Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2014 (04/10/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Sabado 4 de octubre de 2014

534137
10. Propuesta de delimitacion del monumento o monumentos y entrega del expediente sustentatorio, de ser el caso 11. Manejo y deposito actual de los materiales recuperados en el MORDAZA y sugerencia sustentada del destino final del material 12. Bibliografia 13. Fichas de conservacion, registro grafico y fotografico del MORDAZA, en el caso que el proyecto cuente con un componente de conservacion 14. Mapas y planos en los formatos aprobados por el Ministerio de Cultura 15. Indicar el numero de comprobante de pago por derecho de tramitacion CAPITULO IV INFORME FINAL-PROCEDIMIENTO Articulo 72. CALIFICACION DEL INFORME FINAL El informe final sera presentado para su calificacion ante la Sede Central del Ministerio de Cultura y se derivara el expediente a la Direccion de Calificacion de Intervenciones Arqueologicas, para su evaluacion por un arqueologo calificador. Los plazos para la calificacion del informe final son los establecidos en el articulo 32 del presente reglamento. El arqueologo calificador revisara el informe final y derivara un ejemplar a la Direccion de Gestion de Monumentos para opinion tecnica sobre los trabajos de conservacion desarrollados. La resolucion sera emitida por la Direccion General de Patrimonio Arqueologico Inmueble a fin de ser notificada al administrado. Las copias de los informes finales aprobados y sus respectivas resoluciones de aprobacion seran remitidas a la Direccion Desconcentrada de Cultura en donde se desarrollaron las intervenciones arqueologicas, de ser el caso. TITULO XI GESTION DE MATERIALES CULTURALES MUEBLES CAPITULO I GENERALIDADES Articulo 73. OBJETO Este titulo regula la gestion de los materiales culturales muebles recuperados durante la ejecucion de las diferentes modalidades de intervencion arqueologica establecidas en el presente reglamento. Esta comprende su constitucion como colecciones, su categorizacion para fines de manejo y estudio, y la custodia de los bienes culturales muebles. Articulo 74. COLECCION Los bienes culturales muebles constituyen una coleccion cuando se trata de un conjunto ordenado y seleccionado de objetos y artefactos, procedente de un determinado lugar y contexto arqueologico. La coleccion se caracteriza por su gran capacidad de brindar informacion y generar conocimiento. Su integridad, conservacion e investigacion es de primordial importancia, disponiendo el Ministerio de Cultura su exhibicion y almacenamiento en museos, depositos u otras instituciones con infraestructura adecuada; asi como su reentierro controlado conforme a lo normado en el presente titulo, sin que esta pierda su condicion patrimonial. Articulo 75. CLASIFICACION Para efectos de su gestion, las colecciones se clasifican en: 75.1. Coleccion Museable: Es aquella cuyos objetos son seleccionados por sus caracteristicas formales, esteticas y su estado de conservacion. Esta coleccion sera estudiada, exhibida y almacenada en museos. 75.2. Coleccion Muestral: Es aquella cuyos objetos son seleccionados por ser una muestra de los bienes muebles recuperados. Tiene como fin generar informacion dentro del MORDAZA de cualquier modalidad de intervencion arqueologica y por lo tanto sera registrada y analizada.

7. Metodologia y tecnicas durante los trabajos de gabinete, de ser el caso 8. Recursos materiales y economicos 9. Bibliografia 10. Curriculum vitae del director indicando su numero de inscripcion en el Registro Nacional de Arqueologos (RNA) 11. Numero de inscripcion vigente, en el Registro Nacional de Consultoras en Arqueologia (RNCA), de ser el caso 12. Curriculum vitae del conservador a cargo, de ser el caso, acreditando la experiencia en su especialidad 13. Mapas y planos en los formatos aprobados por el Ministerio de Cultura Ademas del proyecto, se presentara los siguientes documentos: b) Formulario de solicitud dirigida a la Direccion General de Patrimonio Arqueologico Inmueble. Indicar el numero de comprobante de pago por derecho de tramitacion c) Carta de compromiso economico del director, garantizando el financiamiento del proyecto d) Carta de compromiso de no afectacion al Patrimonio Cultural de la Nacion, responsabilizandose de los eventuales danos y perjuicios, suscrita por el director CAPITULO II AUTORIZACION-PROCEDIMIENTO Articulo 70. PROCEDIMIENTO El Proyecto de Emergencia sera presentado para su calificacion ante la Sede Central del Ministerio de Cultura. El expediente sera derivado a la Direccion de Calificacion de Intervenciones Arqueologicas, para ser evaluado por un arqueologo calificador, la que derivara un ejemplar del proyecto a la Direccion de Gestion de Monumentos cuando corresponda. El plazo para la obtencion de la autorizacion es el establecido en el articulo 15 del presente reglamento. El arqueologo calificador debera adjuntar, al expediente de solicitud, el acta de inspeccion previa en donde se establece la conformidad de la solicitud para el Proyecto de Emergencia, conforme a lo establecido en el articulo 69 del presente reglamento. Por su naturaleza y en uso de la competencia de proteccion y conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion, las observaciones y recomendaciones que pudieren formularse al proyecto presentado seran establecidas en la resolucion de autorizacion y ejecutadas en el MORDAZA por el director del proyecto, sin perjuicio de la fiscalizacion posterior que el Ministerio de Cultura realice a los resultados del proyecto. La resolucion sera emitida por Direccion General de Patrimonio Arqueologico Inmueble a fin de ser notificada al administrado. CAPITULO III INFORME FINAL-REQUISITOS Articulo 71. INFORME FINAL El informe final sera presentado a la Sede Central del Ministerio de Cultura. El director del Proyecto de Emergencia, sin perjuicio de su propiedad intelectual, presentara el informe final con texto y titulo en idioma espanol, en dos (2) ejemplares debidamente foliados, encuadernados o anillados, adjuntando a cada ejemplar un disco compacto conteniendo las versiones digitales de textos, tablas, fotos, figuras, mapas y planos en los formatos establecidos por el Ministerio de Cultura. El informe final contendra lo siguiente: 1. Resumen 2. Antecedentes y problematica, justificacion, fines y objetivos del proyecto 3. Resultados del plan de emergencia 4. Resultados del plan de conservacion, proteccion y mitigacion 5. Metodologia aplicada en MORDAZA, gabinete y muestreo 6. Equipo de trabajo y responsabilidades 7. Resultados de la intervencion arqueologica 8. Conclusiones y recomendaciones 9. Inventario de bienes muebles e inmuebles, de ser el caso

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.