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El Peruano Sábado 25 de octubre de 2014 535920 del concejo municipal, en cumplimiento de lo previsto en el numeral 1, del artículo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, resulta procedente convocar al primer regidor Marino Bellido Andía, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 02525730, para que asuma inmediatamente por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular. 5. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del acotado dispositivo, resulta procedente convocar a Gregoria Mercado Ticona de Maraza, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 45819467, candidata no proclamada del movimiento regional Moral y Desarrollo, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de San Antonio de Putina, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2010. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Isaac Choque Apaza, alcalde de la Municipalidad Provincial de Sandia, departamento de Puno, por el periodo de la licencia concedida. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Marino Bellido Andía, identifi cado con Documento Nacional de Identidad Nº 02525730, para que asuma provisionalmente el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Sandia, departamento de Puno, mientras esté vigente la licencia concedida a Isaac Choque Apaza, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Gregoria Mercado Ticona de Maraza, identifi cada con Documento Nacional de Identidad Nº 45819467, con el fi n de que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Provincial de Sandia, departamento de Puno, mientras dure la encargatura de Marino Bellido Andía, otorgándosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TÁVARA CÓRDOVA CHÁVARRY VALLEJOS AYVAR CARRASCO CORNEJO GUERRERO RODRÍGUEZ VÉLEZ Samaniego Monzón Secretario General 1154928-12 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan viaje de funcionarios de la SBS a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SBS Nº 7070-2014 Lima, 22 de octubre de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (A.I.) VISTA: La invitación cursada por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en la Reunión Técnica sobre Pruebas de Estrés, que se llevará a cabo los días 29 y 30 de octubre de 2014, en la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) es miembro de la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA) y la participación en las actividades convocadas por la citada Asociación brinda la oportunidad de tomar conocimiento y contribuir con la adopción de acuerdos entre los países miembros destinados a mejorar la regulación y la supervisión del sistema fi nanciero en la región; Que, la Reunión Técnica sobre Pruebas de Estrés tiene como objetivo analizar la posibilidad de establecer un grupo de referencia en materia de pruebas de estrés en la región para apoyar el desarrollo sostenido de estas prácticas. Asimismo, se presentará el modelo de pruebas de estrés implantado en nuestro país, los principales problemas enfrentados, las áreas de discusión adicional y las limitaciones de carácter legal o de infraestructura que se avizoran; Que, en atención a la invitación cursada, y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en beneficio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar a los señores Javier Martín Poggi Campodónico, Superintendente Adjunto de Estudios Económicos, quien forma parte del comité técnico ad- hoc de la Asociación, y Manuel Armando Luy Molinié, Jefe del Departamento de Investigación Económica de la Superintendencia Adjunta de Estudios Económicos, en su calidad de miembro del Grupo de Trabajo de Pruebas de Estrés, para que participen en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS Nº SBS-DIR-ADM-085-17, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje de los citados funcionarios para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, la Resolución SBS Nº 6846-2014, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva SBS sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014 Nº SBS- DIR-ADM-085-17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Javier Martín Poggi Campodónico, Superintendente Adjunto de Estudios Económicos y Manuel Armando Luy Molinié, Jefe del Departamento de Investigación Económica de la Superintendencia Adjunta de Estudios Económicos de la SBS, del 28 al 31 de octubre de 2014, a la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.