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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (25/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 75

El Peruano Sábado 25 de octubre de 2014 535913 Nacional de Elecciones en la Resolución Nº 0140-2014- JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, estas autoridades son consideradas funcionarios públicos por ser elegidos mediante voto popular, por lo que deben solicitar licencia conforme se expresa en el considerando precedente. 3. Con fecha 7 de julio de 2014, el regidor José Carlos Matheus Montalván, con motivo de su participación en las Elecciones Municipales 2014, presentó su solicitud de licencia, por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014 (fojas 02). Al respecto, se debe precisar que, la petición fue puesta en conocimiento de los miembros del concejo municipal, conforme es de verse del Acta de la sesión extraordinaria de fecha 7 de julio de 2014 (fojas 04). 4. En el caso concreto, se evidencia que el regidor José Carlos Matheus Montalván presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, por lo que, en aplicación de lo dispuesto en el numeral 17 del artículo 2 de la Norma Fundamental, así como lo prescrito en el numeral 1 del artículo 33 y numeral 188.1 del artículo 188 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y en las disposiciones contenidas en las Resoluciones Nº 0140- 2014-JNE y Nº 545-2014-JNE, que en el marco del proceso electoral de las Elecciones Regionales y Municipales 2014, garantizan, a todo ciudadano, el pleno derecho de participar en la vida política de la Nación y no afectar su derecho de petición de licencia, teniéndolo por cierto y automáticamente aprobado, en los términos solicitados si transcurrido el plazo de ley, el órgano competente no emite el correspondiente pronunciamiento. 5. Consecuentemente, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde convocar al regidor suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, y, en el supuesto de no quedar sufi cientes candidatos, se incorpora a los integrantes de otra lista, debiendo ser los que siguen en el orden del cómputo de sufragio. 6. En ese sentido, resulta procedente convocar a María Magdalena Tahua Salas, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 32103697, candidata no proclamada del movimiento regional Áncash Dignidad, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Santa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2010, para que ejerza las funciones de regidora por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a José Carlos Matheus Montalván, regidor del Concejo Provincial de Casma, departamento de Áncash, por el periodo comprendido entre el 5 de setiembre y el 5 de octubre de 2014. Artículo Segundo.- CONVOCAR a María Magdalena Tahua Salas, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 32103697, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Provincial de Casma, departamento de Áncash, mientras esté vigente la licencia de José Carlos Matheus Montalván, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1154928-2 Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcaldesa y regidor de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, departamento de San Martín RESOLUCIÓN Nº 2447-2014-JNE Expediente Nº J-2014-02589 MOYOBAMBA - SAN MARTÍN Lima, cuatro de setiembre de dos mil catorce. VISTO el Ofi cio Nº 375-2014-MPM/A, presentado el 28 de agosto de 2014 por Víctor Mardonio Del Castillo Reátegui, alcalde de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, departamento de San Martín, el cual comunica la licencia, sin goce de haber, que le fue concedida. CONSIDERANDOS 1. El numeral 17 y el literal a del numeral 24, del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, establecen que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación, así como el de gestionar lo que no está prohibido por ley. 2. El último párrafo del artículo 8 de la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales, establece que los alcaldes y regidores que postulen a la reelección no requieren solicitar licencia, disposición de aplicación para el caso de los alcaldes y regidores que participen, en la reelección en el cargo, en las elecciones municipales de 2014. Consecuentemente, se debe precisar que si bien no requieren solicitar licencia alguna, no es impedimento para su tramitación conforme a ley. 3. Mediante el Acuerdo de Concejo Nº 058-2014, de fecha 25 de agosto de 2014 (fojas 02), el concejo municipal concedió licencia, sin goce de haber, al alcalde Víctor Mardonio Del Castillo Reátegui, con motivo de su participación en la reelección en el cargo que ejerce, en las elecciones municipales 2014, por el periodo comprendido entre el 1 de setiembre y el 6 de octubre de 2014. 4. Teniendo en consideración que la solicitud de licencia, sin goce de haber, cuenta con la aprobación del concejo municipal, en cumplimiento de lo previsto en el numeral 1, del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, resulta procedente convocar a la regidora Noemí Petronila Aguilar Puerta, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 10284908, para que asuma inmediatamente por encargatura las funciones de alcaldesa, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular. 5. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del acotado dispositivo, resulta procedente convocar a David Tentets Pijuch, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 43810445, candidato no proclamado del partido político Partido Aprista Peruano, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de Moyobamba, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Víctor Mardonio Del Castillo Reátegui, alcalde de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, departamento de San Martín, por el periodo de la licencia concedida. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Noemí Petronila Aguilar Puerta, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 10284908, para que asuma provisionalmente el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, departamento de San Martín, mientras esté vigente la licencia concedida a Víctor Mardonio Del Castillo Reátegui, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a David Tentets Pijuch, identifi cado con Documento Nacional de Identidad