Norma Legal Oficial del día 04 de octubre del año 2014 (04/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Sabado 4 de octubre de 2014

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El informe final del Proyecto de Investigacion Arqueologica contendra lo siguiente: 1. Resumen 2. Antecedentes, problematica, fines y objetivos de la investigacion 3. Metodologia aplicada en MORDAZA, gabinete y muestreo 4. Equipo de investigadores y responsabilidades 5. Resultados de la investigacion y conservacion 6. Inventario de bienes culturales inmuebles y muebles 7. Propuesta de delimitacion del monumento o monumentos y entrega del expediente tecnico sustentatorio, de ser el caso 8. Manejo y deposito actual de los materiales recuperados en el MORDAZA, y sugerencia sustentada del destino final del material 9. Plan de difusion de la investigacion que contenga las publicaciones cientificas, presentaciones en eventos academicos, presencia en los medios de comunicacion, divulgacion a la comunidad, entre otros, realizado o por realizar 10. Bibliografia 11. Fichas de conservacion, registro grafico y fotografico del MORDAZA de conservacion y resultado de los analisis fisico-quimicos de los elementos arquitectonicos, en el caso que el proyecto cuente con un componente de conservacion y puesta en valor. 12. Mapas y planos en los formatos aprobados por el Ministerio de Cultura 13. Indicar el numero de comprobante de pago por derecho de almacenamiento de los materiales entregados al Ministerio de Cultura 14. Indicar el numero de comprobante de pago por derecho de tramitacion CAPITULO IV INFORME FINAL-PROCEDIMIENTO Articulo 45. CALIFICACION DEL INFORME FINAL El informe final debe ser presentado para su calificacion ante la Sede Central del Ministerio de Cultura y se derivara el expediente a la Direccion de Calificacion de Intervenciones Arqueologicas, para su evaluacion por un arqueologo calificador. Los plazos para la calificacion del informe final son los establecidos en el articulo 32 del presente reglamento. Cuando la calificacion del expediente requiera de la opinion tecnica de otras direcciones del Ministerio de Cultura, el arqueologo calificador derivara un ejemplar del mismo a dichas direcciones. La resolucion de aprobacion sera emitida por la Direccion General de Patrimonio Arqueologico Inmueble a fin de ser notificada al administrado. Las copias de los informes finales aprobados y sus respectivas resoluciones de aprobacion seran remitidas a la Direccion Desconcentrada de Cultura en donde se desarrollaron las intervenciones arqueologicas, de ser el caso. TITULO V PROYECTOS DE EVALUACION ARQUEOLOGICA ­ PEA CAPITULO I AUTORIZACION-REQUISITOS Articulo 46. AUTORIZACION Para solicitar la autorizacion de Proyectos de Evaluacion Arqueologica se debera presentar el expediente ante la Sede Central del Ministerio de Cultura. El expediente contendra la siguiente informacion: a) Formato, cuyo contenido sera el siguiente: 1. Ubicacion y descripcion del area a intervenir 2. Descripcion de la obra publica o privada a desarrollarse 3. Exposicion de los fines y objetivos del proyecto 4. Plan y cronograma de trabajo 5. Metodologia y tecnicas 6. Equipo de trabajo y responsabilidades 7. Recursos materiales y economicos

e) Cartas de compromiso de no afectacion al Patrimonio Cultural de la Nacion, responsabilizandose de los eventuales danos y perjuicios, suscritas por el director y el solicitante, de ser el caso Articulo 42. AUTORIZACION DE PROYECTOS DE INVESTIGACION ARQUEOLOGICA CON FINES DE CONSERVACION Y PUESTA EN VALOR En el caso de los Proyectos de Investigacion con Fines de Conservacion y Puesta en Valor, el proyecto contendra, ademas de los requisitos y documentos a que se refiere el articulo 41, la siguiente informacion: 1. MORDAZA conceptual 2. Sustentacion teorica de la intervencion 3. Fines y objetivos 4. Antecedentes de las intervenciones previas, realizando un estudio critico 5. Diagnostico del monumento a intervenir 6. Descripcion de la intervencion 7. Metodologia operativa y lineamientos tecnicos a emplearse durante los trabajos de conservacion o puesta en valor 8. Bibliografia especifica de conservacion o puesta en valor 9. Fichas tecnicas de conservacion 10. Ficha de arquitectura 11. Planos de ubicacion y perimetricos del o los monumentos a intervenir 12. Planos de ubicacion de los elementos arquitectonicos a ser conservados o restaurados 13. Curriculum vitae del conservador a cargo, donde se acredite su experiencia en trabajos afines En el caso de implementacion de puesta en valor se presentara ademas los siguientes documentos: a) Plano con la propuesta del circuito de visita peatonal, incluyendo miradores o estaciones de descanso y senaletica b) MORDAZA de los modelos de senaletica c) Planos de obras civiles con sus respectivos datos tecnicos, en el caso de plantearse la realizacion de obras civiles d) Ficha de registro del proyecto, formatos SNIP 03 y 04, y MORDAZA del Presupuesto Inicial de Apertura, en caso el proyecto sea componente de un PIP (Proyecto de Inversion Publica) CAPITULO II AUTORIZACION-PROCEDIMIENTO Articulo 43. PROCEDIMIENTO Los Proyectos de Investigacion Arqueologica seran presentados para su calificacion ante la Sede Central del Ministerio de Cultura. El expediente sera derivado a la Direccion de Calificacion de Intervenciones Arqueologicas, para ser evaluado por un arqueologo calificador. Los plazos para el tramite de autorizacion son los establecidos en el articulo 15 del presente reglamento. Cuando la calificacion del expediente requiera de la opinion tecnica de otras direcciones del Ministerio de Cultura, el arqueologo calificador derivara un ejemplar del mismo a dichas direcciones. La resolucion respectiva sera emitida por Direccion General de Patrimonio Arqueologico Inmueble a fin de ser notificada al administrado. CAPITULO III INFORME FINAL-REQUISITOS Articulo 44. INFORME FINAL El informe final de los Proyectos de Investigacion Arqueologica debera ser presentado a la Sede Central del Ministerio de Cultura en un plazo MORDAZA de seis meses de concluida la intervencion. El director del Proyecto de Investigacion Arqueologica, sin perjuicio de su propiedad intelectual, presentara el informe final con texto y titulo en idioma espanol, en dos (2) ejemplares debidamente foliados, encuadernados o anillados, adjuntando a cada ejemplar un disco compacto conteniendo las versiones digitales de textos, tablas, fotos, figuras, mapas y planos en los formatos establecidos por el Ministerio de Cultura.

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