Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2014 (04/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano Sabado 4 de octubre de 2014

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c) MORDAZA certificada por la universidad que otorgo el grado o titulo profesional, o del titulo profesional en las disciplinas afines, de ser el caso d) Curriculum vitae en idioma espanol, documentado, en el que se indicara la ocupacion actual, grado y titulos academicos, experiencia profesional y de investigacion, publicaciones academicas relevantes, y asociaciones o corporaciones cientificas a las que pertenezca e) Indicar el numero de comprobante de pago por derecho de tramitacion Articulo 99. PROFESIONALES EXTRANJEROS Los profesionales extranjeros que deseen inscribirse en el RNDA, deberan adjuntar: a) MORDAZA autenticada por el fedatario del Ministerio de Cultura del titulo profesional o grado de magister o doctor, expedido por una universidad peruana o revalidado por la autoridad competente b) En el curriculum vitae en idioma espanol, documentado presentara: i) Carta de MORDAZA de la institucion academica a la que esten afiliados, de ser el caso ii) Documentos que acrediten experiencia profesional y de investigacion, publicaciones academicas relevantes, y asociaciones o corporaciones cientificas a las que pertenezca CAPITULO III REGISTRO NACIONAL DE CONSULTORAS EN ARQUEOLOGIA (RNCA) Articulo 100. REGISTRO NACIONAL DE CONSULTORAS EN ARQUEOLOGIA (RNCA) Se establece el Registro Nacional de Consultoras en Arqueologia (RNCA) que tiene como objetivo contar con una relacion documentada de las consultoras en arqueologia que participan en las diferentes modalidades de intervenciones arqueologicas, en el MORDAZA del presente reglamento. La Direccion de Calificacion de Intervenciones Arqueologicas del Ministerio de Cultura sera la encargada de implementar el MORDAZA de registro, asi como mantener y actualizar el Registro Nacional de Consultoras en Arqueologia. Articulo 101. REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO Para la inscripcion en el Registro Nacional de Consultoras en Arqueologia (RNCA), se debera presentar la siguiente informacion y documentos: a) Datos conforme a lo solicitado por el formulario de inscripcion b) Acreditar personeria juridica de la consultora (adjuntar MORDAZA simple del Testimonio de Escritura Publica y sus modificatorias de ser el caso) c) Acreditar un equipo tecnico multidisciplinario integrado por un minimo de tres (3) profesionales con experiencia en temas de arqueologia, conservacion y topografia d) Indicar el numero de comprobante de pago por derecho de tramitacion Articulo 102. RENOVACION DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO La actualizacion de datos en el Registro Nacional de Consultoras en Arqueologia (RNCA) es de caracter obligatorio, debiendo renovar anualmente su inscripcion. Articulo 103. REQUISITOS PARA LA RENOVACION EN EL REGISTRO Para renovar el registro se presentaran los mismos requisitos establecidos en el articulo 101. TITULO XV

a) Datos conforme a lo solicitado por el formulario de inscripcion b) MORDAZA del documento de identidad (DNI, pasaporte, o carne de extranjeria, segun corresponda) c) MORDAZA certificada del titulo profesional de licenciado en arqueologia, expedido por una universidad peruana o revalidado por la entidad competente d) Curriculum vitae en idioma espanol, documentado, en el que se indicara la ocupacion actual, grado y titulos academicos, experiencia profesional y de investigacion, publicaciones academicas relevantes, y asociaciones o corporaciones cientificas a las que pertenezca e) Declaracion jurada indicando que el solicitante no tiene sancion administrativa, antecedentes penales o MORDAZA pendiente ni sentencia civil firme respecto a procesos relacionados con el patrimonio cultural f) Indicar el numero de comprobante de pago por derecho de tramitacion Articulo 96. PROFESIONALES EXTRANJEROS Los profesionales extranjeros que deseen inscribirse en el RNA deberan adjuntar: a) MORDAZA autenticada por el fedatario del Ministerio de Cultura del titulo profesional en arqueologia o grado de magister o doctor en Arqueologia, expedido por una universidad peruana, o revalidado por la entidad competente b) En el curriculum vitae en idioma espanol, documentado, presentara: i) Carta de MORDAZA de la institucion academica a la que esten afiliados, donde se indique su area de especializacion y condicion laboral, donde se califique su competencia profesional ii) Documentos que acrediten una experiencia profesional y de investigacion, publicaciones academicas relevantes, y asociaciones o corporaciones cientificas a las que pertenezca, CAPITULO II REGISTRO NACIONAL DE PROFESIONALES EN DISCIPLINAS AFINES A LA ARQUEOLOGIA (RNDA) Articulo 97. REGISTRO NACIONAL DE PROFESIONALES EN DISCIPLINAS AFINES A LA ARQUEOLOGIA (RNDA) Se establece el Registro Nacional de Profesionales en Disciplinas Afines a la Arqueologia (RNDA) que tiene como objetivo contar con una relacion documentada de los profesionales en disciplinas afines a la arqueologia, que participan como especialistas en las diferentes modalidades de intervenciones arqueologicas, en el MORDAZA del presente reglamento. Son profesionales en disciplinas afines a la arqueologia, de manera no limitativa, los siguientes: arqueometalurgos, bioarqueologos (antropologos fisicos, arqueozoologos, paleoetnobotanicos), paleontologos, conservadores, artistas plasticos, biologos, fisicos, quimicos, geoarqueologos, geologos, historiadores e historiadores del arte, entre otros. Los profesionales inscritos en el RNDA solo podran dirigir Proyectos de Investigacion de Colecciones y Fondos Museograficos administrados por el Ministerio de Cultura, solicitar custodia de colecciones y la exportacion de muestras arqueologicas para fines cientificos, conforme a lo normado en el presente reglamento. Los profesionales que realicen estudios de caracter paleontologico podran dirigir proyectos de investigacion cuando el sitio y el objeto de estudio MORDAZA de naturaleza paleontologica. La Direccion de Calificacion de Intervenciones Arqueologicas del Ministerio de Cultura sera la encargada de implementar el MORDAZA de registro, asi como mantener y actualizar el RNDA. Articulo 98. REQUISITOS PARA LA INSCRIPCION EN EL REGISTRO Para la inscripcion en el RNDA, se debera presentar la siguiente informacion y documentos: a) Datos conforme a lo solicitado por el formulario de inscripcion b) MORDAZA del documento de identidad (DNI, pasaporte, o carne de extranjeria, segun corresponda)

CONGRESO NACIONAL DE ARQUEOLOGIA Articulo 104. CONGRESO NACIONAL DE ARQUEOLOGIA El Congreso Nacional de Arqueologia (CNA) es un espacio para la difusion y discusion de los resultados obtenidos en las intervenciones arqueologicas recientes, en concordancia con lo dispuesto en el articulo IV de la

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