a la ciudad de Bogotá República de Colombia, a fi n de que ejecuten la extradición activa de la ciudadana colombiana antes mencionada; Que, en atención a los documentos sustentatorios sobre el particular, mediante Memorándum Múltiple Nº 426-2014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI la Dirección General de la Policía Nacional del Perú dio su conformidad al viaje al exterior señalado, disponiendo se proceda a la formulación del proyecto de resolución autoritativa correspondiente y señalando que los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán asumidos por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002- Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, mientras que los gastos correspondientes a pasajes aéreos, e impuesto de viaje para el personal policial y la extraditable serán asumidos por el Poder Judicial; Que, según lo establecido en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República que resulten estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, conforme al penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, las excepciones a la prohibición de viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, dispuesta por el referido numeral, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolución Suprema refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; y el Decreto Legislativo Nº 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión de servicios, de la Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Vilma Hermelinda Paredes Añape y de la Subofi cial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del Perú Nelyda Castillo Reyes, para que ejecuten la extradición activa de la ciudadana colombiana Karem Viviana Mondragón Grisales, quien se encuentra requerida por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesada por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública – Tráfi co Ilícito de Drogas, en perjuicio del Estado Peruano, a realizarse en la Ciudad de Bogotá República de Colombia, del 5 al 9 de octubre de 2014.