Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2014 (02/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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cooperacion y asistencia judicial internacional, asistencia tecnica o el analisis y tratamiento de los denominados "nuevos delitos", agregandose que en el MORDAZA de la Conferencia se llevara a cabo de manera paralela la V Sesion del Grupo de Trabajo sobre Cooperacion Internacional y la VIII Sesion del Grupo de Trabajo sobre Asistencia Tecnica; Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia del evento MORDAZA referido, resulta de interes institucional autorizar el viaje del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ganoza, Director General de Politica Criminal y Penitenciaria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, para que participen en la Septima Conferencia de los Estados parte de la Convencion de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (Convencion de Palermo); Que, los gastos que genere dicho viaje seran asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N.° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N.º 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N.º 011-2012JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley N.° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; la Ley N.º 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, modificada por la Ley N.º 28807 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.º 0472002-PCM y sus modificatorias; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ganoza, Director General de Politica Criminal y Penitenciaria del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Austria, del 04 al 11 de octubre de 2014, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion seran cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes x 2 Viaticos x 2 x 6 dias TOTAL: US$ 5,883.76 US$ 6,480.00 ---------------------US$ 12,363.76

El Peruano Jueves 2 de octubre de 2014

Acceden a solicitudes de extradicion activa de ciudadanos colombiano y peruano
RESOLUCION SUPREMA Nº 171-2014-JUS MORDAZA, 1 de octubre de 2014 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 128-2014/COE-TC, del 19 de septiembre de 2014, sobre la solicitud de extradicion activa a la Republica de Colombia del ciudadano colombiano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la Sala Penal Nacional de la Corte Suprema de Justicia de la Republica del Peru; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 26 de agosto de 2014, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano colombiano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Salud Publica, en la modalidad de Trafico Ilicito de Drogas agravado, en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 1232014); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 128-2014/COE-TC, del 19 de septiembre de 2014, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Acuerdo entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de Colombia, modificatorio del Convenio Bolivariano de Extradicion firmado el 18 de MORDAZA de 1911, suscrito en la MORDAZA de MORDAZA el 22 de octubre de 2004; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano colombiano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la Sala Penal Nacional de la Corte Suprema de Justicia de la Republica del Peru y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Salud Publica, en la modalidad de Trafico Ilicito de Drogas agravado, en agravio del Estado peruano; y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica de Colombia, de conformidad con los Acuerdos vigentes y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la culminacion del viaje, los funcionarios citados en el Articulo 1º de la presente Resolucion deberan presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendicion de cuentas por los viaticos entregados. Articulo 4º.- La presente autorizacion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1145424-14

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