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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (02/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 30

El Peruano Jueves 2 de octubre de 2014 533936 cooperación y asistencia judicial internacional, asistencia técnica o el análisis y tratamiento de los denominados “nuevos delitos”, agregándose que en el marco de la Conferencia se llevará a cabo de manera paralela la V Sesión del Grupo de Trabajo sobre Cooperación Internacional y la VIII Sesión del Grupo de Trabajo sobre Asistencia Técnica; Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia del evento antes referido, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor abogado Jorge Manuel Pando Vílchez, Viceministro de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del señor abogado Carlos Zoe Vásquez Ganoza, Director General de Política Criminal y Penitenciaria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para que participen en la Séptima Conferencia de los Estados parte de la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Convención de Palermo); Que, los gastos que genere dicho viaje serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N.º 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N.º 011-2012- JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N.° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley N.º 28807 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.º 047- 2002-PCM y sus modifi catorias; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor abogado Jorge Manuel Pando Vílchez, Viceministro de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del señor abogado Carlos Zoe Vásquez Ganoza, Director General de Política Criminal y Penitenciaria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a la ciudad de Viena, República de Austria, del 04 al 11 de octubre de 2014, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes x 2 US$ 5,883.76 Viáticos x 2 x 6 días US$ 6,480.00 ---------------------- TOTAL: US$ 12,363.76 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, los funcionarios citados en el Artículo 1º de la presente Resolución deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4º.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1145424-14 Acceden a solicitudes de extradición activa de ciudadanos colombiano y peruano RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 171-2014-JUS Lima, 1 de octubre de 2014 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 128-2014/COE-TC, del 19 de septiembre de 2014, sobre la solicitud de extradición activa a la República de Colombia del ciudadano colombiano JOSÉ CRISANTO CRUZ, formulada por la Sala Penal Nacional de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 26 de agosto de 2014, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano colombiano JOSÉ CRISANTO CRUZ, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública, en la modalidad de Tráfico Ilícito de Drogas agravado, en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 123- 2014); Que, el literal “a” del artículo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 128-2014/COE-TC, del 19 de septiembre de 2014, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Oficial; De conformidad con el Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Colombia, modificatorio del Convenio Bolivariano de Extradición firmado el 18 de julio de 1911, suscrito en la ciudad de Lima el 22 de octubre de 2004; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano colombiano JOSÉ CRISANTO CRUZ, formulada por la Sala Penal Nacional de la Corte Suprema de Justicia de la República del Perú y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública, en la modalidad de Tráfi co Ilícito de Drogas agravado, en agravio del Estado peruano; y disponer su presentación por vía diplomática a la República de Colombia, de conformidad con los Acuerdos vigentes y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema